Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2004 (23/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 23 de diciembre de 2004

que fue ratificada por A.C. Nº 097, publicada el 11.04.2002. Que, sobre el particular como se expuso en el precitado considerando, mediante Ordenanzas Nº 041MDMM, Nº 064-MDMM, Nº 065-MDMM y Nº 100-MDMM, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, aprobo los aspectos generales del regimen tributario de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo establecidos para el distrito de MORDAZA MORDAZA (eso es, la determinacion de la obligacion tributaria, los sujetos pasivos, los criterios de determinacion empleados para la distribucion del costo entre los contribuyentes, los supuestos de inafectaciones y exoneraciones, etc.), los mismos que adquieren vigencia a partir de lo dispuesto por el articulo 1º de la Ordenanza Nº 126MDMM que dispone su aplicacion para el ejercicio 2003, de conformidad a lo establecido en el articulo 69 de la Ley de Tributacion Municipal y su modificatoria. Que, teniendo en consideracion que los aspectos generales del tributo ya fueron materia de ratificacion, solo corresponderia evaluar el aspecto tecnico de las disposiciones relacionadas con el establecimiento de los importes de arbitrios municipales correspondientes al periodo 2003. Que, el articulo 2º de la Ordenanza Nº 126-MDMM establece que cuando se efectue la lectura de las tasas (establecidas en funcion a un porcentaje de la UIT), se entendera que las mismas hacen referencia a la UIT vigente al ejercicio 2003 (S/. 3,100.00) Que, los criterios para efectuar el cobro por los arbitrios son: el valor del predio y el uso o actividad desarrollada en el predio. De este modo, considerando los parametros mencionados, se establecieron las tasas para cada servicio con el incremento del IPC, los que han sido calculados por el SAT, que procedemos a detallar:
RESUMEN ANUAL DE LOS INGRESOS VS. COSTOS POR SERVICIOS MUNICIPALES 2003 ORDENANZA Nº 126-MDMM (En nuevos soles)
SERVICIO INGRESOS POTENCIALES (S/.) Anexo 4 Anexo 5 Anexo 6 COSTOS (S/.) DIFERENCIA (INGRESOSCOSTOS) (7,745.66) (1,437.18) (1,625.78) COBERTURA (%) 99 81 % 99.84 % 99.91 %

diferencia de S/.1,083.00 se debe, aparentemente, al calculado por redondeo, por lo que el SAT ha solicitado a la Municipalidad Distrital su reajuste. Que, mediante Oficio Nº 004-090-0000548 de fecha 19.11.2004, el SAT remite los Oficios Nº 217,2004-SGMDMM y Nº 218-2004-SG-MDMM, mediante los cuales la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA subsana las observaciones relacionadas con el Arbitrio de parques y jardines correspondiente al ejercicio 2003(Ordenanza Nº 126-MDMM), confirmando, en los Memorando Nºs. 293 y 294-2004-GPP/MDMM que se adjuntan, que el monto anual por concepto de combustible senalado es el correcto y no varia, corrigiendo los montos asignados en la columna del calculo del dia y semana, producto del cual se supera la observacion que se efectuo en la Ordenanza Nº 126-MDMM que aprueba los arbitrios 2003 por lo que el calculo que informaron es el correcto (Costo Anual del Servicio de Parques y Jardines S/. 932,521.79). Por otro lado, el SAT indica en el precitado oficio, con relacion a la observacion efectuada respecto de los derechos de emision mecanizada para el periodo 2003, que de conformidad con la informacion remitida la misma estaria siendo superada al haber sido ha sido modificado su proyeccion de ingresos anual calculandola con decimales y no por redondeo, cubriendo de esta manera solo el 100% del costo derecho. De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 177-2004-MML-CMAEDO; ACORDO: Articulo Unico.- Ratificar las Ordenanzas Nº 126 y Nº 127-MDMM mediante las cuales la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA establece el regimen tributario correspondiente a los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo y los importes por concepto de derechos de Emision Mecanizada correspondientes al ejercicio 2003 respectivamente, en su jurisdiccion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 23217 ACUERDO DE CONCEJO Nº 352 MORDAZA, 25 de noviembre de 2004 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 25 de noviembre de 2004, el Oficio Nº 01-90-000001754 emitido por el Servicio de Administracion Tributaria SAT, que adjunta el expediente de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, sobre la solicitud de ratificacion de las Ordenanzas Nº 152 y Nº 154-MDMM mediante las cuales la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA fija los importes por concepto de emision mecanizada y establece el monto de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2004 respectivamente, en su jurisdiccion. CONSIDERANDO: Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, establece que las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades provinciales de su circunscripcion para su entrada en vigencia y exigibilidad; por otro lado, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a traves del Edicto Nº 227 otorgo al Servicio de Administracion Tributaria, SAT, la facultad de emitir opinion tecnica acerca de las ordenanzas que sobre materia tributaria hubieren aprobado las Municipalidades Distritales y que MORDAZA sometidas a la ratificacion del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (Inc. s) del Art. 6º). Que asimismo, si bien la Ordenanza Nº 607-MML, publicada el 24 de marzo de 2004, establecio un MORDAZA procedimiento para la ratificacion de las Ordenanzas tributarias, su Sexta Disposicion Final indica que sus

Limpieza Publica Parques y Jardines Serenazgo COSTO TOTAL ANUAL Anexo 7

4,104,942.07 Anexo 1 4,112,687.73 931,084.61 Anexo 2 6,875,697.84 932,521.79 6,884,706.20 1,839,671.16 Anexo 3 1,841,296.94

Fuente: Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA Elaboracion: SAT - Gerencia de Planeamiento

Que, para verificar el financiamiento de los costos MORDAZA detallados y a partir de la informacion presentada por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, se ha tomado la estimacion de los ingresos enviados por la municipalidad por cada arbitrio, teniendo en cuenta las tasas como porcentajes sobre UIT y autoavaluo del predio, ademas de criterios senalados en su Ordenanza Nº 126-MDMM, observando una pequena diferencia en el calculo de costo anual del servicio de parques y jardines, de S/. 1,800.26 aparentemente producto de tomar un MORDAZA equivocado en el concepto de combustible de la estructura presentada que debe ser verificado, por lo que el SAT ha solicitado a la Municipalidad Distrital la confirmacion del monto y de ser el caso su reajuste. Que, respecto a los articulos 1º y 2º de la Ordenanza Nº 127-MDMM, debemos senalar que estos establecen en S/. 8.00 y S/. 12.00 los derechos de emision mecanizada anual de actualizacion de valores relacionadas con el impuesto predial y de los arbitrios municipales, respectivamente, por concepto de los gastos administrativos incurridos en su emision y distribucion, monto que no supera el limite legal de 0.4% de la UIT (S/. 12.80) establecido en la Cuarta Disposicion Final de la Ley de Tributacion Municipal, por lo que corresponde afirmar que se ha establecido el mismo de conformidad con la normativa sobre la materia. Que, los costos anuales incurridos que ascienden a S/. 313,033.00 los cuales comprenden los rubros "Preparacion de la Informacion", "Preparacion de Formato", "Distribucion", "Difusion" y "Otros". De otro lado, se efectuo la estimacion de ingresos por este concepto, resultando un ingreso anual de S/. 314,116.00, lo cual financia el 100.35% de los costos. El SAT estima que la minima

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