Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2003 (23/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 23 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; Que mediante Resolucion Directoral Nº 207-2002-PE/ DNEPP del 11 de junio de 2002, se otorgo a la empresa MORDAZA MORDAZA CORP. S.A.C. permiso de pesca para operar, entre otras, la embarcacion pesquera "ANTICA B" con matricula Nº CE-1863-PM, de 268.97 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco millas costeras utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 mm.); Que a traves de los escritos del visto, la empresa PESQUERA ASTURIAS S.A., solicita el cambio de titular del permiso de pesca a que se refiere el considerando precedente, al haber adquirido la posesion de la embarcacion pesquera "ANTICA B" con matricula Nº CE-1863-PM de mayor escala, conforme consta en el Contrato de Arrendamiento Financiero celebrado con Credito Leasing S.A. y en el Certificado Compendioso de Dominio presentados; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados que obran en el expediente administrativo, se ha determinado que la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, asi como con los requisitos sustantivos exigidos por la normativa vigente, por lo que resulta procedente aprobar el cambio de titular del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Nº 3542003-PRODUCE/DNEPP-DCHI y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal c) del articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera que se indica a continuacion, en los mismos terminos y condiciones en que fuera otorgado.
Permiso de Pesca MORDAZA Titular del Nombre de la Numero Permiso de Pesca Embarcacion de Matricula Arqueo Neto Capacidad de Bodega (m3)

Declaran improcedente solicitud de autorizacion de incremento de flota para la construccion de embarcacion pesquera destinada a la extraccion de diversos recursos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 300-2003-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 16 de setiembre del 2003 Visto el escrito con Registro Nº CE-07058001 del 8 de MORDAZA de 2003, presentado por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE TEQUE. CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, la construccion y adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 031-2001PE establecio que el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) no otorgara autorizaciones de incremento de flota ni los correspondientes permisos de pesca a ninguna clase de embarcacion pesquera de MORDAZA de menor y mayor escala en el ambito maritimo; Que el numeral 4.3 del articulo 4º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 024-2001-PE, establecio que el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) no otorgara autorizaciones de incremento de flota ni permisos de pesca para la extraccion de recursos hidrobiologicos a embarcaciones de MORDAZA con sistema de pesca de arrastre; Que a traves del escrito del visto, la recurrente solicita autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera de MORDAZA de 107 m3 de volumen de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa, empleando redes de arrastre de media agua de 3 pulgadas (76 mm.) de longitud minima de abertura de malla y palangre y espinel para la extraccion de los recursos hidrobiologicos atun y especies afines; Que de conformidad con lo establecido en el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 031-2001-PE y el numeral 4.3 del articulo 4º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Jurel y Caballa aprobado por Decreto Supremo Nº 0242001-PE, se prohibe otorgar autorizacion de incremento de flota para la construccion de embarcaciones de MORDAZA, por lo que la solicitud presentada deviene en improcedente; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Directo de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 122-2003PRODUCE/DNEPP-Dch y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Jurel y Caballa aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2001-PE y el Decreto Supremo Nº 031-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal c) del articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de autorizacion de incremento de flota presentada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE TEQUE para la construccion de una embarcacion pesquera de MORDAZA de 107 m3 de volumen de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa, empleando redes de arrastre de media agua de 3 pulgadas (76 mm.) de longitud minima de abertura de malla y palangre y espinel para la extraccion de los recursos hidrobiologicos atun y especies

R.D. Nº 207-2002PE/DNEPP

PESQUERA ASTURIAS S.A.

ANTICA B

CE-1863-PM

67.36

268.97

Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a la empresa MORDAZA MORDAZA CORP. S.A.C., para operar la embarcacion pesquera "ANTICA B" con matricula Nº CE-1863-PM, a traves de la Resolucion Directoral Nº 207-2002-PE/DNEPP. Articulo 3º.- Incorporar a la empresa PESQUERA ASTURIAS S.A. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "ANTICA B" con matricula CE-1863-PM, asi como la presente resolucion al literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 2842003-PRODUCE y al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE, excluyendo a la empresa MORDAZA MORDAZA CORP. S.A.C. de las mismas. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales de Pesqueria del Litoral y a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 19194

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