Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2004 (30/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 30 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, en el Presupuesto Analitico de Personal de DEVIDA, aprobado por Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 111-2003-DV-PE del 29 de diciembre de 2003, modificada mediante Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nº 003 y 017-2004-DV-PE, de fechas 21 de enero y 19 de marzo de 2004, respectivamente, se encuentra vacante la plaza correspondiente al cargo indicado en el considerando anterior, la misma que es necesario cubrir con el objeto de asegurar el logro de las metas y objetivos predeterminados por la Entidad conforme a su ordenamiento; Con las visaciones del Gerente General, del Jefe de la Oficina de Asesores y de los Gerentes de Administracion e Informatica y de Asesoria Legal; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28128Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos, la Ley Nº 27629 modificatoria del Decreto Legislativo Nº 824- Ley de Lucha contra el Trafico Ilicito de Drogas, el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 053-2003-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a partir de la fecha, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Gerente de Prevencion y Rehabilitacion del Consumo de Drogas, cargo de codigo 103, nivel 3, de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas-DEVIDA, considerado de confianza. Articulo 2º.- El trabajador a que se refiere el articulo anterior, al concluir la designacion, reasumira las funciones del cargo de codigo 104 que le corresponde en la Gerencia de Prevencion y Rehabilitacion del Consumo de Drogas, cuya plaza sera reservada y conservada vacante para este fin. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ERICSSON MORDAZA Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo 08277

ESSALUD
Aprueban exonerar de procesos de seleccion la contratacion de diversos centros asistenciales medicos del MORDAZA y del exterior para brindar tratamientos especializados a pacientes asegurados
SEGURO SOCIAL DE SALUD RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 331-PE-ESSALUD-2004 MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2004 VISTAS: La Carta Nº 3669-GDP-ESSALUD-2003, presentada por la Gerencia de Division de Prestaciones para que se exonere del correspondiente MORDAZA de seleccion para la contratacion de los servicios de un centro asistencial altamente especializado para la atencion asistencial del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA, derechohabiente de la afiliada regular MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, asi como la Carta Nº 024-OCAJ-ESSALUD-2004; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el articulo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a sus asegurados y sus derechohabientes a traves del otorgamiento de prestaciones de prevencion, promocion, recuperacion y rehabilitacion, y prestaciones economicas y sociales, que corresponden al regimen contributivo de la Seguridad So-

cial en Salud, asi como de otros seguros de riesgos humanos; Que, de acuerdo al Informe Tecnico - Medico que sustenta la exoneracion solicitada, existe la necesidad de contratar los servicios asistenciales especializados de un centro asistencial, para el tratamiento quirurgico de trasplante cardiaco del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Del Castillo; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, procede exonerar de la realizacion de un Concurso Publico o Adjudicacion Directa en caso de servicios personalisimos; Que, de lo senalado en el Informe Tecnico que sustenta la exoneracion se desprende que, si bien el tratamiento quirurgico de trasplante cardiaco requerido por el MORDAZA es brindado, en el Peru y en el extranjero, el Centro Asistencial CLINICA SAN MORDAZA de la MORDAZA de MORDAZA - Peru, es el centro asistencial especializado que cuenta en su staff medico con especialistas de reconocida experiencia en el manejo de estas patologias, entre los cuales se encuentra el Cirujano Cardiovascular, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, Presidente de The International Society for Cardiovascular Surgery en Latinoamerica y miembro de varias Sociedades de Cirugia Cardiovascular nacionales y extranjeras. Dicho profesional es especialista en Cirugia Cardiovascular habiendo realizado el primer trasplante cardiaco en el Seguro Social del Peru y cuenta en su haber con un gran numero de trasplantes cardiacos realizados, siendo ademas pionero en Cirugia Cardiaca y Trasplante Renal en altura; caracteristicas que califican al mencionado Centro Asistencial como especial en brindar dichos servicios como personalisimos; Que, asimismo, conviene senalar que el valor referencial total es de S/. 223,627.51 Nuevos Soles; Que, al haberse configurado la causal prevista en el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, resulta procedente aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion de los servicios del Centro Asistencial CLINICA SAN MORDAZA de la MORDAZA de MORDAZA - Peru, para que brinde las atenciones asistenciales extrainstitucionales al MORDAZA MORDAZA MORDAZA Del Castillo; Que, en la contratacion de los servicios ya indicados debera observarse las normas de austeridad y racionalidad en el gasto vigentes y tener en cuenta las limitaciones presupuestales de la Entidad, por lo que el costo de la contratacion de los referidos servicios no debe exceder del valor referencial que se apruebe para tal efecto; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la exoneracion debe ser aprobada por resolucion del Titular del Pliego; Que, de acuerdo con lo establecido por el articulo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, en concordancia con lo senalado por el articulo 4º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Presidente Ejecutivo es la mas alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y Titular del Pliego Presupuestal, por lo que le corresponde aprobar la mencionada exoneracion; Que, el articulo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, senala que el Titular de la Entidad determinara la dependencia u organo que se encargara de realizar la contratacion exonerada; En uso de la atribucion conferida por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; SE RESUELVE: 1.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, para la contratacion de los servicios del Centro Asistencial CLINICA SAN MORDAZA de la

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