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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2004 (30/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 82

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G39/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de enero de 2004 SE RESUELVE: Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de INVERMET para el Año 2004, que co-rre como Anexo Nº 1 y forma parte integrante de la presen- te Resolución. Segundo.- Disponer la publicación de la presente Re- solución en el Diario Oficial El Peruano, así como remitir el Plan Anual al CONSUCODE y a la Comisión de la Peque- ña y Microempresa - PROMPYME, poniéndolo a disposi-ción del público en general en la Oficina de Administración y Finanzas ubicada en el Jr. Natalio Sánchez Nº 220 - 7º Piso - Jesús María. Tercero.- La Oficina de Administración y Finanzas, que- da encargada del cumplimiento de lo dispuesto en la pre- sente Resolución. Regístrese y comuníquese. ALFONSO CAMPOS ÁLVAREZ Secretario General Permanente 01833 MUNICIPALIDAD DE BREÑA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G65/G63/G61/G6E/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G74/G75/G61/G2D /G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G76/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G69/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G70/G72/G65/G64/G69/G61/G6C /G32/G30/G30/G34/G2C/G20/G66/G69/G6A/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G69/G2D /G73/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G76/G65/G6E/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G64/G65/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G6F/G73/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73 ORDENANZA Nº 99-MDB Breña, 20 de enero de 2004EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Breña, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Informe Nº 002-2004-SGAT-GAR/MDB de fecha 8 de enero del 2004, de la Subgerencia de Administración Tribu- taria; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispuesto en el artículo 11º del De- creto Legislativo Nº 776, la base imponible para determi- nar el Impuesto Predial está constituida por el valor total de los predios del contribuyente; asimismo, para efectos dedeterminar el valor total de los predios se aplicará los valo- res arancelarios de terrenos y valores unitarios oficiales de edificación vigente al 31 de diciembre del año anterior ylas tablas de depreciación por antigüedad y estado de conservación que formula el Consejo Nacional de Tasacio- nes y aprueba anualmente el Ministerio de Transportes,Comunicaciones, Vivienda y Construcción: Que, con fecha 24 de diciembre del 2003 se ha publica- do la Resolución Ministerial Nº 269-2003-VIVIENDA y laResolución Ministerial Nº 268-2003-VIVIENDA que aprue- ban los Planos Básicos Arancelarios de Terrenos Urbanos de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional deCallao y los Valores Unitarios Oficiales de Edificación para la Costa, Sierra y Selva: Que, mediante Decreto Supremo Nº 192-2003-EF se ha establecido que para el año 2004 el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias, es de Tres Mil Doscientos Nuevos So-les (S/. 3,200.00); Que, conforme lo dispuesto en el artículo 13º y Cuarta Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 776, es facul-tad de la Municipalidad establecer el monto mínimo que deben pagar los contribuyentes por el Impuesto Predial y por el servicio de emisión mecanizada de actualización devalores, determinación del impuesto, recibos de pago y dis- tribución a domicilio;Que, los artículos 4º y 5º del Texto Único Ordenado del Marco Normativo de los Arbitrios Municipales aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 010-2002-DA/MDB establecen que los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Pú-blicos y Serenazgo son de periodicidad mensual y la de- terminación y recaudación se efectuará por períodos men- suales; asimismo, la obligación de pago de las cuotasmensuales vence el último día hábil de cada mes; Con las atribuciones que confiere los Incs. 8) y 9) de los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipali-dades, Ley Nº 27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE LA EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES DEL IMPUESTO PREDIAL 2004, FIJA EL MONTO DEL DERECHO DE EMISIÓN Y ESTABLECE EL VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y LOS ARBITRIOS MUNICIPALES Artículo Primero.- Disponer la emisión mecanizada de actualización de valores del Impuesto Predial correspon-diente al año 2004, de los predios ubicados en la jurisdic- ción distrital de Breña, independientemente de la condi- ción de inafecto o exonerado de cada contribuyente. Artículo Segundo.- Establézcase que el monto míni- mo del Impuesto Predial para el año 2004, es de S/. 19.20 (DIECINUEVE Y 20/100 NUEVOS SOLES). Artículo Tercero.- Fíjase para el Impuesto Predial co- rrespondiente al año 2004, en S/. 12.80 (DOCE Y 80/100 NUEVOS SOLES) el monto del derecho de emisión meca-nizada de valores, determinación, recibos de pago y distri- bución domiciliaria. El derecho de emisión se cancelará conjuntamente con el pago total del impuesto o con la pri-mera cuota en el caso de pago fraccionado. Para cada pre- dio adicional (PU) se abonará la suma de S/. 3.00 (TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo Cuarto.- Fíjase en S/. 1.00 (UNO Y 00/100 NUEVO SOL), por cada predio, el monto mensual del de- recho de emisión y distribución de Hoja de Liquidación yexpedición de recibo de pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Sere- nazgo correspondiente al año 2004. Artículo Quinto.- Establecer las fechas de vencimien- to de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el año 2004, de acuerdo al detalle siguiente: Impuesto Predial a) Al contado : 27 de febrero b) FraccionadoPrimera cuota : 27 de febrero Segunda cuota : 31 de mayoTercera cuota : 31 de agosto Cuarta cuota : 30 de noviembre Arbitrios Municipales Enero : 16 de f ebrero Febrero : 27 de f ebrero Marzo : 31 de marzo Abril : 30 de abril Mayo : 31 de mayo Junio : 30 de junioJulio : 30 de julio Agosto : 31 de agosto Setiembre : 30 de setiembre Octubre : 29 de octubre Noviembre : 30 de noviembre Diciembre : 31 de diciembre Artículo Sexto.- Facúltase al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía disponga las medidas necesarias a fin deque los contribuyentes cumplan con el pago de las obligacio- nes tributarias correspondiente al presente Ejercicio Fiscal. POR TANTO: Mando, se registre, publique y cumpla.CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 01862