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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G30/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 23 de diciembre de 2004 Artículo 2º.- Incorpórese el Informe Técnico OSI- NERG-GART/DGT Nº 092-2004 - Anexo 1, como parte de la presente resolución. Artículo 3º.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Igualmente deberá ser consignada, junto con el Anexo 1, en la página WEB de OSINERG: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 23299 OSIPTEL /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65 /G45/G78/G70/G61/G6E/G73/G69/GF3/G6E/G20/G43/G65/G6C/G75/G6C/G61/G72/G20/G70/G61/G72/G61/G20/GC1/G72/G65/G61/G73/G20/G52/G75/G72/G61/G6C/G65/G73/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/GE1/G67/G69/G6E/G61/G20/G77/G65/G62/G20/G64/G65/G20/G4F/G53/G49/G50/G54/G45/G4C ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 098-2004-CD/OSIPTEL Lima, 17 de diciembre de 2004 MATERIA Resolución que Aprueba la publicación del Proyecto de Expansión Celular para Áreas Rurales en la Web de OSIPTEL VISTO: El proyecto de Expansión Celular para Áreas Rurales presentado por la Gerencia del FITEL ante elConsejo Directivo en su Sesión de fecha 17 de diciem- bre del 2004. CONSIDERANDO: Que, en atención a la sustentación del proyecto, argu- mentada por la Gerencia del FITEL, que promueve la participación de los operadores de telefonía móvil que actualmente brindan servicios en el país, u otros quetuvieran intención de participar con el financiamiento del FITEL; Que, es importante el impacto que la expansión del servicio celular que se ejecute con este proyecto ten- dría para la cobertura y atención de la población rural del país; Que, es necesario recoger opiniones y comentarios de los operadores de los servicios móviles celulares y de la industria de telefonía móvil, así como de autori-dades y público en general respecto de los alcances del proyecto; Que, los comentarios u opiniones que se reciban contribuirán a perfeccionar el proyecto en sus alcances y estrategia; Que, en consecuencia, resulta conveniente orde- nar la publicación del Proyecto de Expansión Celular para Áreas Rurales en la Web institucional, y estable- cer un plazo para la recepción de los comentariosrespectivos; Conforme a las funciones previstas en el inciso b) del artículo 75º del Reglamento General de OSIPTEL y es-tando a lo acordado por el Consejo Directivo en su se- sión Nº 216; RESUELVE: Artículo Primero.- Ordenar la publicación del Proyecto de Expansión Celular para Áreas Rurales en la página Web institucional. Artículo Segundo.- Definir un plazo de 45 días calen- dario, contados a partir de la fecha de publicación a la que se refiere el artículo precedente para que los intere- sados remitan sus comentarios a la Gerencia del FITELde OSIPTEL (Calle de la Prosa Nº 136, San Borja, Lima). Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de FITEL el acopio, procesamiento y sistematización de los comen-tarios que se presenten. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de FITEL la apertura de un Libro de Interés de Postores para elProyecto de Expansión Celular para Áreas Rurales.Regístrese, comuníquese y publíquese. EDWIN SAN ROMÁN ZUBIZARRETA Presidente del Consejo Directivo 23211 SUNARP /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6E/G75/G65/G76/G6F/G20/G66/G6F/G72/G6D/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G54/G61/G72/G6A/G65/G74/G61 /G64/G65/G20/G49/G64/G65/G6E/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G56/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72 RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 491-2004-SUNARP/SN Lima, 17 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Nº 153-97-SUNARP del 3 de octubre de 1997 se aprobaron los formatos de Tar- jeta de Propiedad Vehicular, que actualmente se utilizan en todas las sedes de los Regístros Públicos; Que, mediante la Ley de Tránsito y Transporte Te- rrestre, Ley Nº 27181, vigente desde el 9 de octubre de 1999, se estableció que todo vehículo para circular debede inscribirse en el Registro de Propiedad Vehicular, sal- vo disposición en contrario y que el Registro expide una Tarjeta de Identificación Vehicular donde se consignanlas características y especificaciones técnicas del vehí- culo; Que, asimismo la ley antes indicada, dispuso se sus- tituya la Tarjeta de Propiedad Vehicular por la Tarjeta de Identificación Vehicular, encargando al Registro de Pro- piedad Vehicular la expedición de dicha tarjeta para losvehículos cuya adquisición o transferencia sea poste- rior a la vigencia de dicha norma jurídica; Que, para el efecto, la segunda disposición comple- mentaria y transitoria del Reglamento Nacional de Trán- sito aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, publicado el 24 de julio de 2001, mantiene la vigencia dela Tarjeta de Propiedad Vehicular en tanto se implemente la Tarjeta de Identificación Vehicular; Que, el Reglamento Nacional de Vehículos aproba- dos por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, establece las características registrables que debe poseer todo vehículo de acuerdo a su categoría; Que, en virtud de la Resolución Nº 333-2004-SUNARP/ SN se modificó la Sexta Disposición Transitoria, Comple- mentaria y Final del Reglamento de Inscripciones del Re-glamento de Propiedad Vehicular, regulando que los datos registrables establecidos en el artículo 15º del Reglamen- to de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular,se incorporarán en la Tarjeta de Identificación Vehicular a partir del 31 de diciembre de 2004; Que, el Directorio de la Sunarp, en su sesión del 29 de noviembre de 2004, acordó por unanimidad aprobar el nuevo formato de Tarjeta de Identificación Vehicular, a ser utilizado a partir del 15 de marzo de 2005; Estando a las consideraciones que anteceden y a la facultad conferida por el literal v) del artículo 7º del Esta- tuto de la SUNARP, aprobado por Resolución SupremaNº 135-2002-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el nuevo formato de la Tarjeta de Identificación Vehicular a ser utilizado a partirdel 15 de marzo de 2005, el mismo que contará con los siguientes datos: Datos generales: 1. Número Interno de la Tarjeta de Identificación Vehicular. 2. Sede de la Oficina que emite la tarjeta y la Zona Registral a la cual pertenece. 3. Número de Partida Registral (en caso de poseer). 4. Placa Única Nacional de Rodaje. 5. Título y fecha de Inmatriculación del Vehículo auto- motor.