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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G30/G35/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 23 de diciembre de 2004 disposiciones recién serán aplicadas para los procedi- mientos de ratificación de las ordenanzas distritales vi- gentes a partir del año 2005, por lo que corresponde que la presente solicitud sea tramitada según la OrdenanzaNº 211. Que, de conformidad a los artículos 74º y 192º de la Constitución Política y el artículo 60º de la Ley de Tribu-tación Municipal, las municipalidades tienen la potestad de crear, modificar o extinguir tributos de su competen- cia, es decir, contribuciones y tasas, encontrándosedentro de estas últimas los arbitrios municipales y los derechos por concepto de emisión mecanizada. Que, la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, solicitó la ratificación de la Ordenanza Nº 152-MDMM, mediante la cual se fijan los importes por concepto de emisión mecanizada para el ejercicio 2004 y la Orde-nanza Nº 154.MDMM que establece el monto de los Ar- bitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Sere- nazgo correspondientes al ejercicio 2004. Dichas nor-mas han sido publicadas en el Diario Oficial El Peruano el día el 22 de febrero de 2004, cumpliendo la Municipali- dad Distrital con lo establecido, en cuanto a la publica-ción, en el artículo 69-A de la Ley de Tributación Munici- pal. Que, los importes por arbitrios municipales en el dis- trito de Magdalena del Mar estuvieron regulados por la Ordenanza Nº 041-MDMM (Régimen de los Arbitrios de Limpieza Pública y Parques y Jardines) y Nº 064-MDMM(Régimen del Arbitrio de Serenazgo), las mismas que fueron aplicadas para los períodos 2002 y 2003 por dis- posición expresa de las Ordenanzas Nº 100-MDMM yNº 126-MDMM respectivamente, siendo ratificada la pri- mera por A.C. Nº 097 que se publicó el 11.04.2002, es- tando la segunda en trámite de ratificación. Que, sobre el particular como se expuso en conside- rando anterior, la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, mediante Ordenanzas Nº 041-MDMM, Nº 064-MDMM, Nº 065-MDMM, Nº 100-MDMM y Nº 126-MDMM, aprobó los aspectos generales del régimen tributario de los arbitrios de limpieza pública, parques y jardines yserenazgo establecidos para el distrito (esto es, la de- terminación de la obligación tributaria, los sujetos pasi- vos, los criterios de determinación empleados para ladistribución del costo entre los contribuyentes, los su- puestos de inafectaciones y exoneraciones, etc.), los mismos que adquieren vigencia a partir de lo dispuestopor el artículo 1º de la Ordenanza Nº 154-MDMM que dispone para el ejercicio 2004, la aplicación de los mon- tos establecidos en la Ordenanza Nº 126-MDMM (2003),incrementados según la variación del Índice de Precios al Consumidor ascendente a 2.48% para Lima Metropo- litana, determinada por Instituto Nacional de Estadísticae Informática INEI; por lo que, teniendo en consideración que los aspectos generales del tributo ya fueron materia de ratificación, el SAT ha procedido a evaluar el aspectotécnico de las disposiciones relacionadas con los mon- tos de los arbitrios municipales correspondientes al ejer- cicio 2004. Que, de acuerdo a ello, los criterios para efectuar el cobro por los arbitrios son: el valor del predio expresado en tramos, el uso o actividad desarrollada en el predio yun porcentaje fijo de la UIT y del autovalúo. De este modo, considerando los parámetros mencionados, se establecieron las tasas para cada servicio ajustándolascon el incremento del IPC (2.48%),los que han sido cal- culados por el SAT, que procedemos a detallar: RESUMEN ANUAL DE LOS INGRESOS VS. COSTOS POR SERVICIOS MUNICIPALES 2004 ORDENANZA Nº 154-MDMM (En nuevos soles) SERVICIO INGRESOS COSTOS DIFERENCIA COBER- POTENCIALES (S/.) (INGRESOS- TURA (S/.) COSTOS) (%) Limpieza Pública Anexo 4 4,212,461.07 Anexo 14,214,682.38 (2,221.31) 99.95 % Parques y Jardines Anexo 5 954,975.86 Anexo 2 955,648.53 ( 672.67) 99.93 % Serenazgo Anexo 6 1,886,470.20 Anexo 31,886,960.60 ( 490.40) 99.97 % COSTO TOTAL 7,053,907.13 7,055,446.40 ANUAL Anexo 7 Fuente: Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar Elaboración: SAT - Gerencia de Planeamiento Que, para verificar el financiamiento de los costos antes detallados y a partir de la información presentadapor la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, el SAT ha efectuado la estimación de los ingresos poten- ciales por cada servicio, teniendo en cuenta las tasas indicadas en su Ordenanza Nº 154-MDMM y ajustándo-las con el IPC, lo que ha permitido observar la pequeña diferencia en el cálculo de costo anual del servicio de parques y jardines, de S/. 