Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2004 (03/02/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 3 de febrero de 2004

departamento de MORDAZA, segun coordenadas UTM que figuran en el Expediente Nº 31152503; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del articulo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados a utilizar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 348-2003-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupacion de bienes publicos para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta subterranea para Servicio Publico de Electricidad Nº 5523, ubicada en la vereda y berma lateral de la avenida MORDAZA Cobian s/n, Mz. A, Lt. 20, urbanizacion MORDAZA Cobian, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cod. Exp. 31152503 Descripcion de la servidumbre Area de servidumbre Propietario Propiedad del Estado (via publica) MORDAZA de terreno MORDAZA

Subestacion de Distribucion Suelo: 7,40 Electrica Nº 5523. m2 y aires Ubicacion: Distrito de Chaclacayo provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vertice Este Norte A 303 268,1527 8 674 681,6275 B 303 271,5522 8 674 682,0880 C 303 270,7926 8 674 684,8562 D 303 267,3632 8 674 683,4651

"Normas especificas para garantizar la neutralidad politica y transparencia en los servicios, actividades y programas del sector PROMUDEH" con el objeto de preservar el MORDAZA de neutralidad politica, por parte de todas las personas que prestan servicios al Sector Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, hoy, Sector Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, bajo cualquier regimen laboral o contractual, y conservar la independencia de los programas, actividades y servicios del Sector con respecto a las influencias politico - partidarias a fin de desempenar con imparcialidad sus responsabilidades; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 421-2002PROMUDEH publicada el 13 de MORDAZA de 2002, y al MORDAZA de lo dispuesto en la Directiva Nº 005-2002-PROMUDEH, se constituyo la Comision de Transparencia del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, cuya conformacion fue modificada por la Resolucion Ministerial Nº 494-2002-MIMDES, la misma que establecio como plazo para el cumplimiento de sus funciones el termino de 120 dias utiles, el cual fue prorrogado con Resolucion Ministerial Nº 224-2003-MIMDES hasta el 31 de diciembre de 2003; Que, mediante la Ley Nº 27815 - Codigo de Etica de la Funcion Publica, se establecen los principios y deberes eticos del servidor publico de las entidades de la Administracion Publica; Que, es necesario ampliar el funcionamiento de la Comision de Transparencia Sectorial, asi como modificar su denominacion y conformacion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27815; en la Ley Nº 27793; en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; y, en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 1 de la Resolucion Ministerial Nº 224-2003-MIMDES, con el siguiente tenor: "Articulo 1º.- Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2004 el plazo de funcionamiento de la Comision de Transparencia Sectorial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, debiendo entregar informes mensuales a la Alta Direccion sobre el avance de sus actividades." Articulo 2º.- Modificar la denominacion de la Comision de Transparencia Sectorial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, la misma que se denominara "Comision de Etica y Transparencia Sectorial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social". Articulo 3º.- Modificar la conformacion de la Comision de Etica y Transparencia Sectorial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, la cual estara integrada por: - Un (1) representante de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, quien la presidira; - Tres (3) representantes de los Organos de Linea, Programas Nacionales y Unidades Ejecutoras del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, asi como de los Organismos Publicos Descentralizados del Sector, que seran designados por Resolucion Ministerial; - Dos (2) representantes de los trabajadores del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; - Un (1) invitado de las Instituciones de la Sociedad Civil vinculadas a vigilancia ciudadana; y, - El Secretario Tecnico de la Comision Nacional de Lucha contra la Corrupcion y la Promocion de la Etica y Transparencia en la Gestion Publica y en la Sociedad. Articulo 4º.- Todos los Organos, Programas, Organismos Publicos Descentralizados del Sector y Unidades Ejecutoras, continuaran brindando el apoyo que les pueda requerir la Comision de Etica y Transparencia Sectorial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, con la celeridad del caso, para el mejor desarrollo de sus funciones. Igualmente, informaran a dicha Comision, respecto de las acciones adoptadas en relacion a sus recomendaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 02245

Articulo 2º.- El propietario del predio sirviente no podra construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- Luz del Sur S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. FLURY Ministro de Energia y Minas 01615

MIMDES
Modifican denominacion y conformacion de la Comision de Etica y Transparencia Sectorial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, y prorrogan su funcionamiento
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 060-2004-MIMDES
MORDAZA, 29 de enero de 2004 Vistos, el Oficio Nº 004-2003-MIMDES-P-CTSM, del Presidente de la Comision de Transparencia Sectorial del MIMDES, a traves del cual solicita la prorroga de su funcionamiento; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 300-2002-PROMUDEH, se aprobo la Directiva Nº 005-2002-PROMUDEH

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