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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G35/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de diciembre de 2004 /G49/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G2D /G74/G6F/G72/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G46/G6F/G6E/G64/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G2D/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G6E/G65/G72/G6F/G20/G4F/G62/G2D/G74/G65/G6E/G69/G64/G6F/G20/G49/G6C/GED/G63/G69/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20/G65/G6E/G20/G70/G65/G72/G6A/G75/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C /G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G2D/G20/G46/G45/G44/G41/G44/G4F/G49 DECRETO SUPREMO Nº 202-2004-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, a mérito de la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, el Fondo Especial de Adminis-tración del Dinero Obtenido Ilícitamente en perjuicio delEstado -FEDADOI- se encuentra adscrito al Pliego Pre-sidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 9.5 del artículo 9, de la Ley Nº 28129, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, dispone que la incorpo-ración de mayores recursos que provengan, entre otros,del Fondo Especial de Administración del Dinero Obteni-do Ilícitamente en perjuicio del Estado - FEDADOI, seefectúa mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas propuesta de la Presi- dencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Oficio Nº 1143-2004-PCM/SA.300, la Presidencia del Consejo de Ministros ha solicitado laincorporación de mayores ingresos provenientes delFondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en perjuicio del Estado -FEDADOI-, por el monto de ONCE MILLONES OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 800 000,00); Que, en consecuencia, es necesario autorizar la incorporación, vía crédito suplementario, de los mayo-res recursos obtenidos por el citado Fondo, los que serán destinados para los fines que el Comité del FE- DADOI, lo determine conforme a la normatividad perti-nente; y, De conformidad con lo establecido en el Numeral 9.5 del Artículo 9 de la Ley Nº 28129 - Ley de EquilibrioFinanciero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Incorpórase, vía Crédito Suplementario, en el Presu- puesto del Sector Público para el año fiscal 2004, la suma de ONCE MILLONES OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 800 000,00), de acuerdo alsiguiente detalle: INGRESOS (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 00 RECURSOS ORDINARIOS 1.0.0. INGRESOS CORRIENTES 11 800 000,00 1.8.0 OTROS INGRESOS CORRIENTES 11 800 000,00 1.8.1 INGRESOS DIVERSOS 1.8.1.023 Dinero Obtenido Ilícitamente en Perjuicio del Estado 11 800 000,00 ------------------ TOTAL DE INGRESOS 11 800 000,00 ========== EGRESOS SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 003 : Secretaria General- PCMFUNCIÓN 03 : Administración y Planeamiento PROGRAMA 002 : Justicia SUBPROGRAMA 0006 :Administración General ACTIVIDAD 02145 : Transferencias al Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en Perjuicio del Estado- FEDADOI FUENTE DEFINANCIAMIENTO 00 : RECURSOS ORDINARIOS(En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO5 GASTOS CORRIENTES 4 Otros Gastos Corrientes 11 800 000,00 ----------------- TOTAL EGRESOS 11 800 000,00 ========== Artículo 2º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego comprendido en el presente Crédito Suple- mentario, solicitará a la Dirección Nacional del Presu- puesto Público las codificaciones que se requieran comoconsecuencia de la incorporación de nuevos Compo-nentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. Artículo 3º.- Notas de Modificación La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego comprendido en el presente dispositivo, ins-truye a la Unidad Ejecutora para que elabore las co-rrespondientes “Notas para Modificación Presupues-taria” que se requieran como consecuencia de lo dis-puesto en la presente norma, las mismas que serán aprobadas mediante Resolución del Titular del Pliego, debiendo presentar, copia de la Resolución, dentro delos cinco (5) días de aprobada a los Organismos seña-lados en el numeral 5.2 del artículo 5 de la Ley Nº 28128- Ley de Presupuesto del Sector Público para el AñoFiscal 2004. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro deEconomía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- trés días del mes de diciembre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 23633 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G64/G65/G75/G64/G61/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G45/G78/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G61/G20/G73/G65/G72/G20/G61/G63/G6F/G72/G64/G61/G64/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G2D/G42/G49/G44 DECRETO SUPREMO Nº 203-2004-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 20º de la Ley Nº 28130, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal2004, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar o ga-rantizar operaciones de endeudamiento externo hastapor un monto equivalente a US$ 2 282 000 000,00 (DOSMIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES Y 00/ 100 DÓLARES AMERICANOS); Que, en el marco de la citada autorización, la Repúbli- ca del Perú acordará una operación de endeudamientoexterno con el Banco Interamericano de Desarrollo -BID- hasta por un monto de US$ 15 000 000,00 (QUIN-CE MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), para financiar el “Programa de Servicios de Apoyo para Acceder a los Mercados Rurales”, a ser ejecutada por elMinisterio de Agricultura; Que, la operación de endeudamiento externo se efec- tuará con cargo al Subprograma de inversiones de ca-rácter productivo y de apoyo a la producción de bienes