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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G39/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 23 de diciembre de 2004 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61 /G61/G75/G73/G65/G6E/G74/G61/G72/G73/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G61/GED/G73/G20/G79/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G73/G75/G20/G44/G65/G73/G2D/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G61/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6D/G70/G6C/G65/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 418-2004-PCM Lima, 22 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro de Educación, arquitecto Mar- tín Javier Sota Nadal, ha solicitado autorización para ausentarse del país del 23 de diciembre de 2004 al 4 de enero de 2005, con el fin de atender asuntos de índolepersonal; Que, es procedente autorizar el viaje del indicado funcionario; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al arquitecto Martín Javier Sota Nadal, Ministro de Educación, a ausentarse del país para atender asuntos de índole personal, a partir del 23 dediciembre de 2004 al 4 de enero de 2005. Artículo 2º.- Encargar la Cartera de Educación, al doctor Javier Neves Mujica, Ministro de Trabajo y Pro-moción del Empleo, a partir del 23 de diciembre de 2004 y mientras dure la ausencia del Titular. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no irroga gasto al Tesoro Público ni otorga derecho a exo- neración o liberación de impuestos y/o derechos adua- neros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 23313 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G69/G72/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G61/G63/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G6C/G69/G67/G65/G6E/G2D /G63/G69/G61/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 396-2004-PCM Lima, 20 de diciembre de 2004 Vistos, los Oficios Nºs. UIF-284-2004 y UIF-412-2004/ DE del Director Ejecutivo de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú; CONSIDERANDO: Que, conforme se aprecia del Informe Legal Nº 025- 2004-DAL-UIF, del Director General del Área Legal de la Unidad de Inteligencia Financiera - Perú y los antece- dentes que se acompañan a los Oficios de vistos, terce-ros no autorizados habrían tenido acceso al texto del Oficio Nº UIF-253-2004, de fecha 22 de junio de 2004, dirigido por la Dirección Ejecutiva de la Unidad de Inteli-gencia Financiera - Perú a la Dirección de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección General de Migraciones y Naturalización, cuyo contenido constituye informaciónreservada y confidencial, de conformidad con lo dispues- to por la Ley Nº 27693 - Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera - Perú y el Texto Único Ordenadode la Ley de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003- PCM, siendo pertinente autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que interponga las accionesjudiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicialdel Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27693, el TextoÚnico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y el Reglamento de Organización yFunciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las accionesjudiciales correspondientes contra los que resulten res- ponsables de los hechos señalados en la parte conside- rativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presiden- cia del Consejo de Ministros, para los fines a que secontrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 23169 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6C/GED/G63/G69/G74/G6F/G20/G70/G65/G6E/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G64/G65/G6C/G20/G43/G75/G65/G72/G70/G6F/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G42/G6F/G6D/G62/G65/G72/G6F/G73/G56/G6F/G6C/G75/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 398-2004-PCM Lima, 20 de diciembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 263-2004-CGBVP/CG, del Coman- dante General del Cuerpo General de Bomberos Volun- tarios del Perú - CGBVP; CONSIDERANDO: Que, el Informe Legal Nº 1001-2004-CGBVP/AJ, del Director de la Oficina de Asesoría Jurídica del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú - CGBVP, re-comienda el inicio de las acciones penales correspon- dientes contra el Teniente CGB Johnny Fernando Collán Salinas por la presunta comisión de un ilícito penal enagravio del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú - CGBVP, siendo pertinente autorizar al Procura- dor Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presi-dencia del Consejo de Ministros para que interponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decre- to Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificadopor la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimien- to Administrativo General, la Ley Nº 27067, Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, modificada porla Ley Nº 27140 y el Reglamento de Organización y Fun- ciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aproba- do mediante Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representación y defensa de losintereses del Estado, inicie e impulse las acciones judicia-