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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (21/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 63

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G32/G39/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 21 de febrero de 2004 determinación, recibos de pagos y distribución domiciliaria del Impuesto Predial, el monto de S/. 12.80 (DOCE Y 80/100 NUEVOS SOLES). Este derecho se abonará conjun-tamente con el pago total del Impuesto o con la primeracuota en el caso de pago fraccionado. Para cada predioadicional (PU) se abonará la suma de S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo 2º.- Fíjese en S/. 1.00 (UNO Y 00/100 NUEVO SOL) por cada predio el monto anual del derecho de emi-sión, distribución de la hoja de liquidación y expedición derecibo de pago de los Arbitrios Municipales correspondien-tes al ejercicio 2004, el mismo que se pagará a razón de S/. 0.25 (Veinticinco /100 Nuevo Sol) trimestrales. Artículo 3º.- Fíjese en S/. 3.50 (tres y 50/100 Nuevos Soles), el derecho de emisión por cada Resolución de De-terminación, Orden de Pago, Resolución de Multa Tributa-ria, Resolución de pérdida del beneficio de fraccionamien-to. Artículo 4º.- Establecer como fecha de vencimiento de pago del Impuesto Predial del Ejercicio 2004: Al contado : 28 de febrero del 2004. Pago Fraccionado : Primera Cuota : 28 de febrero del 2004. Segunda Cuota : 31 de mayo del 2004. Tercera Cuota : 31 de agosto del 2004. Cuarta Cuota : 30 de noviembre del 2004. Artículo 5º.- Establézcase que el monto mínimo del Impuesto Predial para el año 2004, es de S/. 19.20, de acuerdo al Artículo 13º del D. Leg. Nº 776. Artículo 6º.- En el caso de cesión de uso de superficie, la construcción que se realice en él al pertenecer al cesiona-rio, será materia de afectación del Impuesto Predial, por loque se le emitirá su respectiva Declaración Jurada de Au- toavalúo mecanizada, identificando al contribuyente con su respectivo Código y asignándole un código catastral a laconstrucción realizada, independiente del código catastralque corresponde al terreno. Artículo 7º.- Encárguese a la Dirección de Adminis- tración, Oficina de Rentas y a la Unidad de Informática el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase.AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 03632 MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G61/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65 /G79/G20/G63/G6F/G6E/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G63/G65/G73/G65/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G79/G20/G61/G6D/G6F/G2D/G6E/G65/G73/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G73/G63/G72/G69/G74/G61/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 114-2004-A-MDP Pucusana, 19 de febrero del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA VISTO: El Informe Nº 002-2004-C.E.P.A.YD. de fecha 19 de fe- brero de 2004, elevada por la Comisión Especial de Proce-sos Administrativos y Disciplinarios de la Municipalidad Dis-trital de Pucusana; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 009-2004-A- MDP de fecha 8 de enero del 2004, publicada en el DiarioOficial El Peruano con fecha 17 de enero del 2004, se ins-tauró proceso administrativo disciplinario a diversos ex ser- vidores de esta Corporación edil;Que, la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos y Disciplinarios de esta Municipalidad, cumplió con no-tificar el pliego de cargos a cada uno de los servidoresprocesados a efectos de que presenten sus descargos con-forme lo prevé el artículo 167º del D.S. Nº 005-90-PCM -Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrati- va y Remuneraciones del Sector Público; Que, del análisis de los antecedentes del presente pro- ceso administrativo disciplinario, se advierte que don PE-DRO PABLO FLORIÁN HUARI, ex Alcalde de la Municipali-dad Distrital de Pucusana, no ha cumplido con realizar susdescargos conforme al pliego debidamente notificado, limi- tándose a señalar que la Comisión Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios de esta Municipalidad , esincompetente para conocer dicho proceso disciplinario, soli-citando además su inhibitoria y archivamiento correspon-diente; al respecto es necesario señalar que de conformi-dad con lo prescrito en el artículo 239º de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, las autorida- des y personal de servicio de las entidades, independiente-mente de su régimen laboral o contractual, incurren en faltaadministrativa, en consecuencia dicho ex servidor no hacumplido con levantar los cargos imputados en su contra,manteniéndose por lo tanto la presunción de veracidad de dichos cargos, razón por la que dicho ex servidor incurrió en las faltas previstas en los incisos a) y d) del artículo 28º delD. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa yRemuneraciones del Sector Público, por haber inobservadolos artículos 5º, 6º, 8º, 9º y 17º, de la Ley Nº 23853; Que, respecto del ex servidor Pedro NAJARRO QUIS- PE, ex Director Municipal, a pesar de haber sido notificado de los cargos y haber solicitado prórroga para absolver losmismos ha cumplido con presentar las pruebas de descar-go lo que determina la presunción de veracidad de dichoscargos, razón por la que dicho ex servidor incurrió en lasfaltas previstas en los incisos a) y d) del artículo 28º del D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, por haber inobserva-do el inciso i) del artículo 23º del Reglamento de Organiza-ción y Funciones de esta Municipalidad; Que, la Comisión ha procedido a realizar el análisis co- rrespondiente a los descargos y pruebas presentadas por doña Aida Rita MENDOZA WINDER, ex Directora Munici- pal, advirtiéndose que asume plenamente la responsabili-dad administrativa de los cargos formulados en su contra,señalando además que las ilegales Resoluciones de Al-caldía que otorgaron posesión de terrenos del Estado afavor de algunos personas, fueron tramitadas directamen- te por la Dirección de Desarrollo Urbano y aprobadas por el ex Alcalde de esta Comuna Pedro Pablo FLORIÁN HUA-RI, asimismo, fue de responsabilidad del Jefe de la Oficinade Abastecimiento, el observar las disposiciones de la Leyde Contrataciones y Directivas del CONSUCODE; Que, lo afirmado en sus descargos no sólo constituye colaboración en el proceso de investigación, sino además constituye una declaración uniforme por lo que procedeatenuar la responsabilidad administrativa; Que, asimismo, se procedió al análisis de los descargos del ex servidor Raúl HUAMBACHANO CASTRO, ex Direc-tor de Desarrollo Urbano de esta Comuna, se advierte que no desvirtúa en modo alguno los cargos imputados en su contra, pues no adjunta prueba alguna que pueda esta Co-misión desvirtuar su responsabilidad administrativa en loshechos materia de la presente investigación, razón por lacual, se concluye que dicho ex servidor incurrió en las faltasprevistas en los incisos a) y d) del artículo 28º del D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remune- raciones del Sector Público, por haber inobservado los inci-sos 0), k) del artículo 59º, literal p) del artículo 22º, inciso a)del artículo 23º del Reglamento de Organización y Funcio-nes de la Municipalidad Distrital de Pucusana; Que, referente a los descargos presentados por el abo- gado Luis Enrique OCROSPOMA PELLA, en su condición de ex Asesor Legal de la Municipalidad Distrital de Pucu-sana, señala que nunca ejerció cargo alguno en esta Co-muna, limitándose a la prestación de servicios profesiona-les como abogado integrante del Estudio Jurídico que prestóasesoría legal externa a esta Comuna; efectivamente la Comisión Especial, luego del análisis de los descargos pre- sentados por el antes indicado profesional y de las prue-bas remitidas por las dependencias administrativas de estaComuna debidamente examinadas, concluyó que dicho