Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2004 (30/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, viernes 30 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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CAPITULO MORDAZA DEL CONCURSO DE PROYECTOS INTEGRALES Articulo 34º.- El Gobierno Regional de MORDAZA promovera el Concurso de proyectos integrantes mediante aviso publicado en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de avisos judiciales de la Region MORDAZA, el mismo que contendra lo siguiente: a) El Gobierno Regional de Arequipa; b) Las caracteristicas generales del proyecto; c) La exigencia de presentar el proyecto, asi como los estudio de factibilidad tecnica y economico financiera correspondientes; d) El lugar, la oportunidad y el precio al que pueden ser adquiridas las bases. e) El plazo dentro del cual deben presentarse las propuestas, el cual no podra ser menor a noventa (90) dias, contado a partir de la fecha en que se realizo la MORDAZA publicacion de la convocatoria. Cuando se trate de un Concurso Internacional, se aplicara lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 18º del presente Reglamento. Articulo 35º.- Las bases del Concurso de proyectos integrales contendran los lineamientos generales del proyecto y el sistema se evaluacion para determinar la propuesta mas conveniente y, en caso, que el organismo concedente lo considere necesario, podra requerir informacion sobre los niveles tarifarios, los plazos de ejecucion de la obra y la explotacion del servicio, el plazo estimado de vigencia de la concesion, asi como los datos establecidos en el articulo 18º del presente Reglamento, en cuanto fueran aplicables. Cuando se trate de un Concurso internacional, se aplicara lo dispuesto en el ultimo parrafo del Articulo 19º del presente Reglamento. Articulo 36º.- Vencido el plazo para la MORDAZA de las propuestas integrales, el Comite de Adjudicacion de Concesiones procedera a evaluarlas y calificarlas conforme al sistema evaluacion previsto en las bases, dentro del plazo establecido en estas ultimas, el cual se fijara teniendo en cuenta la complejidad, magnitud o costo del proyecto. Durante la etapa de evaluacion y calificacion de las propuestas el representante acreditado del Organo de Control Interno del organismo concedente podra asistir a las sesiones del Comite de Adjudicacion de Concesiones. En el caso del Concurso de proyectos integrales originados por iniciativas privadas, se aplicara al puntaje obtenido por el autor de la iniciativa el incremento senalado en el articulo 16º del presente Reglamento. Concluida la etapa de evaluacion y calificacion de las propuestas, de existir una oferta mas conveniente que la presentada por quien tuvo la iniciativa, el Comite de Adjudicacion de Concesiones notificara al autor de la iniciativa y al de la oferta considerada mas conveniente para que mejoren sus respectivas propuestas dentro de los cuatro dias siguientes al acto de notificacion. En el caso que las propuestas presentadas MORDAZA igualmente convenientes, el Gobierno Regional de MORDAZA preferira al autor de la iniciativa. El Comite de Adjudicacion de Concesiones debera pronunciarse dentro de un plazo que no excedera de quince dias. Articulo 37º.- La concesion se otorgara al titular de la propuesta mas conveniente mediante resolucion del Comite de Adjudicacion de Concesiones que se expedira dentro del plazo establecido en las bases. La resolucion debera estar debidamente sustentada y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, y en el diario de avisos judiciales de la Region Arequipa. El Gobierno Regional de MORDAZA, podra desestimar todas las propuestas presentadas cuando no resultaren convenientes, sin derecho a indemnizacion alguna en favor de los postores. La resolucion de adjudicacion contendra los datos establecidos en el articulo 29º de este reglamento, estara debidamente sustentada y sera notificada a los postores al domicilio designado por estos en sus propuestas.

Articulo 38º.- Seran de aplicacion al procedimiento de Concurso de proyectos integrales los articulos 30º, 31º, 32º y 33º del presente Reglamento. TITULO III LOS CONTRATOS DE CONCESION Articulo 39º.- El contrato de concesion es el acuerdo celebrado entre el Gobierno Regional de MORDAZA y el Concesionario, por el cual el primero otorga al MORDAZA la ejecucion de determinadas obras de infraestructura o de servicios publicos aceptados por la MORDAZA de una iniciativa o fijados previamente por el organismo concedente por Licitacion publica especial o Concurso de proyectos integrales, por un plazo establecido, recibiendo a cambio el concesionario su explotacion. En el caso de iniciativa, la propuesta de contrato sera presentada por el ganador en el plazo de 180 dias calendario adjuntando los estudios definitivos tecnicos economicos financieros del proyecto. Este plazo podra ser prorrogado por una sola vez, ante solicitud motivada. Articulo 40º.- Son derechos del concesionario, los siguientes: a) Percibir como retribucion por los servicios que explota, la tarifa, precio y otros cobros pactados en el contrato de concesion, asi mismo, podra recibir los beneficios adicionales por la prestacion de servicios complementarios, tales como: turisticos, de hospedaje, autoservicios, de servidumbre, publicidad y otros, sin mas limitacion que la impuesta por Ley. b) Percibir las sumas establecidas en el contrato, en el caso de concesiones cofinanciados por el organismo concedente; c) Transferir la concesion a otra persona juridica, previa autorizacion del Gobierno Regional de Arequipa; d) Constituir garantia, si fuera el caso, sobre los ingresos de la concesion respecto de obligaciones derivadas de la propia concesion y de su explotacion, con la misma autorizacion senalada en el inciso precedente. Dicha cesion sera total, comprendidos todos los derechos y obligaciones del concedente; e) Cobrar directamente a los usuarios de la obra o servicio las tarifas, precios u otros cobros pactados en el contrato; f) Explotar la obra, el o los servicios; g) Acogerse al regimen de estabilidad juridica contemplado en la legislacion vigente; y, h) Las demas que se pacten en el contrato de concesion. Articulo 41º.- Son obligaciones del concesionario las siguientes: a) Ejecutar la obra y explotar el o los servicios de acuerdo a los terminos y condiciones previstos en el contrato de concesion; b) Prestar las garantias que aseguren el cumplimiento de sus obligaciones, si fuera el caso, durante las etapas de ejecucion de la obra y explotacion del servicio, en la forma y montos senalados en la propuesta de iniciativa o en las bases. La garantia podra ser real o personal. Su naturaleza y cuantia se determinara en la propuesta de iniciativa y en las bases de la Licitacion Publica Especial o del Concurso de Proyectos Integrales; c) Habilitar un adecuado MORDAZA provisional, cuando para la continuacion de la obra, resulte imprescindible interrumpir el MORDAZA de caminos o vias existentes; d) Conservar las obras en las condiciones contempladas en el contrato de concesion, reparando o sustituyendo los elementos que se deterioren por su uso; e) Prestar el servicio en forma ininterrumpida, salvo situaciones excepcionales debidas a caso fortuito o fuerza mayor. f) Eliminar las causas que originen molestias, incomodidades, inconvenientes o riesgos excesivos, excepto cuando la adopcion de medidas que alteren la normalidad del servicio obedezcan a razones de seguridad o urgente reparacion; g) Contratar un seguro contra danos ocasionados a la obra durante su etapa de ejecucion y explotacion;

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