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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2004 (24/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 59

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G32/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de julio de 2004 Artículo 9º.- Si la Administración verificase la existen- cia de fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direc- ción General de Aeronáutica Civil, procederá conforme a lo señalado en el Artículo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 10º.- El presente Permiso de Operación queda sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil - Ley Nº 27261, el Reglamento; y demás disposiciones lega- les vigentes; así como a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILSON BENZAQUÉN R. Director General de Aeronáutica Civil 13566 VIVIENDA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G73/G75/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G70/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G2D/G66/G65/G72/G69/G72/GE1/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6D/G61/G72/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G2D/G74/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G46/G6F/G6E/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G61/G2D/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G2D/G20/G43/G61/G6E/G61/G64/GE1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 175-2004-VIVIENDA Lima, 22 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo suscrito el 16 de julio de 2001 por los gobiernos del Perú y Canadá, se creó el Fondo de Desarrollo Perú Canadá (FDPC), cuyo Comité Bilateral está integrado por un representante de la Agencia Canadiense para el Desarrollo Internacional (ACDI) y un representante de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI); Que, dicho Comité Bilateral en su Sesión Nº 2 de fecha 24 de marzo del 2003, acordó asignar los recursos finan- cieros del Fondo de Desarrollo Perú-Canadá a los secto- res prioritarios de Agricultura, Salud, Educación, Agua y Saneamiento; Que, el 4 de julio del año 2003, la Embajada de Ca- nadá en Lima y el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, suscribieron el documento denominado "Acuer- do de Gestión Interinstitucional" para ejecutar el Acuer- do en referencia, estableciéndose el destino de los fon- dos (Contrapartida Local) y los intereses que éstos ge- neren, provenientes del Banco Mundial, Banco Intera- mericano de Desarrollo y/o agencias financieras bilatera- les; encargándose a la Dirección General de Programa- ción Multianual (DGPM) y la Dirección General del Teso- ro Público del Ministerio de Economía y Finanzas la eje- cución de dicho Acuerdo de Gestión Interinstitucional por la suma de US$ 28 000 000,00 asignados por el FDPC para los sectores prioritarios; Que, el 17 de junio del año 2004, en el marco del Acuerdo de Gestión antes citado, se ha suscrito el "Con- venio de Financiamiento Fondo de Desarrollo Perú-Ca- nadá Nº 05-2004-EF/68.01", entre la DGPM del Minis- terio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Vivien- da, Construcción y Saneamiento y la Empresa Presta- dora de Servicios de Saneamiento Ayacucho S.A. (EPSASA), para financiar la Contrapartida Nacional con recursos del FDPC, que requiere el Contrato de Présta- mo y el aporte celebrado por el Gobierno del Perú con la Kreditanstalt fur Wiederaufbau (FfW) de Alemania, en la ejecución del proyecto Agua Potable y Alcantarilla- do de la Ciudad de Ayacucho. Señalándose en el nu- meral 1.7 de la Cláusula Primera del Convenio, que la Unidad Ejecutora 003: Construcción y Saneamiento de VIVIENDA será la encargada de incorporar los recur- sos de la donación en el presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y transferirlos a la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Ayacucho S.A. (EPSASA);Que, asimismo la Cláusula Tercera del referido Conve- nio establece que parte de la Contrapartida Nacional, del proyecto Agua potable y Saneamiento de la Ciudad de Ayacucho, ascendente a la suma de US $ 428 531,00,equivalente a S/. 1 525 571,00 se financiará con recursosprovenientes del Acuerdo de Gestión Institucional del Fon-do de Desarrollo Perú-Canadá referido en el tercer consi- derando de esta Resolución Ministerial; Que, es necesario que el Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento incorpore en su presupuesto la suma de S/. 1 525 571,00 equivalente a US $ 428 531,00 asignada por el Ministerio de Economía y Finanzas, a finde transferirla a la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Ayacucho S.A. (EPSASA) en el marco del Acuerdo de Gestión Institucional del Fondo de DesarrolloPerú-Canadá; Que, el artículo 9º de la Ley Nº 28129 - Ley de Equili- brio Financiero del Presupuesto del Sector Público para elAño Fiscal 2004, autoriza a los titulares de los Pliegos Pre- supuestarios del Gobierno Nacional, a incorporar en sus respectivos presupuestos, mediante la resolución corres-pondiente, los mayores ingresos respecto a los previstos, entre otros, los provenientes de las fuentes de financia- miento distintas a las de "Recursos Ordinarios" y "Recur-sos por Operaciones Oficiales de Crédito" que se produz- can durante el año fiscal; Que, de acuerdo al literal d) del numeral 5 del Artí- culo 16º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, hace referen- cia que las donaciones dinerarias provenientes deinstituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, serán aprobadas por resolución del Titular del Pliego, la misma que consignará la fuente donante y eldestino de estos recursos. Dicha Resolución será pu- blicada en el Diario Oficial El Peruano, cuando el mon- to de la donación supere la cinco Unidades ImpositivasTributarias; Con las opiniones favorables de la Oficina General de Planificación y Presupuesto y de la Oficina General deAsesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, la Ley Nº 28128,Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, la Ley Nº 28129 Ley de Equilibrio Financiero del Pre- supuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, De-creto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y la Directiva Nº 001-2004-EF/76.01 Directiva para la Aprobación, Eje- cución y Control del Proceso Presupuestario del SectorPúblico del Año Fiscal 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autoriza Crédito Suplementario Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento, aprobado para el Año Fiscal 2004, hasta por la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS VEINTEY CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 525 571,00), de acuerdo al siguien- te detalle: INGRESOS (En Nuevos Soles) Fuente de Financiamiento 13: Donaciones y Transferencias 3.0.0. TRANSFERENCIAS 3.1.2 Internas: Del Sector Público 3.1.2.013 Transf erencias del Gobierno Central TOTAL INGRESOS 1 525 571,00 ========== EGRESOS SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO : 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA : 003 Const rucción y Saneamiento FUNCIÓN : 14 S alud y Saneamiento PROGRAMA : 047 Saneamiento SUBPROGRAMA : 0127Saneamiento General ACTIVIDAD :1.00060 Asistencia a las Instituciones Privadas y Públicas