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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (23/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 26

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G39/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 23 de diciembre de 2004 a) Persona natural: 1. Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI); 2. Título de Agente de Aduana expedido por la SUNAT;3. Declaración jurada, que indique su domicilio legal, ser residente en el país, y carecer de antecedentes penales por delitos dolosos; 4. Carta fianza bancaria o póliza de caución por el monto de ciento cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América (US $ 150 000,00); 5. Copia de la licencia municipal de funcionamiento del local donde realizará sus actividades; 6. Los que acreditan a su personal auxiliar de despa- cho, conforme a lo dispuesto en el artículo 167º . b) Persona jurídica:1. Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) del representante legal de la empresa; 2. Copia del testimonio de la escritura de constitución de la sociedad, debidamente inscrita en los Registros Públicos que señale como objeto social y de maneraexclusiva la gestión de la destinación de las mercancías de acuerdo a los regímenes, operaciones y destinos aduaneros especiales o de excepción; 3. Declaración jurada de cada director y gerente, que indique su domicilio legal, residencia en el país, y care- cer de antecedentes penales por delitos dolosos; 4. Carta fianza bancaria o póliza de caución por el monto de ciento cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América (US $ 150 000,00); 5. Copia de la licencia municipal de funcionamiento del local donde realizará sus actividades; 6. Los que acreditan a sus representantes legales ante la autoridad aduanera y personal auxiliar de despa- cho, conforme a lo dispuesto en el artículo 167º . Artículo 176º.- Los agentes de aduana deben acre- ditar ante la SUNAT un patrimonio personal o social, según corresponda, equivalente al 0,25% del total delos derechos arancelarios y demás tributos cancela- dos, generados en los despachos en que hayan inter- venido en el ejercicio fiscal anterior, que en ningúncaso será menor de cincuenta mil dólares de los Esta- dos Unidos de Am érica (US $ 50 000,00). La acreditación patrimonial para la autorización o conti- nuación de sus actividades, según corresponda, debe efec- tuarse simultáneamente con la presentación o renovación de la garantía a que se refiere los artículos 150º y 166º. Artículo 177º.- Para ser autorizados los agentes de aduana deben contar con una oficina que reúna los si- guientes requisitos: a) Un área no menor a cincuenta metros cuadrados (50 m 2), con un espacio exclusivo para el archivo de la documentación de despacho; b) Equipos de seguridad contra incendios; c) Sistema de comunicación de datos y equipos de cómputo que permitan su interconexión con la SUNAT. Artículo 178º.- El mandato para despachar, otorga- do por el dueño, consignatario o consignante en favor del agente de aduana, incluye la facultad de realizar ac- tos y trámites relacionados con el despacho y retiro delas mercancías. Antes del levante de las mercancías, la notificación al importador, relacionada con el despacho de las mercancíasse entiende realizada al notificarse al agente de aduana. Artículo 179º.- La intendencia de aduana acepta que el trámite de despacho sea continuado por otro agentede aduana, previa solicitud firmada por el dueño, consig- natario o consignante de las mercancías y los represen- tantes legales de ambos agentes de aduana. En casos excepcionales, debidamente justificados, SUNAT podrá eximir del cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos para acceder a la solicitud de lo esti-pulado en el párrafo anterior. SECCIÓN V De los concesionarios postales Artículo 180º.- Para ser acreditados ante la SUNAT, los concesionarios postales deben presentar los siguien- tes documentos:a) Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o carné de extranjería del representante legal de la em- presa; b) Copia del contrato de concesión del servicio postal internacional suscrito con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y de la resolución que lo aprueba; c) Copia del testimonio de la escritura pública de cons- titución de la sociedad, debidamente inscrita en los Re- gistros Públicos, que señale como objeto social la reali- zación del destino aduanero especial de ingreso o salidade paquetes postales y correspondencia; d) Carta fianza bancaria o póliza de caución, por el monto de veinte mil dólares de los Estados Unidos deAmérica (US $ 20 000,00); e) Copia de la licencia municipal de funcionamiento del local donde realizará sus actividades; f) Los documentos que acrediten a su representante legal ante la autoridad aduanera y personal auxiliar de despacho, conforme a lo dispuesto en el artículo 167º. Artículo 181º.- Para ser acreditados ante la SUNAT, los concesionarios postales deben contar con una ofici-na que reúna los siguientes requisitos: a) Un área no menor a cincuenta metros cuadrados (50 m 2), con un espacio exclusivo para el archivo de la documentación de despacho; b) Equipos de seguridad contra incendios;c) Sistema de comunicación de datos y equipos de computo que permitan la interconexión con la SUNAT. SECCIÓN VI De los almacenes libres (Duty Free) Artículo 182º.- Para ser acreditados ante la SUNAT, los almacenes libres (Duty Free) deben presentar lossiguientes documentos: a) Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o carné de extranjería del representante legal de la em- presa; b) Copia del testimonio de la escritura publica de cons- titución de la sociedad, debidamente inscrita en los Re- gistros Públicos, indicando como objeto social la realiza- ción del destino aduanero especial almacén libre (DutyFree); c) Copia del contrato de alquiler del local, suscrito con la empresa encargada de la administración del puertoo aeropuerto internacional; d) Croquis de ubicación y plano con las dimensiones del almacén; e) Acreditar a su representante legal ante la autori- dad aduanera y personal auxiliar, según lo dispuesto en el artículo 167º. Asimismo, el operador debe contar en su local con un sistema de comunicación de datos y equipos de cóm-puto, para su interconexión con los de la SUNAT. SECCIÓN VII De los beneficiarios de material de uso aeronáutico Artículo 183º.- Para ser acreditados ante la SUNAT, los beneficiarios de material de uso aeronáutico, debenpresentar los siguientes documentos: a) Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o carné de extranjería del representante legal de la em- presa; b) Copia del testimonio de la escritura publica de cons- titución de la sociedad, debidamente inscrita en los Re- gistros Públicos; c) Copia de la autorización administrativa y técnica respectiva, otorgada por la Dirección General de Aero- náutica Civil, cuando corresponda; d) Copia del contrato de alquiler del local, suscrito con el administrador aeroportuario; e) Croquis de ubicación y plano con las dimensiones del almacén para el material de uso aeronáutico; f) Acreditar a su representante legal ante la autoridad aduanera y personal auxiliar, según lo dispuesto en el artículo 167º.