TEXTO PAGINA: 40
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G32/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de marzo de 2004 Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 02-2004-RIAS celebrada el 16 de enero de2004, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 9º delReglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificadoy aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánicade la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, ysus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por laResolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Hen- ry Raul Juscamaita Medina con matrícula Nº N-3667 en elRegistro del Sistema de Seguros Sección A: PersonasNaturales Libro II: de los Corredores de Seguros que llevaesta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 04795 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G57/G69/G65/G73/G65/G20/G53/G75/G64/G61/G6D/G65/G72/G69/G73 /G63/G65/G72/G72/G61/G72/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G42/G6F/G72/G2D /G6A/G61/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 293-2004 Lima, 27 de febrero del 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAVISTA: La solicitud presentada por Banco Wiese Sudameris para que esta Superintendencia autorice el cierre de una(1) Agencia, ubicada en calle Ucello Nº 296, distrito de SanBorja, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en la Circular Nº B-1966-97 para el cierre deuna Agencia; Estando a lo informado por el Intendente del Depar- tamento de Evaluación del Sistema Financiero "C" medianteel Informe Nº DESF "C" 34-OT/2004; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros; y, en uso de la facultad delegada me-diante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco Wiese Sudameris el cierre de una (1) Agencia, ubicada en calle Ucello Nº 296,distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 04800 /G4F/G70/G69/G6E/G61/G6E/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G61/G62/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G66/G69/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G6C/G6C/G65/G2D /G76/G65/G20/G61/G20/G63/G61/G62/G6F/G20/G6C/G61/G20/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G22/G42/G6F/G6E/G6F/G73 /G48/G69/G70/G6F/G74/G65/G63/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G6F/G64/G65/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G2D/G20/G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G45/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G22 RESOLUCIÓN SBS Nº 303-2004 Lima, 2 de marzo de 2004EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA:La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas, para que esta Superintendencia opine favora-blemente respecto de la emisión de Bonos Hipotecarios através de un programa de emisión denominado "BonosHipotecarios del Banco Interamericano de Finanzas - Pri-mera Emisión", hasta por la suma de US$ 20 000 000.00(Veinte Millones y 00/100 Dólares Americanos); y, CONSIDERANDO:Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Siste- ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Ban-ca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, ensu artículo 221º numeral 14, faculta a las empresas a emi-tir y colocar bonos en moneda nacional o extranjera; Que, el artículo 232º de la Ley General establece que en la emisión de instrumentos financieros, que tengan lacondición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pú-blica, la CONASEV procederá a inscribirlos en el RegistroPúblico del Mercado de Valores, previa opinión favorableexpedida por Resolución de esta Superintendencia y de ladocumentación precisada en el artículo 18º de la Ley delMercado de Valores; Que, en Junta Obligatoria Anual de Accionistas del 31 de marzo de 2003 se autorizó la primera emisión de BonosHipotecarios del Banco Interamericano de Finanzas, has-ta por la suma de US$ 20 000 000.00 (Veinte Millones y 00/100 Dólares Americanos), delegando el Directorio o en laGerencia General la facultad de definir y aprobar las condi-ciones de dicha emisión; Que, en sesión de fecha 23 de abril de 2003, el Direc- torio del Banco Interamericano de Finanzas aprobó lascondiciones generales y la realización del programa deemisión denominado "Bonos Hipotecarios del Banco Inte-ramericano de Finanzas - Primera Emisión", hasta por lasuma de US$ 20 000 000.00 (Veinte Millones y 00/100Dólares Americanos), en cuatro (4) series, y hasta por unplazo no mayor a siete (7) años a partir de la emisión decada serie; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "C" mediante Informe NºDESF "C" 003-OT/2004; por el Departamento Legal me-diante Informes Nº 998-2003-LEG y Nº 60-2004-LEG, porla Gerencia de Estudios Económicos mediante Informe Nº050-2003-ASF; por el Departamento de Evaluación de Ries-gos de Mercado y Liquidez mediante Informe Nº 66-2003-DRML, y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta deAsesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de Ban-ca; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Or-gánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - LeyNº 26702; RESUELVE:Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que el Banco Interamericano de Finanzas realice la emisiónde Bonos Hipotecarios a través de un programa deemisión denominado "Bonos Hipotecarios del Banco In-teramericano de Finanzas - Primera Emisión", hasta porla suma de US$ 20 000 000.00 (Veinte Millones y 00/100 Dólares Americanos), debiéndose adecuar a lasdisposiciones contenidas en la Ley del Mercado de Va-lores. Artículo Segundo.- El texto de la presente Resolución deberá insertarse en la escritura pública correspondientepara su posterior inscripción en el Registro Público delMercado de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 04833