Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2003 (26/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, viernes 26 de setiembre de 2003

Informe de Vistos, remitiendosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicecontralora General de la Republica Contralora General de la Republica (e) 17707

Articulo Unico.- Ratificar, a partir de la fecha, la separacion definitiva del CPC MORDAZA Pomayay MORDAZA, del cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Huancayo, dispuesta mediante Oficio Nº 057-2001-CG/DC. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicecontralora General de la Republica Contralora General (e) 17745

Ratifican separacion definitiva del cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Huancayo
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 324-2003-CG
MORDAZA, 24 de setiembre de 2003 Vista, la Hoja de Recomendacion Nº 051-2003-CG/OCI de la Gerencia de Organos de Control Institucional de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 057-2001-CG/DC, se comunico al titular de la Municipalidad Provincial de Huancayo, el resultado desfavorable de la evaluacion efectuada por este Organismo Superior de Control al Jefe del Organo de Control Institucional de dicha entidad MORDAZA, CPC MORDAZA Pomayay MORDAZA, cuyo resultado consta en la Hoja Informativa Nº 065-2000-CG/SHU, senalandose que se disponga su apartamiento de la funcion de control, mediante procedimiento regular, conforme a lo dispuesto en el numeral 12 de la Directiva Nº 013-2000-CG/OATJ, vigente en ese entonces; Que, el CPC MORDAZA Pomayay MORDAZA interpone accion de MORDAZA con la finalidad de dejar sin efecto el referido Oficio, motivo por el cual la entidad no implemento, el apartamiento dispuesto por este Organismo Superior de Control; Que, la accion de MORDAZA interpuesta es declarada infundada en todas las instancias judiciales, poniendose fin al MORDAZA en MORDAZA y definitiva instancia con la sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 09.ENE.2003, que declara infundada la demanda de MORDAZA, senalando en uno de sus fundamentos, que de acuerdo a los articulos 9º y 12º de la Directiva Nº 013-2000-CG/OATJ sobre el ejercicio de la auditoria interna en las entidades sujetas al ambito de control, el funcionamiento y rendimiento de los organos de auditoria interna son supervisados y evaluados permanentemente por la Contraloria General de la Republica, y en caso de que la evaluacion sea desfavorable, como ocurrio en el presente caso, la Contraloria requerira a la entidad el apartamiento de la funcion de control mediante procedimiento regular; Que, la Cuarta Disposicion Transitoria del Reglamento de los Organos de Control Institucional aprobado mediante Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-CG, establece que los procesos de designacion o separacion de los Jefes de los Organos de Control Institucional, iniciados MORDAZA de su vigencia, como es el caso materia de la presente Resolucion, seran adecuados a las disposiciones contenidas en dicho Reglamento, en lo que corresponda; Que, en ese sentido, atendiendo a la competencia de este Organismo Superior de Control, sobre la designacion y separacion del Jefe del Organo de Control Institucional prevista en la Ley Nº 27785, resulta necesario ratificar mediante Resolucion de Contraloria, la separacion definitiva del CPC MORDAZA Pomayay MORDAZA, del cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Huancayo, dispuesta por el Oficio Nº 057-2001-CG/ DC; Que, la separacion dispuesta por este Organismo Superior de Control, esta referida al apartamiento de la funcion de control, siendo de competencia exclusiva de la entidad aquellas acciones de caracter laboral que pudieran derivarse de dicha separacion; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y el Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-CG;

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Declaran que titulo de Juez Titular del Juzgado Mixto de la provincia de Canta del Distrito Judicial del MORDAZA Norte ha recobrado su vigencia
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 425-2003-CNM
MORDAZA, 22 de setiembre de 2003 VISTO: La Resolucion numero cuatro de fecha veintisiete de agosto de dos mil tres, del senor Juez del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de Lima; CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Constitucional mediante sentencia de fecha once de MORDAZA de dos mil tres, declaro fundada la accion de MORDAZA, seguida por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el Estado y otros, recaida en el Expediente Nº 1780-2002-AA/TC; y en consecuencia inaplicables a la demandante los efectos de los Decretos Leyes Nºs. 25446 y 25454, asi como Oficio Nº 2665-92 del veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y dos, y la Resolucion Suprema Nº 338-92-JUS, del once de diciembre de mil novecientos noventa y dos, ordenando reponerla como Juez Titular del Juzgado Mixto de la provincia de Canta del Distrito Judicial del MORDAZA Norte; Que, el senor Juez del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, mediante Resolucion numero cuatro de fecha veintisiete de agosto de dos mil tres, dispone que se oficie al Consejo Nacional de la Magistratura, a fin de que revalide o reexpida el titulo de Juez Titular del Juzgado Mixto de la provincia de Canta del Distrito Judicial del MORDAZA Norte a la demandante; Que, al haberse declarado inaplicables los efectos de los Decretos Leyes Nºs. 25446 y 25454, asi como Oficio Nº 2665-92 del veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y dos, y la Resolucion Suprema Nº 338-92-JUS, del once de diciembre de mil novecientos noventa y dos, es necesario declarar que el mismo recobra su vigencia; Que, estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura de la sesion de fecha dieciocho de setiembre de dos mil tres; y de conformidad con las facultades conferidas por el articulo 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Declarar que el titulo de Juez Titular del Juzgado Mixto de la provincia de Canta del Distrito Judicial del MORDAZA Norte, otorgado a favor de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha recobrado su vigencia. Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 17664

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