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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (12/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 47

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G31/G32/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de setiembre de 2003 FONAFE /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G47/G65/G73/G2D /G74/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G4D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G52/G65/G2D /G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73 FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO Aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 002-2003/017-FONAFE 1. Aprobar la modificación del primer párrafo del artí- culo 2º de la Directiva para la Gestión de los Miembros de Directorio Representantes del Estado en Empresas, aprobada por Acuerdo de Directorio Nº 003-2002/014-FONAFE, por el siguiente texto: "Artículo 2º.- La persona que, en virtud de un Acuerdo del Directo- rio de FONAFE, sea designada para el ejercicio del car- go de director de cualesquiera de las empresas, deberáremitir a la Dirección Ejecutiva de FONAFE la siguiente información, en un plazo que no podrá exceder los cinco (5) días calendario, contados a partir de la fecha en laque se comunique dicha designación". 2. Agregar el literal i) al numeral 2.1 del artículo 2º de la Directiva para la Gestión de los Miembros de Directo- rio Representantes del Estado en Empresas, aprobada por Acuerdo de Directorio Nº 003-2002/014-FONAFE: "i) Poseer grado académico universitario y tener como mínimo cinco (5) años de experiencia profesional". 3. Modificar el numeral 2.2 del artículo 2º de la Directiva para la Gestión de los Miembros de Directorio Repre-sentantes del Estado en Empresas, aprobada por Acuer- do de Directorio Nº 003-2002/014-FONAFE: "2.2. Currículum Vitae, incluyendo la documentación que acredite el grado académico universitario". CECILIA CARRASCO RIVERA Directora Ejecutiva 16879 I N A C C /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G72/G20/G72/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6D/G69/G6E/G65/G72/G61/G73/G20/G63/G75/G79/G6F/G73/G20/G74/GED/G74/G75/G6C/G6F/G73/G20/G66/G75/G65/G72/G6F/G6E/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G6F/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G33 INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 02518-2003-INACC/J Lima, 8 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 015-2001-EM, actuali- zado mediante Decreto Supremo Nº 053-2002-EM, mo- dificado por Decreto Supremo Nº 002-2003-EM, se de- nomina a partir de la fecha como Instituto Nacional deConcesiones y Catastro Minero - INACC, al Organismo Público Descentralizado del Sector Energía y Minas en- cargado de las funciones de tramitar las solicitudes y otor-gar las concesiones mineras, así como la administración del Derecho de Vigencia y Catastro Minero; Que, el artículo 5º de la norma legal antes citada, dis- pone que a partir de su vigencia, las menciones al Regis- tro Público de Minería existentes en el Texto Único Orde- nado de la Ley General de Minería, aprobado por Decre-to Supremo Nº 014-92-EM, y demás normas legales y reglamentarias relacionadas, se entenderán como referi- das al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Mi-nero - INACC;Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Mi- nería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero -INACC, publicará mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mesanterior; Con la visación de la Dirección General de Concesio- nes Mineras y de la Oficina General de Asesoría Jurídi-ca; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería,aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el artí- culo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese, en el Diario Oficial El Peruano, las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de agosto del 2003, de acuerdo a la relación adjunta que forma parte integrante de la presen-te resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS BARCELLOS M. Jefe Institucional 16850 INSTITUTO GEOFÍSICO DEL PERÚ /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G33 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 013-IGP/03 Lima, 9 de enero del 2003 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º del T.U.O. de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, concordante con el Artículo 7º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, esta-blecen que cada entidad debe elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones consolidando como mí- nimo la información de las Licitaciones Públicas, Con-cursos Públicos y Adjudicaciones Directas que se reali- zarán en el ejercicio presupuestal; Que, la Dirección de Logística en coordinación con la Oficina de Desarrollo Institucional han propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año Fiscal 2003, en base a las necesidades identifica-das por las diferentes áreas usuarias del Instituto Geofí- sico del Perú; Que, el numeral 4) del Artículo 7º del Reglamento de la citada Ley, dispone que el Plan Anual aprobado debe- rá encontrarse a disposición de los interesados en la de- pendencia encargada de las adquisiciones de la entidady en la página web de ésta, debiendo además remitirse a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empre- sa - PROMPYME; Que, en atención a lo expuesto precedentemente, re- sulta necesario aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al año 2003, a efectosde amparar las adquisiciones que efectúe la institución; y, Que, en consecuencia y de conformidad con lo dis- puesto en el numeral 1) del Artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Decreto Legislativo Nº 136 - Ley del Instituto Geofísi-co del Perú; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones del Instituto Geofísico del Perú para el ejercicio presupuestal 2003, el mismo que en