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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G33/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 15 de diciembre de 2004 RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Comercio la apertura de una agencia en el Centro Comercial Auroraubicado en la calle Arias Schreiber Nºs 156-160, 1er.Piso, urbanización Aurora del distrito de Miraflores, pro- vincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca 22599 RESOLUCIÓN SBS Nº 1973-2004 Lima, 13 de diciembre de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Comercio, para que se le autorice la apertura de una Oficina Espe-cial, con carácter temporal, en el Centro Pre Universita- rio de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos ubicado en el jirón Enrique Villar Nº 661, Santa Beatriz,Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº188-2004-DESF "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Ban-ca y Seguros - Ley Nº 26702, la Circular Nº B-2134-2004 y la Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Comercio, en vía de regularización, la apertura de una Oficina Es-pecial, con carácter temporal, del 1º de diciembre al 23de diciembre de 2004, en el Centro Pre Universitario dela Universidad Nacional Mayor de San Marcos ubicado en el jirón Enrique Villar Nº 661, Santa Beatriz, Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca 22604 UNIVERSIDADES /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G71/G75/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G70/G65/G73/G61/G64/G61/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G43/G61/G72/G72/G65/G72/G61/G20/G50/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G20/G79/G20/G41/G64/G2D /G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G20/G54/G6F/G72/G69/G62/G69/G6F/G20/G52/G6F/G64/G72/GED/G67/G75/G65/G7A/G20/G64/G65/G20/G4D/G65/G6E/G64/G6F/G7A/G61/G20/G64/G65/G41/G6D/G61/G7A/G6F/G6E/G61/G73 UNIVERSIDAD NACIONAL TORIBIO RODRÍGUEZ DE MENDOZA DE AMAZONAS RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 436-2004-UNAT-A-CO/P Chachapoyas, 6 de diciembre de 2004VISTO: El Informe Técnico Legal Económico Nº 001-2004- UNAT-A-OEABA-AL, de fecha 3 de diciembre del 2004,que concluye respecto a la factibilidad que se contrate ala Municipalidad Provincial de Chachapoyas el alquiler de maquinaria pesada vía exoneración de proceso; la Hoja de Trámite Nº 2246 de la misma fecha, de la Presi-dencia de la Comisión Organizadora, disponiendo seemita la resolución correspondiente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante acuerdo Nº 035-2004-CO, de Comi- sión Organizadora de fecha 5 de octubre 2004, se aprue-ba la programación de inversiones para 2004-2008, lacual incluye la Construcción del IV módulo para la Carre-ra Profesional de Administración y Turismo; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 023-2004- UNAT-A-CO/P, de fecha 27 de enero 2004, se aprueba elPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Uni-versidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza deAmazonas, para el año fiscal 2004; Que, asimismo con Resolución Presidencial Nº 428- 2004-UNAT-A-CO/P, de fecha 29 de noviembre 2004, se resuelve excluir en el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones de la UNAT-A, el proceso de Adjudica-ción Directa Selectiva Contratación de Maquinaria Pesa-da para la Obra Construcción de Ambientes de la Carre-ra Profesional de Turismo y Administración de la UNAT- Amazonas e incluir en el citado Plan Anual, el proceso de Selección de Adjudicación Directa Pública, "Contrata-ción de Maquinaria Pesada para la Obra Construcciónde Ambientes de la Carrera Profesional de Turismo yAdministración de la UNAT-Amazonas"; Que, con Resolución Presidencial Nº 407-2004-UNAT- A-CO/P, de fecha 16 de noviembre 2004 se aprueba el expediente técnico para la construcción del IV pabellónde la Ciudad Universitaria, el cual estará destinado parala carrera profesional de Turismo y Administración, elmismo que prevé el alquiler de maquinaria pesada entretractor de oruga, camiones y otros por un monto de S/. 90,000.00 (noventa mil 00/100 nuevos soles); Que, con fecha 22 de noviembre del 2004 mediante el Oficio Nº 0364-2004-UNAT-A-CO/VIAD, el Vicepresi-dente Administrativo de la Comisión Organizadora de laUniversidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza deAmazonas solicita a la Presidencia de la Comisión Orga- nizadora se exonere el proceso de selección que por el monto corresponde a una Adjudicación Directa Públicay se contrate la maquinaria de la Municipalidad Provin-cial de Chachapoyas vía Adjudicación de Menor Cuan-tía; Que, mediante el documento del visto la Directora (e) de la Oficina General de Abastecimientos y el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal emiten el informe Técnico Le-gal Económico el mismo que sustenta la factibilidad dealquilar la Maquinaria de la Municipalidad Provincial deChachapoyas vía exoneración de Proceso; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en su artículo 19º,inciso a) dispone que: "Están exoneradas de los Proce-sos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica-ción Directa, según sea el caso, las adquisiciones ycontrataciones que se realicen entre Entidades del Sec- tor Público, de acuerdo a los criterios de economía que establezca el reglamento"; Que, el artículo 106º del Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM dispone que: "La exoneración a que se refie-re el inciso a) del artículo 19º de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado debe estar sustentada en un informe técnico económico elaborado por la enti- dad que detalle y demuestre, cuando menos lo siguien-te: a) Que la adquisición o contratación resulta más favorable y ventajosa en comparación con los preciosdel mercado, siempre y cuando ello no sea el resultadodel uso o aprovechamiento por parte de la Entidad que