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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (26/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 40

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G30/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 26 de setiembre de 2003 Informe de Vistos, remitiéndosele para tal efecto los ante- cedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA ELIZABETH URBINA MANCILLA Vicecontralora General de la RepúblicaContralora General de la República (e) 17707 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G73/G65/G70/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G61/G72/G2D /G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/GD3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G72/G6F/G2D /G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G79/G6F RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 324-2003-CG Lima, 24 de setiembre de 2003 Vista, la Hoja de Recomendación Nº 051-2003-CG/OCI de la Gerencia de Órganos de Control Institucional de laContraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 057-2001-CG/DC, se comuni- có al titular de la Municipalidad Provincial de Huancayo, el resultado desfavorable de la evaluación efectuada por este Organismo Superior de Control al Jefe del Órgano de Con-trol Institucional de dicha entidad edil, CPC Julio PomayayVílchez, cuyo resultado consta en la Hoja Informativa Nº065-2000-CG/SHU, señalándose que se disponga su apar-tamiento de la función de control, mediante procedimiento regular, conforme a lo dispuesto en el numeral 12 de la Directiva Nº 013-2000-CG/OATJ, vigente en ese entonces; Que, el CPC Julio Pomayay Vílchez interpone acción de amparo con la finalidad de dejar sin efecto el referidoOficio, motivo por el cual la entidad no implementó, el aparta-miento dispuesto por este Organismo Superior de Control; Que, la acción de amparo interpuesta es declarada infundada en todas las instancias judiciales, poniéndosefin al proceso en última y definitiva instancia con la senten-cia del Tribunal Constitucional de fecha 09.ENE.2003, quedeclara infundada la demanda de amparo, señalando enuno de sus fundamentos, que de acuerdo a los artículos 9º y 12º de la Directiva Nº 013-2000-CG/OATJ sobre el ejerci- cio de la auditoría interna en las entidades sujetas al ámbi-to de control, el funcionamiento y rendimiento de los órga-nos de auditoría interna son supervisados y evaluadospermanentemente por la Contraloría General de la Repú-blica, y en caso de que la evaluación sea desfavorable, como ocurrió en el presente caso, la Contraloría requerirá a la entidad el apartamiento de la función de control median-te procedimiento regular; Que, la Cuarta Disposición Transitoria del Reglamento de los Órganos de Control Institucional aprobado median-te Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG, establece que los procesos de designación o separación de los Jefes de los Órganos de Control Institucional, iniciados antes desu vigencia, como es el caso materia de la presente Reso-lución, serán adecuados a las disposiciones contenidas endicho Reglamento, en lo que corresponda; Que, en ese sentido, atendiendo a la competencia de este Organismo Superior de Control, sobre la designación y separación del Jefe del Órgano de Control Institucionalprevista en la Ley Nº 27785, resulta necesario ratificarmediante Resolución de Contraloría, la separación definiti-va del CPC Julio Pomayay Vílchez, del cargo de Jefe delÓrgano de Control Institucional de la Municipalidad Provin- cial de Huancayo, dispuesta por el Oficio Nº 057-2001-CG/ DC; Que, la separación dispuesta por este Organismo Su- perior de Control, está referida al apartamiento de la fun-ción de control, siendo de competencia exclusiva de laentidad aquellas acciones de carácter laboral que pudie- ran derivarse de dicha separación; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de laContraloría General de la República y el Reglamento de losÓrganos de Control Institucional, aprobado por Resoluciónde Contraloría Nº 114-2003-CG;SE RESUELVE: Artículo Único.- Ratificar, a partir de la fecha, la sepa- ración definitiva del CPC Julio Pomayay Vílchez, del cargode Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipa-lidad Provincial de Huancayo, dispuesta mediante OficioNº 057-2001-CG/DC. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA URBINA MANCILLA Vicecontralora General de la RepúblicaContralora General (e) 17745 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G74/GED/G74/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G65/G7A/G20/G54/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G6C /G4A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G20/G4D/G69/G78/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6E/G2D /G74/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G6F/G20/G4E/G6F/G72/G74/G65 /G68/G61/G20/G72/G65/G63/G6F/G62/G72/G61/G64/G6F/G20/G73/G75/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 425-2003-CNM Lima, 22 de setiembre de 2003 VISTO: La Resolución número cuatro de fecha veintisiete de agosto de dos mil tres, del señor Juez del Segundo Juzga-do Especializado en lo Civil de Lima; CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Constitucional mediante sentencia de fecha once de abril de dos mil tres, declaró fundada laacción de amparo, seguida por la doctora Ubaldina PilarMendoza Castillo, contra el Estado y otros, recaída en elExpediente Nº 1780-2002-AA/TC; y en consecuencia inapli-cables a la demandante los efectos de los Decretos Leyes Nºs. 25446 y 25454, así como Oficio Nº 2665-92 del vein- tiuno de octubre de mil novecientos noventa y dos, y laResolución Suprema Nº 338-92-JUS, del once de diciem-bre de mil novecientos noventa y dos, ordenando reponer-la como Juez Titular del Juzgado Mixto de la provincia deCanta del Distrito Judicial del Cono Norte; Que, el señor Juez del Segundo Juzgado Especiali- zado en lo Civil de Lima, mediante Resolución númerocuatro de fecha veintisiete de agosto de dos mil tres, dis-pone que se oficie al Consejo Nacional de la Magistratura,a fin de que revalide o reexpida el título de Juez Titular delJuzgado Mixto de la provincia de Canta del Distrito Judicial del Cono Norte a la demandante; Que, al haberse declarado inaplicables los efectos de los Decretos Leyes Nºs. 25446 y 25454, así como Oficio Nº2665-92 del veintiuno de octubre de mil novecientos no-venta y dos, y la Resolución Suprema Nº 338-92-JUS, delonce de diciembre de mil novecientos noventa y dos, es necesario declarar que el mismo recobra su vigencia; Que, estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura de la sesión de fecha dieciocho desetiembre de dos mil tres; y de conformidad con las facultadesconferidas por el artículo 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Declarar que el título de Juez Titular del Juz- gado Mixto de la provincia de Canta del Distrito Judicial delCono Norte, otorgado a favor de la doctora UBALDINAPILAR MENDOZA CASTILLO, ha recobrado su vigencia. Segundo.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. TEÓFILO IDROGO DELGADO Presidente 17664