1,845.11 aparentemente pro-ducto de tomar un dato equivocado en el concepto de combustible de la estructura presentada en el ejercicio 2003, que se ha arrastrado hasta el 2004 al haber esta-blecido la Municipalidad el mismo monto de arbitrios ac- tualizados con el IPC que debe ser verificado, por lo que el SAT solicitó a la Municipalidad Distrital la confirmacióndel monto del referido concepto y de ser el caso su reajuste. Que, respecto a los artículos 1º y 2º de la Ordenanza Nº 152-MDMM, debemos señalar que éstos establecen en S/. 8.00 y S/. 12.00 los derechos de emisión mecani- zada anual de actualización de valores relacionadas conel impuesto predial y de los arbitrios municipales respec- tivamente, por concepto de los gastos administrativos incurridos en su emisión y distribución, monto que nosupera el límite legal de 0.4% de la UIT (S/. 12.80) esta- blecido en la Cuarta Disposición Final de la Ley de Tribu- tación Municipal, por lo que corresponde afirmar que seha establecido el mismo de conformidad con la normati- va sobre la materia. Que, en lo que se refiere al derecho de emisión me- canizada establecido en la Ordenanza Nº 152-MDMM, cabe señalar que el mismo ha sido calculado en función al servicio a prestar, teniendo en cuenta los rubros “pre-paración de información”, “preparación de formato”, “dis- tribución”, “difusión” “otros”. Asimismo, por emisión me- canizada por impuesto predial, la referida disposiciónestablece que por cada predio adicional se abonará S/. 4.00. Por otro lado, los costos anuales incurridos as- cienden a S/. 313,833.00, cuya estimación de ingresospor este concepto resulta de un ingreso anual de S/. 314,140.00, lo cual financia el 100.10% de los costos. Al igual que en el caso anterior, se estima que la mínimadiferencia de S/. 370.00 se debe, aparentemente, al cál- culo por redondeo acumulado, por lo que el SAT ha soli- citado a la Municipalidad Distrital su reajuste. Que, mediante Oficio Nº 004-090-0000548 de fecha 19.11.2004, el SAT remite los Oficios Nº 217,2004-SG- MDMM y Nº 218-2004-SG-MDMM, mediante los cualesla Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar subsana las observaciones relacionadas con el Arbitrio de Par- ques y Jardines correspondiente al ejercicio 2003(Or-denanza Nº 126-MDMM) que se trasladaron al 2004 al haberse actualizado con el IPC, confirmando, en los Memorando Nºs. 293 y 294-2004-GPP/MDMM que seadjuntan, que el monto anual por concepto de combusti- ble señalado es el correcto y no varía, corrigiendo los montos asignados en la columna del cálculo del día ysemana, producto del cual se supera la observación que se efectuó en la Ordenanza Nº 154-MDMM que aprueba los arbitrios 2004 por lo que el cálculo que infor-maron por es el correcto (Costo Anual del Servicio de Parques y Jardines S/. 955,648.53). Por otro lado, el SAT indica en el precitado oficio, con relación a la obser-vación efectuada respecto de los derechos de emisión mecanizada, tanto para el período 2003 y 2004, que de conformidad con la información remitida la misma esta-ría siendo superada al haber sido ha sido modificado su proyección de ingresos anual calculándola con decima- les y no por redondeo, cubriendo de esta manera sólo el100% del costo derecho. De conformidad con lo opinado por la Comisión Me- tropolitana de Asuntos Económicos y de Organizaciónen su Dictamen Nº 178-2004-MML-CMAEDO; ACORDÓ:Artículo Primero.- Ratificar las Ordenanzas Nº 152 y Nº 154-MDMM mediante las cuales la MunicipalidadDistrital de Magdalena del Mar establece los importes por concepto de derechos de Emisión Mecanizada y el monto de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques yJardines y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2004, respectivamente, en su jurisdicción. Artículo Segundo.- Invocar a la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, que para la aproba- ción y ratificación de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2005, deberá tomar en cuenta los pará-