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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (26/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 43

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G30/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 26 de setiembre de 2003 Visto el Informe Nº 1102-2003-GO-DIEC/RENIEC de la División de Identidad y Estado Civil, de fecha 28 de agostodel 2003 y Oficio Nº 007-03-MDSQ/RR.CC, de la Oficina deRegistro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Santiago de Quirahuara, provincia de Huayta- ra, departamento de Huancavelica, sobre autorización parareinscripción en esa Oficina de Registro de Estado Civil; CONSIDERANDO: Que, conforme la Primera Disposición Final de la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil los Registros de las Oficinas de Registro deEstado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberáncontinuar con el proceso de reinscripción; Que, la Oficina de Registros de Estado Civil del distrito de Santiago de Quirahuara, ha cumplido con remitir los requisitos establecidos, los mismos que confirman la des-trucción de los Libros Registrales Originales de Nacimientoaños anteriores a 1983, año 1984 a 1989, Matrimonio yDefunción anteriores al año 1990; Que, sobre la solicitud de reinscripción contenida en el informe del visto, corresponde al Registro Nacional de Iden- tificación y Estado Civil la aprobación pertinente, en aten-ción a ser el órgano constitucional autónomo con compe-tencia exclusiva en materia registral; y, De conformidad con la Ley Nº 26242 y la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la solicitud de Reinscripción de Libros Originales de Nacimiento años anteriores a 1983, año 1984 a 1989, Matrimonio y Defunción anteriores al año 1990, propuesta por la Oficina de Registro de EstadoCivil que funciona en la Municipalidad del distrito de San-tiago de Quirahuara, provincia de Huaytara, departamentode Huancavelica, por las consideraciones expuestas en laparte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San-tiago de Quirahuara , provincia de Huaytara, departamento de Huancavelica, para que proceda a la apertura del Registrode Libros de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defunciónpara los efectos de implementar el proceso de reinscripción de nacimientos, matrimonios y defunciones con sujeción a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulanlas inscripciones en los Registros de Estado Civil. Artículo Tercero.- Considerándose que el Registro de Reinscripción debe tener el mismo formato oficial y secuen-cia numérica de los ordinarios, pero con la consignación expresa (sello) en cada uno de los folios " Reinscripción Ley Nº 26242 - 26497 ". El Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil a través de la División de Identidad yEstado Civil deberá proveer los libros requeridos expresa-mente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizadaa reinscribir. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 17676 MINISTERIO PÚBLICO /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65 /G73/G75/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G69/G2D /G6D/G65/G72/G61/G20/G45/G74/G61/G70/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G4A/G75/G2D /G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G75/G73/G63/G6F/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1453-2003-MP-FN Lima, 25 de setiembre de 2003 VISTOS: Los Informes Nºs. 1047 y 1113º -2003-MP-FN-GECLOG- GESER, emitidos por la Gerencia de Servicios Generalesde la Gerencia Central de Logística, referidos a la contrata- ción del servicio público sujeto a tarifa única correspon-diente a la Red Primaria y Subestación de Distribución enCaseta - MP Cusco, Informe Nº 672-2003-MP-FN-OAJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documentos del visto, la Gerencia de Servicios Generales de la Gerencia Central de Logísticamanifiesta que para la culminación de la Construcción de la Primera Etapa de la Sede del Distrito Judicial del Cusco, es necesario efectuar la contratación de la empresa que sumi-nistre el servicio de energía eléctrica a dicha obra con el finde probar los equipos de luz y equipos electromecánicos einiciar su normal funcionamiento, siendo que la empresaElectro Sur S.A.A, es la única que brinda el referido servi- cio en el mencionado Distrito Judicial, constituyendo éste un servicio público sujeto a tarifa única; Que, lo expresado en los informes emitidos por la Ge- rencia de Servicios Generales de la Gerencia Central deLogística y la Oficina de Asesoría Jurídica, sustentan téc-nica y legalmente la contratación del servicio público sujeto a tarifa única correspondiente a la Red Primaria y Subesta- ción de Distribución en Caseta - MP Cusco requerida; Que, con Memorándum Nº 652-2003-MP-FN-GECRE/ 01, la Gerencia Central de Recursos Económicos otorga larespectiva disponibilidad presupuestal para la contratacióndel servicio requerido, habiéndose considerado éste en el Grupo Genérico de Gasto 3. Bienes y Servicios; Que, según el inciso b) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, apro-bado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, con-cordante con el artículo 107º de su Reglamento, estánexoneradas del proceso de Adjudicación Directa las adqui- siciones y contrataciones que se realicen para contratar servicios públicos siempre que se trate de tarifas únicasestablecidas por el organismo regulador competente y nosean susceptibles de pacto o acuerdo entre la entidadcontratante y la empresa prestadora de los mismos, de-biendo proceder a su contratación tal como lo dispone el artículo 20º del indicado cuerpo legal a través de una Ad- judicación de Menor Cuantía; Que, en ese orden de ideas, los artículos 105º, 107º y 116º del Reglamento del texto normativo citado en elconsiderando precedente, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM, establecen los procedimien- tos y formalidades a que deben someterse las contrata- ciones y adquisiciones exoneradas de los procesos deselección, precisándose que una vez aprobada la exone-ración, la contratación deberá realizarse mediante accio-nes inmediatas; Que, asimismo, el artículo 114º de dicho reglamento establece que la facultad de aprobación de las exonera- ciones a que se refiere el artículo 20º de la ley, no puedeser delegada; Contando con el visto del Gerente de Servicios Gene- rales, Gerente Central de Logística, Gerente Central de laOficina de Asesoría Jurídica, Gerente General; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del MinisterioPúblico, los artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado me-diante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los artículos105º, 107, 113º, 114º, 115º y 116º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del pro- ceso de selección respectivo, para la contratación de la empresa Electro Sur Este S.A.A., a fin que suministre el servicio de energía eléctrica de la Primera Etapa de laSede del Distrito Judicial del Cusco y efectúe la corres-pondiente instalación de la Red Primaria y Subestación deDistribución en Caseta - MP Cusco, mediante proceso deAdjudicación de Menor Cuantía, por constituir un servicio público sujeto a tarifa única, hasta por un monto total refe- rencial de S/. 67,984.79 Nuevos Soles, financiados conrecursos ordinarios. Artículo Segundo.- Autorizar al Comité Especial Per- manente de Servicios a fin que se encargue de efectuar lacontratación del presente servicio mediante proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo Tercero.- Disponer que se efectué la publi- cación de la presente Resolución en el Diario Oficial ElPeruano, dentro de los (10) días hábiles de su emisión y