Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2004 (23/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 23 de diciembre de 2004

Articulo 4º.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 28 de diciembre de 2004, excepto lo dispuesto en la Unica Disposicion Final. DISPOSICION FINAL Unica.- DEROGATORIA DE LA PRIMERA DISPOSICION FINAL DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 250-2004/SUNAT Derogase la Primera Disposicion Final de la Resolucion de Superintendencia Nº 250-2004/SUNAT a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- UTILIZACION DE LAS ANTERIORES VERSIONES Los contribuyentes podran hacer uso de los PDT Remuneraciones - Formulario Virtual Nº 600 - version 4.0 e IGV - Renta Mensual - Formulario Virtual Nº 621 version 4.1 hasta el 31 de enero del ano 2005 y del PDT Trabajadores Independientes Formulario Virtual Nº 616 version 1.2 hasta el 31 de diciembre de 2004. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 23249

UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de software y hardware informatico para el cumplimiento de funciones asignadas a la UIF
RESOLUCION Nº 100-2004-UIF-PERU MORDAZA, 16 de diciembre de 2004 EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA DEL PERU VISTO: El Informe Tecnico Nº 011-2004-UIF-DAF, de la Direccion del Area de Administracion, de fecha 15 de diciembre de 2004, y el Informe Legal Nº 016-2004-UIF-DAL, de la Direccion del Area Legal, de fecha 16 de diciembre de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que apr ueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en sus articulos 1º y 2º establece sus alcances y ambito de aplicacion, senalando que se encuentran sujetas a la MORDAZA todas las Entidades del Sector Publico, con personeria juridica de derecho publico y las entidades reguladas por la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado; Que, mediante Ley Nº 27693 modificada por Ley Nº 28009 y por Ley Nº 28306, se creo la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia funcional, tecnica y administrativa; encontrandose la UIF-Peru dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Ley Nº 28306, Ley que modifica articulos de la Ley Nº 27693, publicada el 29 de MORDAZA de 2004, misma que entro en vigencia el 30 de MORDAZA de 2004, se establecieron nuevas competencias y funciones a la UIF-Peru, siendo la encargada de recibir, analizar, tratar, evaluar y transmitir informacion para la deteccion del MORDAZA de activos y/o del financiamiento

del terrorismo, asi como, de coadyuvar a la implementacion por parte de los sujetos obligados del sistema para detectar operaciones sospechosas de MORDAZA de activos y/o del financiamiento del terrorismo; Que, la Ley Nº 28306, Ley que modifica articulos de la Ley Nº 27693, establece ademas las siguientes nuevas funciones: i) Cooperar en el ambito de su competencia con investigaciones internacionales y/o solicitar, recibir, analizar y compartir informacion, a solicitud de autoridades competentes de otros paises que ejerzan competencias analogas, en casos que se presuman vinculados a actividades de MORDAZA de activos y/o de financiamiento del terrorismo, comunicando los resultados a la autoridad requirente y realizando las acciones correspondientes en el ambito nacional; ii) Participar en el ambito de su competencia en investigaciones conjuntas con otras instituciones publicas nacionales, encargadas de detectar y denunciar la comision de ilicitos penales que tienen la caracteristica de delito precedente del delito de MORDAZA de activos y/o financiamiento del terrorismo; iii) Prestar la asistencia tecnica que le sea requerida, cuando se trate de investigaciones relacionadas con el MORDAZA de activos y/o el financiamiento de terrorismo; iv) Amplia la relacion de sujetos obligados a informar 24 a 32; v) Amplia la relacion de las instituciones obligadas a proporcionar informacion de 6 a 15; vi) Para efectos de los sujetos obligados a informar que no cuenten con organismos supervisores, la UIF-Peru actuara como tal; vii) Los organos supervisores ejerceran la funcion de supervision del sistema de prevencion del MORDAZA de activos y del financiamiento del terrorismo, en coordinacion con la UIF-Peru, lo que significa una funcion de cosupervision; viii) La UIF-Peru por resolucion motivada puede ampliar, reducir y/o modificar la relacion de conceptos que deban ser materia de Registro, el contenido del Registro en relacion con cada operacion, modificar el plazo, modo y forma como deben llevarse y conservarse los Registros, asi como cualquier otro MORDAZA o tema que tenga relacion con el Registro de Operaciones. Cuando se trate de sujetos obligados que cuenten con un organismo supervisor, la resolucion sera emitida por este, previa solicitud o informe favorable de la UIF-Peru; ix) Analizar la informacion que le envie SUNAT sobre las declaraciones de ingreso y/o salida de dinero en efectivo o instrumentos negociables al portador, por mas de US$ 10,000.00 (diez mil dolares americanos) o su equivalente en cualquier moneda; entre otras; Que, del Informe Tecnico del visto se desprende que dentro de las necesidades de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru para el desempeno de las nuevas funciones asignadas, se encuentran entre otros aspectos, la adquisicion de software y hardware informatico; Que, en tal sentido, el Area de Administracion con el visto del Area de Informatica solicita la declaracion de urgencia por el plazo de 30 dias calendario, autorizandoseles a efectuar la adquisicion de los referidos bienes a traves de un procedimiento de Menor Cuantia, hasta por el valor referencial de S/. 218,304.17 (Doscientos dieciocho mil trescientos cuatro y 17/100 nu evos soles) incluyendo IGV, debidamente desagregados y contenidos en el Anexo A de su Informe Tecnico Nº 011-2004-UIF-DAF; Que, la Ley Nº 28306, Ley que modifica articulos de la Ley Nº 27693, publicada el 29 de MORDAZA de 2004, entro en vigencia el 30 de MORDAZA de 2004, teniendo la UIF-Peru que cumplir con sus metas y con lo establecido en la Ley referida respecto a sus nuevas funciones; por lo cual la UIF-Peru se aboco a la preparacion cuidadosa de los requerimientos, a fin de establecer las necesidades de la Unidad para los efectos, lo cual tomo el tiempo que ha transcurrido, habiendose actuado de manera diligente y en el menor tiempo posible, no pudiendo ser menor MORDAZA todas las nuevas funciones asignadas a la UIF-Peru y todo lo que ello implica; Que, la Direccion Nacional de Presupuesto Publico (DNPP) ha dispuesto una asignacion presupuestal con cargo a Recursos Ordinarios ascendente a S/. 5.1 millones para el ano 2005, la cual no contempla el financiamiento para gastos de capital, pero si se cuenta con financiamiento para gastos de capital para el

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