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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (03/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G32/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 3 de febrero de 2004 Artículo 3º.- Remitir copia autenticada de la presente Resolución Ministerial al Consejo Nacional de Derechos Hu-manos del Ministerio de Justicia, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 02211 ENERGÍA Y MINAS /G49/G6D/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G75/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G63/G75/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4C/G75/G7A/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G72 /G53/G2E/G41/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 018-2004-MEM/DM Lima, 19 de enero de 2004 VISTA: La solicitud de imposición de la servidumbre de ocupación de bienes públicos, para la instalación de la sub-estación de distribución compacta subterránea para Servi-cio Público de Electricidad Nº 5523, presentada por Luzdel Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de PersonasJurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución SupremaNº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha soli-citado la imposición de servidumbre de ocupación de bie-nes públicos para la instalación de la subestación de distri-bución compacta subterránea para Servicio Público deElectricidad Nº 5523, ubicada en la vereda y berma lateralde la avenida Alfonso Cobián s/n, Mz. A, Lt. 20, urbaniza-ción Alfonso Cobián, distrito de Chaclacayo, provincia yQue, el Artículo 7º del Reglamento señala que los Re- presentantes y sus Alternos serán designados medianteResolución del Titular del Sector o Pliego; Que, por Resolución Ministerial Nº 807 –DE/SG, del 5 de junio de 2001, se designó como representantes del Ministeriode Defensa ante el Consejo Nacional de Derechos Huma-nos, al Coronel EP Guillermo BACA CALDERON (Titular) yel Empleado Civil Lic. Walter DIAZ LOZANO (Alterno); Que, habiendo sido cambiado de colocación, por razones de servicio, el Coronel EP Guillermo BACA CALDERON, re-sulta necesario dar por concluida la designación del repre-sentante Titular y Alterno del Ministerio de Defensa; Que, a fin de dar continuidad a la representación para el presente año, es conveniente que sean designados comorepresentantes del Ministerio de Defensa ante dicho Con-sejo, el Jefe de la División de Derechos Humanos de laInspectoría General del Ministerio de Defensa, Coronel EPHugo Aldo VILLAFUERTE REGUERA (Titular) y al Em-pleado Civil Lic. Walter DIAZ LOZANO (Alterno); Que, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcio-narios públicos, en su Artículo 7º, señala que mediante Re-solución Ministerial se dispone una nueva designación o nom-bramiento de los funcionarios con cargo de confianza; y, Estando a lo recomendado por la Inspectoría General y a lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica del Minis-terio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluido, a partir de la fecha, la designación del Coronel EP Guillermo BACA CALDE-RON (Titular) y Empleado Civil Lic. Walter DIAZ LOZA-NO, como representantes del Ministerio de Defensaante el Consejo Nacional de Derechos Humanos delMinisterio de Justicia. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, como repre- sentantes del Ministerio de Defensa ante el Consejo Nacio-nal de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, al Coro-nel EP Hugo Aldo VILLAFUERTE REGUERA (Titular) y alEmpleado Civil Lic. Walter DIAZ LOZANO (Alterno). REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstosdeberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 P OR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU