NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (26/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 35
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G30/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 26 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivoSector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer- cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares internacionales aeronáuticos es- tablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada alPerú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debemantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridadoperacional a través de la ejecución de inspecciones técnicasa los explotadores aéreos en el país, basado en las disposi- ciones establecidas en el citado Convenio y en los están- dares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, apro- bado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo14º establece que los Inspectores debidamente identificadosa que refiere la Ley son competentes, según su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, el cumplimiento de los procedimientos aprobados para el desarrollo de las operaciones aéreas dentro de losestándares de seguridad internacionales por parte de lostripulantes técnicos, se evalúa, entre otras formas, a través de chequeos en simuladores de vuelo, servicio que es brindado por empresas ubicadas en el extranjero; Que, con Cartas GO/227-03 y ACQ JINST 596-2003, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección corres-pondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Eva-luación de Personal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transpor- tes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº008-2002-MTC, las empresas Taca Perú S.A. y Aero Con-tinente S.A. solicitan a la Dirección General de AeronáuticaCivil, efectuar chequeos en simulador de vuelo de los equi-pos Airbus A320 y Boieng 737, respectivamente, en la ciudad de Miami, a su personal aeronáutico; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nºs. 3872, 4049 y 3909, las solicitantes han cumplidocon el pago del derecho de tramitación correspondiente alProcedimiento a que se refiere el considerando anterior; Que, el referido pago está destinado a cubrir los costos del respectivo viaje de inspección, el cual es íntegramente finan- ciado por las empresas operadoras, incluyendo el pago de losviáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto, de lo que seconcluye que dicho viaje no afecta el erario del Estado; Que, no obstante ello, formalmente, se considera que dicho viaje se realiza con cargo al Presupuesto del Ministe- rio de Transportes y Comunicaciones, por cuanto el pago de los respectivos gastos se efectúa a la Dirección deTesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins-pección Nº 1373-2003-MTC/12.04-SDO designando al Ins- pector Javier Calmell del Solar Varisco, para realizar che- queos técnicos en simulador de vuelo de los equipos Air-bus 320 y Boeing 737 al personal aeronáutico propuestopor las empresas Taca Perú S.A. y Aero Continente S.A.,en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, duran-te los días 4 al 8 de octubre de 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáuti-ca Civil para que, en cumplimiento de las funciones que leasigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar loschequeos técnicos en simulador de vuelo a que se contraela Orden de Inspección Nº 1373-2003-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, los Decretos de Urgencia Nº 017-2003 y Nº 019-2003 y elDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Javier Calmell del Solar Varisco, Inspector de la Dirección General de Aeronáu-tica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante losdías 4 al 8 de octubre de 2003, para los fines a que secontrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones, habiendo sidoíntegramente cubierto por las empresas Taca Perú S.A. yAero Continente S.A. a través de los Recibos de AcotaciónNºs. 3872, 4049 y 3909, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 1,100.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendario si-guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor- me al Despacho Ministerial y a la Oficina General de Admi- nistración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,describiendo las acciones realizadas y los resultados obte-nidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 17710 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G78/G20/G74/G72/G61/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G52/G4F/G56/GCD/G41/G53/G4E/G41/G43/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G66/G61/G6C/G73/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G79/G20/G61/G70/G72/G6F/G70/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G69/G6C/GED/G63/G69/G74/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 783-2003-MTC/02 Lima, 23 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Auditoría Interna de PROVÍAS NACIONAL a través del Memorando Nº 361-2003-MTC/20.GAI hace de conocimiento de la Dirección Ejecutiva dePROVÍAS NACIONAL, las irregularidades verificadas por la Gerencia de Administración en la Unidad Zonal Junín, consistentes en la emisión y tramitación del pago del che-que Nº 06937547, por S/. 6,700.00, girado por Víctor Ma-quera López y Yuri Ezequiel Monge Palomino, quienes sedesempeñaron como Tesorero y Gerente de la Zonal Junín,respectivamente, cuyo título valor muestra indicios de ha- ber sido falsificado en cuanto a la persona a cuya orden se giró el mismo, a efecto de sustentar la rendición de cuentasde la remesa de fondos del mes de abril de 2002; Que, de acuerdo con el Memorando Nº 361-2003-MTC/ 20.GAI y con la documentación obrante en el expediente,resulta que la Jefatura Zonal de Junín del Programa Rehabi- litación de Transportes - PRT del PERT, cuyos derechos y obligaciones han sido asumidos por PROVÍAS NACIONAL,emitió el Comprobante de Pago Nº 003, de fecha 12 de abrilde 2002, con el cual consta el giro del cheque Nº 06937547,por S/. 6,700.00, a cargo del Banco de la Nación y a nombrede la empresa System Car Servicios Generales S.A.C., con motivo de la medida cautelar en forma de retención, notifica- da a la Entidad por el 5to. Juzgado de Paz Letrado de Lima- Cercado, por exhorto del Juzgado de Paz Letrado de Surco- San Borja, sobre los derechos de crédito que pudieranexistir en la Entidad a favor de dicha empresa, en los segui-dos a ésta por Mikey Paredes Rosales sobre pago de soles; Que, en la rendición de cuentas correspondiente al mes de abril de 2002, efectuada por la Jefatura Zonal deJunín, se remitió copia del cheque Nº 06937547, porS/. 6,700.00, girado a nombre de la empresa System CarServicios Generales S.A.C; Que, posteriormente, el ingeniero Manuel Morales Ji- ménez, a cargo de la Jefatura Zonal de Junín, mediante Oficio Nº 373-2003-PROVÍAS-N-Z-JUNIN, de fecha 2 dejunio de 2003, dando respuesta a lo requerido por la Ge-rencia de Administración de PROVÍAS NACIONAL, remite