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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (15/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 60

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G33/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 15 de diciembre de 2004 tinentes con fecha 7 de diciembre del presente año y cuyas bases fueron aprobadas mediante ResoluciónRectoral Nº 1505-2004-UH, en razón de que a la fecha,no se ha aprobado la ampliación presupuestal con respec-to al dinero del FEDADOI - 2004; Que, en efecto mediante Oficio Nº 168-2004-DEEyC, de fecha 10 de diciembre de 2004, la Directora Ejecutiva de Economía y Contabilidad, informa al Rectorado que ala fecha, no se ha hecho efectivo el dinero del FEDADOI,porque el Ministerio de Economía y Finanzas aún noaprueba la ampliación presupuestal; Que, siendo esto así y al amparo de lo previsto en el artículo 20º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM, y en concordancia con lo previsto en el artículo30º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, resulta pertinente la emisión del acto resolutivo que prorrogue los procesos de Adjudicación aludido en los considerandos precedentes; Estando a lo expuesto en los considerandos anteriores, a lo previsto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado y su respectivo re-glamento y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Universidad; SE RESUELVE:Artículo 1º.- POSTERGAR, los Procesos de Adjudi- cación aprobados mediante Resolución Rectoral Nº 1505- 2004-UH, de fecha 6 de diciembre de 2004, en tanto el Ministerio de Economía y Finanzas apruebe la ampliaciónpresupuestal 2004, con respecto al dinero del FEDADOI yrealice el depósito correspondiente al favor de la Universi-dad Nacional José Faustino Sánchez Carrión. Artículo 2º.- ENCARGAR, a la Secretaría General de la Universidad, para que dentro del plazo de ley, rea- lice la publicación de la presente resolución en el DiarioOficial El Peruano. Artículo 3º.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a PROMPYME; al Comité Especial FEDADOI de la Uni-versidad, a los interesados y a las dependencias perti- nentes de la Universidad, para su conocimiento, cumpli- miento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese.CARLOS MIGUEL CHUQUILÍN TERÁN Rector 22606 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 I N A C C /G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G72/G65/G63/G61/G75/G64/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G70/G2D /G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G70/G65/G6E/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73/G20/G6D/G69/G6E/G65/G72/G6F/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G70/G65/G74/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G73/G20/G6D/G69/G6E/G65/G72/G6F/G73/G2C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6E/G6F/G76/G69/G65/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G34 INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 4711-2004-INACC/J Lima, 9 de diciembre del 2004 Visto; el Informe Nº 0858-2004-INACC-DGDV de la Dirección General de Derecho de Vigencia y Desarrollode fecha 9 de diciembre del 2004, que contiene la infor- mación correspondiente a la distribución de los ingre- sos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidadde Derechos Mineros formulados conforme al DecretoLegislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; así como,el monto recaudado de Derecho de Vigencia por la for- mulación de Petitorios Mineros al amparo del DecretoLegislativo Nº 708, durante el mes de noviembre del2004; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Directoral Nº 041-2004-EM/ DGM, la Dirección General de Minería delega al Institu-to Nacional de Concesiones y Catastro Minero la facul-tad de emitir la resolución que asigne los montos delDerecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros a las Instituciones Públicas Descentralizadas y Orga- nismos a los que se refiere el artículo 57º de la Ley, asícomo el tercer párrafo del artículo 92º del Reglamentode Diversos Títulos de la Ley General de Minería, apro-bado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, modificadopor el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 010-2002- EM; Que, el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 014-92-EM, modificado por Ley Nº 28327, esta-blece la forma de distribución de los ingresos que seobtengan por concepto de Derecho de Vigencia, así como de la Penalidad; Que, conforme al artículo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, modificado por Decreto Supremo Nº 010-2002-EM, la Dirección General de Derecho de Vigenciay Desarrollo mediante Informe Nº 0858-2004-INACC-DGDV ha determinado que por el mes de noviembre del 2004, el monto total a distribuir es de US $ 259,941.69 (Doscientos Cincuenta y Nueve Mil NovecientosCuarenta y Uno y 69/100 Dólares Americanos) efec- tuándose ajustes por un monto que asciende a US $ 22,354.96 (Veinte y Dos Mil Trescientos Cincuenta yCuatro y 96/100 Dólares Americanos) , resultando un importe neto a distribuir de US $ 237,586.73 (Doscien- tos Treinta y Siete Mil Quinientos Ochenta y Seis y73/100 Dólares Americanos) ; Conforme a la delegación efectuada por la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas ycon los visados de la Oficina General de Asesoría Jurí- dica y la Dirección General de Derecho de Vigencia y Desarrollo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Asignar el monto recaudado por con- cepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad deDerechos Mineros formulados durante la vigencia delDecreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; así como, el monto recaudado de Derecho de Vigencia por la formulación de Petitorios Mineros al amparo delDecreto Legislativo Nº 708, correspondiente al mes denoviembre del 2004, de la siguiente manera: Entidades T otal a Distribuir Deducciones Neto a Distribuir US$ S/. US$ S/. US$ S/. Gob. Loc. Distrital 194,956.27 0.00 -5,122.12 0.00 189,834.15 0.00 INGEMMET 25,994.17 0.00 -6,905.13 0.00 1 9,089.04 0.00 INACC 25,994.17 0.00 -6,875.14 0.00 1 9,119.03 0.00 MEM 12,997.08 0 .00 -3,452.57 0.00 9,544.51 0.00 TOTAL 259,941.69 0.00-22,354.96 0.00 237,586.73 0.00 (*) Ver Anexo Nº 1 Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección General de Minería, en cumplimiento de lodispuesto por el artículo 3º de la Resolución DirectoralNº 041-2004-EM/DGM. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la Oficina General de Administración del INACC, para que ejecute las acciones pertinentes a fin de procedercon las transferencias a las Instituciones y GobiernosLocales. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN FCO. BALDEÓN RÍOS Jefe Institucional (e)