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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (23/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 33

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G33/G36/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 23 de octubre de 2003 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G66/G6C/G75/G76/G69/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G72/G67/G61/G79/G20/G70/G61/G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G74/G72/GE1/G66/G69/G63/G6F/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6F/G20/G63/G61/G2D /G62/G6F/G74/G61/G6A/G65 DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE ACUÁTICO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 256-2003-MTC/13 Lima, 5 de agosto de 2003 Vista la solicitud, expediente Nº 014671-2003, presenta- da por la empresa naviera TRANSPORTES ITAYA SA.,mediante la cual solicita Permiso de Operación para pres- tar servicio regular de transporte fluvial comercial mixto (de carga y pasajeros) en tráfico nacional o cabotaje; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en el cual se establecen las normas técnicas y legales a lascuales deberán sujetarse las personas naturales y jurídi-cas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordena-miento empresarial, administrativo, operativo y de seguri-dad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislación vigente, corresponde a la Dirección General de Transporte Acuático expedir losPermisos de Operación a las personas naturales o empre-sas navieras nacionales, que lo soliciten; Que, la empresa naviera TRANSPORTES ITAYA SA. ha cumplido con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Fluvial vigente, para pres- tar servicio regular de transporte fluvial comercial mixto(de carga y pasajeros) en tráfico nacional o cabotaje; Que, la empresa naviera TRANSPORTES ITAYA SA. se encuentra debidamente inscrita en el Registro Único deContribuyentes (RUC) con el Nº 20103831459; Que, mediante Informe Nº 193-2003-MTC/13.02 de la Dirección de Marina Mercante y Transporte Multimodal, asícomo del Informe Nº 240-2003-MTC/13.al del Asesor Le-gal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permisode operación presentada, por lo que resulta procedenteautorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legis- lativo Nº 560, Decretos Supremos Nº 005-2001-MTC, Nº041-2002-MTC y Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR Permiso de Operación a favor de la empresa naviera TRANSPORTES ITAYA SA. paraprestar servicio regular de transporte fluvial comercial mixto(de carga y pasajeros) en tráfico nacional o cabotaje, en laforma siguiente: TRÁFICO : Nacional o cabotaje SERVICIO : Regular ; ruta: Iquitos-Pucallpa- Yurimaguas-Iquitos. TRANSPORTE : Mixto (carga y pasajeros) Artículo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el artículo precedente será atendido con la embarcación de su propiedad denominada: M/F "Cantuta" con matrículaIQ-19631-MF. Artículo 3º.- El permiso de operación que se otorga por el artículo 1º, tendrá una vigencia de cinco (5) años,computados a partir de la fecha de la publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano; la renovación deberá ser solicitada por la empresa recurrente a la Dirección General de Trans-porte Acuático del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones con anticipación de sesenta (60) días calendarioantes de su vencimiento. Artículo 4º.- El permiso de operación otorgado, implica la obligación por parte de la empresa naviera, de some- terse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demás dis-posiciones legales y reglamentarias que regulan el trans-porte fluvial, debiendo adecuarse a las normas modificato-rias y complementarias que se expidan sobre la materia,así como a las disposiciones y directivas que dicte la Di- rección General de Transporte Acuático.Artículo 5º.- Disponer su inscripción en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Jurídicas que pres-tan servicio de transporte fluvial, en la forma establecidaen el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, lo dis- puesto por la presente Resolución Directoral. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guarda-costas, a las Capitanías de Puerto de Pucallpa y Iquitos ya la Dirección Regional de Transportes y Comunicacionesdel Gobierno Regional de Loreto, para su conocimiento y fines. Artículo 7º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EFRAÍN COLL CALDERÓN Director General 15297 VIVIENDA /G49/G6E/G63/G6C/G75/G79/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G6F/G72/G61/G20/G30/G30/G34/G20/G64/G65/G6C/G70/G6C/G69/G65/G67/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 081-2003-VIVIENDA-SG Lima, 22 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 007A-2003-VIVIENDA/SG de fecha 7 de febrero del 2003se aprobó el Plan Anual de Contrataciones y Adquisicio-nes para el período enero - diciembre del Año Fiscal 2003del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa- neamiento, correspondiente a las Unidades Ejecutoras 001, 002, 003 y 004, el mismo que en Anexo, forma parte inte-grante de dicha Resolución; Que, el Artículo 8º del Reglamento del Texto Único Or- denado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 013-2001-PCM, establece que las licitaciones públi- cas, concursos públicos y adjudicaciones directas no con- tenidos en el Plan Anual deberán ser aprobados por el Ti-tular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de laEntidad, según corresponda, para su inclusión en el mis-mo, lo cual deberá informarse al CONSUCODE dentro delos diez (10) días hábiles siguientes a dicha aprobación; Que, asimismo, el citado artículo establece que las in- clusiones y exclusiones de los procesos de selección se-rán comunicadas a la Comisión de Promoción de la Pe-queña y Microempresa - PROMPYME, dentro del mismoplazo, dando cuenta al Consejo Superior de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 168-2002-VI- VIENDA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Aper-tura correspondiente al Año Fiscal 2003 del Pliego 037 Mi-nisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento por Fuen-tes de Financiamiento, de acuerdo al detalle ahí indicado; Que, la Oficina General de Administración, mediante el Memorándum Nº 106-20 03-VIVIENDA/VMCS/PARSSA/DA, solicita la inclusión en el Plan Anual del proceso de selec-ción que se detalla en el Anexo que forma parte integrantede la presente Resolución, el mismo que cuenta con opi-nión favorable de la Oficina General de Planificación y Pre-supuesto sobre la disponibilidad presupuestal; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27792: Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivien-da, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Orga-nización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº002-2002-VIVIENDA, el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias; Estando a lo antes expuesto y con la visación de la Oficina General de Administración, de la Oficina Generalde Planificación y Presupuesto y de la Oficina General deAsesoría Jurídica; y,