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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G34/G30/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 27 de junio de 2004 supuestaria, distinguiéndose a la Actividad como las ac- ciones que concurren en la operatividad y mantenimiento de los servicios públicos o administrativos existentes, mien- tras que Proyecto está referido a las acciones que concu-rren en la expansión y/o perfeccionamiento de los servi- cios públicos o administrativos existentes. 3.- La Resolución Directoral Nº 050-2003-EF/76.01 Cla- sificadores del Gasto Público y Maestro del Clasificador de Ingresos y Financiamiento Año Fiscal 2004, en su anexo Nº 04 Clasificador de los Gastos Públicos para el Año Fis-cal 2004, literal A, Categoría del Gasto, define a los Gas- tos Corrientes como a todos los gastos destinados al man- tenimiento u operación de los servicios que presta el Esta-do y, gastos de capital a los destinados al aumento de la producción o a incremento inmediato o futuro del patrimo- nio del Estado. 4.- Una vez expuesta la Estructura Funcional Progra- mática y Categoría de Gasto aprobadas mediante Ley Nº 28128 Ley de Presupuesto del Sector Público para el AñoFiscal 2004, se establece la incompatibilidad de ejecutar obras en el rubro autorizado para Gastos Corrientes, que las obras como tales corresponden a Gastos de Capital yque éstas constituyen inversión representando incremento en el patrimonio del Estado; es decir, que una vez ejecuta- dos los recursos presupuestales, también tendrán impli-cancia en la contabilidad nacional ya que dicha inversión, una vez culminada pasará a formar parte del patrimonio del Estado. 5.- El artículo 7º numeral 1 del Reglamento señala que, el Plan Anual de Contrataciones será aprobado por el Titu- lar del Pliego dentro de los 30 días naturales siguientes deaprobado el presupuesto institucional, en concordancia con el monto asignado conforme a las leyes presupuestales de la República para el ejercicio anual a ejecutarse. 6.- Se trata del mantenimiento, cambios de los ductos en los sistemas de desagüe y reemplazo de los turcos de los servicios higiénicos de un establecimiento penitencia-rio, el cual por la cantidad de población que alberga y el constante uso, tiende a presentar aceleradamente deficien- cias y deterioros que hacen necesario el mantenimientodel mismo para una correcta y adecuada prestación del servicio para el cual fue concebido. 7.- El artículo 11º primer párrafo de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM ha previsto que antes de con- vocar a procesos de selección, la Entidad deberá contarcon el expediente debidamente aprobado para la adquisi- ción o contratación respectiva, el mismo que incluirá la dis- ponibilidad de recursos. Es decir, lo regular y debido escontar con dicha disponibilidad y con éste la Estructura Funcional Programática y Categorías de Gasto, la misma que desde un inicio determinará frente a qué nos encontra-mos, o a una inversión o a un gasto corriente. Por tanto, la definición de obra debe tener su base en una interpreta- ción sistemática así como en el principio de legalidad ymás bien acercarse a cubrir el proceso presupuestario para que adquiera un sentido coherente con las normas del Sector Público. Que, con Oficio Nº 1207-2004 (GTN/MON) de fecha 16 de junio de 2004, la Subgerente de Monitoreo del ConsejoSuperior, manifiesta lo siguiente: 1.- En materia de contrataciones y adquisiciones de bie- nes, servicios u obras el único organismo competente para emitir pronunciamientos respecto de la normativa que re- gula la contratación pública es dicho Consejo Superior yninguna otra Entidad Pública. 2.- Los elementos a emplear para la determinación del objeto del proceso de selección catalogándolo como servi-cio u obra, no depende de las normas presupuestarias, sino de la naturaleza misma del objeto del proceso, en sujeción a las reglas previstas por el Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Regla- mento y que sobre el particular señala que, el numeral 25del artículo 2º del Reglamento citado señala como obra, entre otros, a la construcción y reconstrucción; además, el artículo 20 establece que el expediente técnico de obra esel conjunto de documentos que comprende: entre otros, memoria descriptiva, planos de ejecución de obra y fórmu- las polinómicas; 3.- De la revisión de las Bases del Concurso Público Nº 0001-2004-INPE-DGI se aprecia la existencia de elementos que determinan que el objeto del proceso es la ejecuciónde obra y no la prestación de un servicio, toda vez que, entre otros, se cuenta con una memoria descriptiva, espe- cificaciones técnicas y planos. Concluye solicitando se declare la nulidad del proceso; Que, de conformidad con el artículo 26º del Reglamen- to en concordancia con lo dispuesto en el numeral 7º de laDirectiva Nº 011-2001 CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE corresponde al Titular del Pliego o a la máxima autoridad administrativa,según corresponda declarar de oficio la nulidad; siendo que mediante Resolución Presidencial Instituto Nacional Peni- tenciario Nº 004-2004-INPE/P de fecha 2 de enero de 2004se delegó al Director General de Infraestructura resolver los casos de declaratoria de nulidad de oficio; Que, con Informe Nº 168-2004-INPE/13.02 de fecha 21 de junio de 2004, la Oficina de Asesoría Técnico Legal de la Dirección General de Infraestructura del Instituto Nacio- nal Penitenciario, opina se declare la nulidad del procesoen mención; con el visado de ésta, y; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUSReglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, Resolución Presidencial Institu- to Nacional Penitenciario Nº 004-2004-INPE/P y, estan-do a las facultades conferidas mediante Resolución Pre- sidencial Instituto Nacional Penitenciario Nº 217-2003- INPE/P; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la nulidad de oficio del Proceso de Selección del Concurso Público Nº 0001-2004-INPE- DGI, servicio "REHABILITACIÓN DE LAS INSTALACIO-NES SANITARIAS EN DUCTOS DE PABELLONES EN EL E.P. MIGUEL CASTRO CASTRO". Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición, bajo respon- sabilidad. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución al Consucode, instancias pertinentes y a los interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO CROSBY RUSSO Director General Dirección General de Infraestructura 12053 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 139-2004-INPE-DGI Lima, 22 de junio de 2004 VISTO; el Informe Nº 008-2004-INPE/13/CECP, de fe- cha 21 de junio de 2004 del Comité Especial del Concurso Público Nº 0002-2004-INPE-DGI, relacionado con la de- claración de nulidad de oficio del Proceso de Selección delservicio "REHABILITACIÓN DEL SISTEMA ELÉCTRICO DEL E.P. HUÁNUCO"; CONSIDERANDO: Que, corresponde al Instituto Nacional Penitenciario dirigir y controlar técnica y administrativamente el Sistema Penitenciario Nacional asegurando la reeducación, rehabi- litación y reincorporación del interno a la sociedad; así comoel mantenimiento de la infraestructura penitenciaria, el cual precisamente, es para asegurar el logro de la misión antes mencionada; Que, mediante Resolución Directoral Nº 122-2004- INPE-DGI de fecha 21 de mayo de 2004, se aprobó las Bases del servicio "REHABILITACIÓN DEL SISTEMAELÉCTRICO DEL E.P. HUÁNUCO", por el valor referen- cial de S/. 339,902.32 incluido impuestos de ley, cuyo Con- curso Público Nº 002-2004-INPE-DGI se convocó en fe-cha 22 de mayo de 2004, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 76º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo