Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2004 (23/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 23 de diciembre de 2004

cion de la decision, excepto en el caso de las adjudicaciones directas selectivas y de menor cuantia en las que basta la comunicacion a los postores invitados o convocados; Que, en este sentido, resulta necesario cancelar los items que quedaron luego de la declaracion de urgencia senalada en los considerandos precedentes, tanto de la Adjudicacion Directa Publica Nº 002-2004-UIF como de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 003-2004-UIF; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley Nº 27693, Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru, modificada por Ley Nº 28009 y por Ley Nº 28306, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 163-2002-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 061-2003-EF; y de conformidad con lo estipulado en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, por el, en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM, y demas normas pertinentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Cancelar los items 1, 3, 4, 5, 8, 9, 10 y 12 de la Adjudicacion Directa Publica Nº 002-2004UIF para la adquisicion de licencias y software de computo y los items 1, 2, 3, lo que quedo del 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0032004-UIF para la adquisicion de equipos de computo; items que quedaron luego de la urgencia declarada mediante Resolucion Nº 100-2004-UIF-Peru; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Direccion de Administracion a traves de la Oficina de Abastecimiento y Servicios comunique a los Comites Especiales encargados de los citados procesos de seleccion dentro del dia siguiente de emitida la presente Resolucion, lo resuelto en la misma. Articulo Tercero.- Los Comites Especiales deberan comunicar dicha cancelacion a todos los postores de dichos procesos, dentro del dia siguiente de recibida la comunicacion de su cancelacion. Articulo Cuarto.- Disponer que la Direccion de Administracion gestione la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias de su emision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HAMANN PASTORINO Director Ejecutivo 23172

gulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Art. 21º de la Constitucion Politica del Estado senala que los yacimientos mineros y restos arqueologicos, construcciones, lugares, documentos bibliograficos y de archivo, objetos artisticos y testimonio de valor historico, expresamente declarados bienes culturales y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nacion, independientemente de su condicion de propiedad privada o publica estan protegidos por el Estado y la Ley garantiza la propiedad de dicho patrimonio, fomenta la participacion privada en la conservacion, restauracion, exhibicion y difusion y en su entorno; Que, la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion, establece en sus articulos 6º y 7º que el Instituto Nacional de Cultura es la entidad encargada de proteger el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como tambien las manifestaciones culturales orales y tradicionales del MORDAZA, siendo su responsabilidad, identificar, normar, conservar, cautelar, investigar y difundir el mismo, en MORDAZA con la Resolucion Directoral Nacional Nº 726/INC, del 16-6-2000; Que, el D.S. Nº 022-2000-ED declara GRAN MORDAZA DE RESERVA ARQUEOLOGICA al Area Geografica de la Region Amazonas, comprendida por las provincias de Bongara, Utcubamba, Luya, MORDAZA de MORDAZA y Chachapoyas; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 726/ INC, del 16 de junio del 2000, se declara patrimonio cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica Intangible del Conjunto Arqueologico de Kuelap, en un area de 216.2521 hectareas, ubicada en el anexo Kuelap, distrito de Tingo, provincia de Luya, Region Amazonas; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 122/ INC, del 12 de febrero 2004 se aprueba el Proyecto PLAN MAESTRO DE MANEJO Y CONSERVACION DEL COMPLEJO ARQUEOLOGICO DE KUELAP Y SU ENTORNO, el mismo que consta de nueve (9) volumenes; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 37º, inc. a) de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y Dictamen Nº 001-2004 de la Comision de Infraestructura del Consejo Regional, de conformidad con el Acuerdo Nº 307-2004 de fecha 6 de octubre del 2004 de Sesion Ordinaria de Consejo Nº 019 y por la necesidad de crear, proteger, conservar y buscar el desarrollo sostenible de la Region. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Articulo Primero.- DECLARAR de interes Regional la Conservacion y Desarrollo Sostenible e Integral del Area Geografica que comprende la MORDAZA del Alto Utcubamba, dentro del MORDAZA del Plan Maestro de Manejo y Conservacion del Complejo Arqueologico de Kuelap y su Entorno. Articulo Segundo.- El Plan Maestro de Manejo y Conservacion del Complejo Arqueologico de Kuelap y su Entorno, constituye la primera obra que ejecutara el Proyecto Especial Kuelap con las debidas formalidades legales, debiendo respetarse los planes disenados para su ejecucion. Articulo Tercero.- El Proyecto Especial Kuelap, es la Entidad responsable de la Proteccion, Conservacion y Desarrollo Sostenible e Integral del Area de Manejo y Conservacion del Complejo Arqueologico Kuelap y su Entorno. Articulo Cuarto.- ENCARGAR al Instituto Regional de Cultura, Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo y Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Kuelap, la elaboracion del Reglamento en el termino de 30 dias calendario. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dada en la MORDAZA de San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas, a los veintidos dias del mes de noviembre del 2004. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Amazonas 23193

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Declaran de interes regional la conservacion y desarrollo sostenible e integral del Area Geografica que comprende la MORDAZA del Alto Utcubamba
ORDENANZA REGIONAL Nº 067-2004GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribucion de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto en el Art. 15º, Inc. "a" de la Ley Nº 27867 en la que faculta aprobar, modificar o derogar las normas que re-

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