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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G37/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 4 de julio de 2004 De conformidad con la Cuarta Disposición Complemen- taria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de laRepública; en concordancia con el artículo 83º del DecretoSupremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Basesde la Carrera Administrativa; los artículos 185º y 190º delDecreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Leydel Servicio Diplomático de la República; el inciso m) delartículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica delMinisterio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; elDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autori-zación de viajes al exterior de servidores y funcionariospúblicos; y el artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Pre-supuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modificar el artículo segundo de la Resolución Ministerial Nº 0494-2004-RE, de 30 de junio de2004, en los términos siguientes: "Artículo segundo.- Los gastos que ocasione el cumpli- miento de la presente Resolución serán cubiertos con car-go al Pliego Presupuestal del Ministerio de RelacionesExteriores, debiendo los citados funcionarios rendir cuen-ta documentada en un plazo no mayor de quince (15) díasal término de la referida comisión, de acuerdo al siguientedetalle: PasajesViáticos Tarifa aeropuerto US$ US$ US$ Luis Armando Lecaros de Cossío 1,451.00 1,300.00 28.00 Nicolás Alfonso Roncagliolo Higuer as 1,451.00 1,300.00 28.00 Artículo Segundo.- Dejar subsistente en todo lo de- más la Resolución Ministerial Nº 0494-2004-RE, de 30 dejunio de 2004. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 12499 SALUD /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G6E/G74/G65/G2D /G6E/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G71/G75/G69/G70/G6F/G20/G45/G78/G63/G69/G6D/G65/G72/G20/G4C/GE1/G73/G65/G72/G2C/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 673-2004/MINSA Lima, 1 de julio del 2004 Vistos los Oficios Nº 515-2004-DG-INO y Nº 723-2004- DG-INO, el Informe Técnico Nº 019-2004-DEA-LOG-INO,el Informe Legal Nº 028-2004-AL-INO y el MemorándumNº 126-2004-OEPLAN-INO; CONSIDERANDO: Que el artículo 19º literal h) del T.U.O. de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estánexonerados de los procesos de Licitación Pública, Con-curso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso,las contrataciones para servicios personalísimos, contra-taciones que en virtud del artículo 20º del mismo cuerpolegal, se realizarán mediante proceso de Adjudicación deMenor Cuantía; Que el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que se en-cuentran exonerados del respectivo proceso de selección,los contratos de locación de servicios celebrados con per-sonas naturales o jurídicas cuando en dicha contrataciónse haya tenido en cuenta y como requisito esencial a lapersona del locador, ya sea por sus características inhe- rentes, particulares o especiales o por su determinada ca-lidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que el Instituto Especializado de Oftalmología cuenta con un equipo de Excimer Láser, marca Lasersight para el servi-cio de cirugía refractaria, el cual ha presentado alteracionesen la configuración de la medición y calibración de energíaencontrándose en estado inoperativo desde el 20 de agostode 2003 razón por la cual dicho servicio se ha suspendido; Que el Informe Técnico Nº 019-2004-DEA-LOG-INO, expone la justificación técnica para exonerar por serviciospersonalísimos la contratación del servicio de mantenimientocorrectivo del equipo Excimer Láser, marca "LáserSight",modelo LSX, Serie IN12960, con la empresa "Medica delPacífico S.R.L.", por un valor referencial total de S/. 31 560,00,al ser ésta distribuidor exclusivo en el Perú de la firma "LA-SERSIGHT Technologies Inc", fabricante del equipo en men-ción, lo cual garantiza la provisión de repuestos originales yel servicio técnico especializado que exige la sofisticaciónde dicho equipo, dada la experiencia y especialización dedicha empresa en la reparación y mantenimiento de equi-pos LaserScan LSX Excimer y su capacidad para suminis-trar los repuestos originales necesarios por su condición dedistribuidor autorizado para el Perú; Que el Instituto Especializado de Oftalmología, el cual tiene bajo su propiedad y conducción el Equipo de Exci-mer Laser mencionado, mediante Memorándum Nº 126-2004-OEPLAN-INO informa de la existencia de disponibili-dad presupuestal para dicha contratación; Estando a lo informado por la Oficina General de Aseso- ría Jurídica mediante Informe Nº 652-2004-OGAJ/MINSA; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurí- dica del Ministerio de Salud; y, De conformidad con el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto SupremoNº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM y a lo establecido en el Artículo8º literal l) de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar del proceso de Adjudicación Direc- ta Selectiva la contratación de la empresa "Medica del Pacífi-co S.R.L." por servicios personalísimos para el servicio demantenimiento correctivo del equipo Excimer Láser, marca "Lá-serSight", modelo LSX, Serie IN12960, por un valor referen-cial de S/. 31 560,00 (Treinta y Un Mil Quinientos Sesenta con00/100 Nuevos Soles). Dicha contratación se realizará me-diante proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente re- solución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10días hábiles de su emisión, así como la remisión a la Con-traloría General de la República de copia de la misma y delos documentos que la sustentan, dentro de los 10 díascalendario siguientes a la fecha de aprobación. Artículo 3º.- Disponer que la Oficina de Logística del Instituto Especializado de Oftalmología se encargue derealizar la contratación exonerada por la presente resolu-ción con cargo a su fuente de financiamiento de RecursosOrdinarios. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 12425 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/GE1/G74/G69/G2D /G63/G6F/G20/G32/G30/G30/G34/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 169-2004-TR Lima, 30 de junio del 2004