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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (29/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G35/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de diciembre de 2004 decreto supremo, quedará suspendido hasta la expedi- ción de la Resolución Ministerial prevista en el artículo5º. En caso no se apruebe la prórroga del plazo de eje-cución del proyecto(s), el titular minero continuará obli-gado por el PAMA original y sujeto a los procedimientosy las sanciones a que hubiere lugar, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 016-93-EM. 12.3 Mediante Resolución Ministerial, el Ministerio de Energía y Minas podrá complementar las disposicionescontenidas en el presente Decreto Supremo. Artículo 13º.- DEROGATORIA Deróguense o déjense en suspenso, según corres- ponda, las disposiciones que se opongan al presenteDecreto Supremo. Artículo 14º.- REFRENDO El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- trés días del mes de diciembre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 23659 INTERIOR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G6F/G6E/G65/G72/G20/G64/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G70/G65/G6E/G61/G6C /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G78/G20/G53/G75/G62/G70/G72/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61 /G64/G65/G20/G54/G61/G72/G61/G74/G61/G2C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G63/G6E/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2561-2004-IN-1101 Lima, 16 de diciembre de 2004VISTO, el Oficio Nº 57-2004-1508-P/TACN-SPT de 05OCT04 con el cual el Subprefecto de la provincia de Tarata, departamento de Tacna, Fredy E. MAMANl QUlS-PE, comunicó a la OFECOD que al momento de relevar-se en el cargo con su antecesor, Genaro BaldomeroALAVE YAHUARA, no se le hizo entrega del vehículoincautado por TID de placa de rodaje Nº SJ-2042 asig- nado para uso oficial de la Subprefectura; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 227-2003- IN/ 1101 de 12AG00 la camioneta marca Nissan de pla- ca de rodaje Nº SJ- 2040 fue asignada para uso del servicio oficial de la Subprefectura de la provincia deTarata, departamento de Tacna; Que, mediante Oficio Nº 3236-2003-JPI de fecha 18AGO03 el Juzgado Especializado en lo Penal del Ilode la Corte Superior de Justicia de Moquegua dispuso la entrega del citado vehículo a su propietario Gustavo Adolfo GHERSI ARAGON, en cumplimiento a la resolu-ción judicial que así lo ordena; Que, con Oficio Nº 2331-2003-IN/1202 de 16SET03 la Procuradora Pública Especializada a cargo de losAsuntos Judiciales relativos a TID comunicó a la OFE- COD la interposición del Recurso de Apelación contra la Resolución que ordenó poner a disposición del JuzgadoPenal de Ilo la camioneta de placa de rodaje Nº SJ-2043; Que, el Juzgado Especializado en lo Penal de Ilo me- diante Oficio Nº 722-2004,JPI de 29ENE04 comunicó ala OFECOD que el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Pública Especializada a cargo de los Asuntos Judiciales relativos a TID había sido declaradoIMPROCEDENTE;Que, con Oficio Nº 2156-2004.JPI de 18MAY04 el Juzgado penal de Ilo solicitó a la OFECOD que dentrodel tercer día de notificado cumpla con poner a disposi-ción de dicho juzgado el vehículo en mención, bajo aper-cibimiento de ser denunciado penalmente por desobe-diencia y resistencia a la autoridad y captura del vehícu- lo, por lo que la OFECOD reiteró pedido a la Procuradu- ría Pública Especializada a cargo de los Asuntos Judi-ciales relativos a TID para que emita su pronunciamien-to; Que, la Procuraduría Pública Especializada a cargo de los Asuntos Judiciales relativos a Tráfico Ilícito de Drogas informó a la OFECOD con Oficio Nº 1401-2004- IN/1202 de 21JUN04 que con fecha 16SET03 interpusorecurso de Apelación contra el mandato de devolución,por lo que había reiterado el resultado del recurso im-pugnatorio; Que, el Juzgado Penal de Ilo, aplicando el apercibi- miento mencionado, remitió copias certificadas a la Fis- calía Provincial Mixta de Ilo, para que se denuncie alDirector General de la OFECOD por desobediencia a laautoridad, situación que se tomó conocimiento extraofi-cialmente; Que, con Resolución Directoral Nº 290-2004IN/ 1101 de 1OCT04 la OFECOD dio por concluida la asignación a la Subprefectura de la provincia de Ta-rata, departamento de Tacna, del vehículo materia dela presente, efectuada con la Resolución DirectoralNº 227-2003-IN/1101 de 12AGO03, disponiendo laentrega al Juzgado Penal de Ilo en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial que disponeque toda persona y autoridad está obligada a acatary dar cumplimiento a las decisiones judiciales o deíndole administrativa, emanadas de autoridad judicialcompetente, en sus propios términos, sin poder cali- ficar su contenido o sus fundamento, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsa-bilidad civil, penal o administrativa que la ley señala; Que, mediante Oficio Nº 57-2004-1508-P/TACN- PT de 5OCT04 el Subprefecto de la provincia de Ta-rata, Fredy E. MAMANI QUISPE, informó a la OFE- COD que al relevarse en el cargo con su antecesor, Genaro Baldomero ALAVE YAHUARA, no le hizo en-trega del vehículo incautado por TID, asignado parauso oficial de la Subprefectura, habiendo incumplidocon lo normado en el inciso "D" del artículo 23º delReglamento de Administración de Bienes Incautados por TID, aprobado por R.M Nº 001-IN/OFECOD de 18MAR87 que establece que las entidades asignata-rias observarán bajo responsabilidad que en caso deceses, cambios o destaques de personal, los vehí-culos permanecerán en las dependencias a la quese contrae el documento de asignación, no pudiendo ser trasladados a otras dependencias o jurisdiccio- nes, por lo que resulta pertinente ejecutar el actoadministrativo que autorice a la Procuraduría PúblicaEncargada de los Asuntos Judiciales del Ministeriodel Interior denunciar a Genaro Baldomero ALAVEYANAHUARA y otros que resulten responsables por el ilícito penal cometido; Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD) y a lo opinado por la Ofi-cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Inte-rior; y, De conformidad con lo dispuesto en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, Art. 12 del Decreto Ley Nº 17537 modificado por Decreto Ley 17667, Art.4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Art. 190º delDecreto Legislativo Nº 635, Art. 28º inciso “D” del Re-glamento de Administración de Bienes Incautados porTID, aprobado por R.M. Nº 001-IN/OFECOD-F de 18MAR87; SE RESUELVE:Artículo 1º.- AUTORIZAR a la Procuraduría Pública encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que en nombre y representación del Esta- do, interponga denuncia penal correspondiente contraGenaro Baldomero ALAVE YAHUARA, ex Subprefectode la provincia de Tarata, departamento de Tacna y otros