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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (23/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 32

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G33/G36/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 23 de octubre de 2003 Artículo 2º.- Desactívanse en los Programas, Proyec- tos y Unidades Ejecutoras conformantes del Ministerio deTrabajo y Promoción del Empleo, las dependencias querealicen actividades de difusión, prensa e imagen institu- cional, incorporándose sus bienes patrimoniales, acervo documentario y adscribiéndose su personal a la Oficina deComunicación Social y Relaciones Públicas, dependientede la Secretaría General. La Secretaría General, queda autorizada para efectuar las acciones de personal que resulten necesarias para el cumplimiento de las funciones asignadas por la presente Resolución a la Oficina de Comunicación Social y Relacio-nes Públicas. Artículo 3º.- La Secretaría General, propondrá las re- soluciones y expedirá las directivas necesarias para elcumplimiento de la presente Resolución. Artículo 4º.- La ejecución de la presente Resolución, no irrogará gasto adicional al presupuesto institucional delMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 5º.- Déjese sin efecto, las normas que se opon- gan a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JESÚS ALVARADO HIDALGO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 19368 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G63/G68/G65/G71/G75/G65/G6F/G73/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G6D/G75/G6C/G61/G2D/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G76/G75/G65/G6C/G6F/G20/G65/G6E/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 882-2003 MTC/02 Lima, 22 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aproba- das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, estableceque para el caso de los servidores y funcionarios públi-cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autori-zación de viaje se otorgará por Resolución Ministerialdel respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irro-guen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares internacionales aeronáuticosestablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civily poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre laseguridad operacional a través de la ejecución de inspec-ciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, ba-sado en las disposiciones establecidas en el citado Con-venio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, apro- bado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artí-culo 14º establece que los inspectores debidamente iden-tificados a que refiere la Ley son competentes, según suespecialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, el cumplimiento de los procedimientos aprobados para el desarrollo de las operaciones aéreas dentro de losestándares de seguridad internacionales por parte de lostripulantes técnicos, se evalúa, entre otras formas, a tra-vés de chequeos en simuladores de vuelo, servicio que es brindado por empresas ubicadas en el extranjero; Que, con Carta GGA03-344, del 26 de setiembre de 2003, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de Transpor-tes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº008-2002-MTC, la empresa Shougang Hierro Perú S.A.A.solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efec- tuar chequeos en simulador de vuelo del equipo SA226, en la escuela de Flight Safety International, en la ciudad deSaint Louis, Missouri, Estados Unidos de América, a sustripulantes Luis Sayán y Mario Genit; Que, conforme se desprende del Recibo de Acotación Nº 4721, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior; Que, el referido pago está destinado a cubrir los costos del respectivo viaje de inspección, el cual es íntegramentefinanciado por la empresa operadora, incluyendo el pagode los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto, de lo que se concluye que dicho viaje no afecta el erario del Estado; Que, no obstante ello, formalmente, se considera que dicho viaje se realiza con cargo al Presupuesto del Minis-terio de Transportes y Comunicaciones, por cuanto el pagode los respectivos gastos se efectúa a la Dirección de Te- sorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins-pección Nº 1538-2003-MTC/12.04-SDO designando al Ins-pector Carlos Atilio Alvan Cabrejos, para realizar chequeostécnicos en simulador de vuelo del equipo SA226 al perso- nal aeronáutico propuesto por la empresa Shougang Hie- rro Perú S.A.A., en la ciudad de Saint Louis, Missouri, Es-tados Unidos de América, durante los días 23 al 25 de oc-tubre de 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el via- je del referido Inspector de la Dirección General de Aero- náutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedarealizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo a quese contrae la Orden de Inspección Nº 1538-2003-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, los Decretos de Urgencia Nº 017-2003 y Nº 019-2003 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Carlos Atilio Alván Cabrejos, Inspector de la Dirección General de Ae- ronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones, a la ciudad de Saint Louis, Missouri, Estados Uni-dos de América, durante los días 23 al 25 de octubre de2003, para los fines a que se contrae la parte considerativade la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones, habiendo sidoíntegramente cubierto por la empresa Shougang Hierro PerúS.A.A. a través del Recibo de Acotación Nº 4721, de acuer-do al siguiente detalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si-guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-me al Despacho Ministerial y a la Oficina General de Admi-nistración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,describiendo las acciones realizadas y los resultados ob- tenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 19353