Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2004 (10/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, miercoles 10 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Ratifican designacion de Directora Tecnica de la Biblioteca Nacional del Peru
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 052-2004-BNP MORDAZA, 8 de marzo de 2004 VISTO, el Informe Nº 015-2004/BNP/OA sobre habilitacion de plaza de Directora Tecnica de la Biblioteca Nacional del Peru y demas documentos en catorce (14) folios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 1232003-BNP de fecha 31 de octubre de 2003 se designa, en via de regularizacion, a partir del 1 de octubre del mismo ano, a MORDAZA MORDAZA MAC KEE PRIALE DE MAURIAL como Directora Tecnica de la Biblioteca Nacional del Peru; Que, la plaza de Directora Tecnica de la Biblioteca Nacional del Peru (Director Tecnico I, Categoria Remunerativa F-5) se encuentra inserta en el Nº 009 del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP 2002, el mismo que fue aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 188-2002-ED; Que, la Biblioteca Nacional del Peru durante el periodo comprendido entre los meses de octubre 2003 a diciembre 2003 no asumio el pago de las remuneraciones u honorarios de la citada funcionaria, toda vez que fue contratada por el Proyecto PNUD ­ Ministerio de Educacion; Que, mediante Oficio Nº 044-2004-BNP/DN de fecha 23 de enero de 2004, la Direccion Nacional de la Biblioteca Nacional del Peru solicita informe favorable para realizar el credito presupuestario para el financiamiento de la plaza de Directora Tecnica de la Biblioteca Nacional del Peru (Director Tecnico I, Categoria Remunerativa F-5) con cargo a la Generica de Gastos 1. Personal y Obligaciones Sociales e incremento de transferencia al CAFAE, teniendo como sustento la designacion efectuada mediante Resolucion Directoral Nº 123-2003-BNP de fecha 31 de octubre de 2003; Que, mediante Oficio Nº 044-2004-EF/76.14 de fecha 30 de enero de 2004, la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas emite informe favorable al requerimiento senalado en el considerando precedente; Que, de lo anteriormente expuesto, se determina el financiamiento de la plaza de Directora Tecnica de la Biblioteca Nacional del Peru (Director Tecnico I, Categoria Remunerativa F-5), a partir del mes de enero 2004, con cargo al presupuesto de la Biblioteca Nacional del Peru; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios, establece que la designacion de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el articulo 1º de la citada Ley, se efectua mediante Resolucion Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, adicionalmente, el articulo 6º de la citada Ley dispone que todas las resoluciones de designacion o nombramiento de funcionarios de confianza surten efecto a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposicion en contrario de la misma que posterga su vigencia; Estando a lo informado por la Direccion General de la Oficina de Administracion y con el visado del Director General de la Oficina de Desarrollo Tecnico; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762 - Ley Organica del Ministerio de Educacion, Ley Nº 27209 -Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, Decreto Supremo Nº 024-2002-ED - Reglamento de Organizacion y Funciones

de la Biblioteca Nacional del Peru y Resolucion Suprema Nº 188-2002-ED ­ Cuadro para Asignacion de Personal de la Biblioteca Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo Primero.- RATIFICAR la designacion de la senora MORDAZA MAC KEE PRIALE DE MAURIAL como Directora Tecnica de la Biblioteca Nacional del Peru (Director Tecnico I, Nivel Remunerativo F-5), cargo considerado de confianza. Articulo Segundo.- El Area de Personal de la Oficina de Administracion, velara por el estricto cumplimiento de la presente Resolucion, en via de regularizacion, a partir del 1 de enero de 2004. Articulo Tercero.- El egreso que origine la presente resolucion se MORDAZA con cargo al Pliego 113: Biblioteca Nacional del Peru, en base a lo expuesto en la parte considerativa de la misma. Articulo Cuarto.- PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional (http://www.binape.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional Biblioteca Nacional del Peru 04889

CONASEV
Incorporan Disposicion Transitoria Unica al Reglamento de Garantias de Corredores de Productos y Operadores Especiales
COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCION CONASEV Nº 013-2004-EF/94.10 MORDAZA, 9 de marzo de 2004 VISTOS: El Expediente Nº 2003031789 presentado por la Bolsa de Productos de MORDAZA, los Informes Nº 029-2004-EF/94.45 y Nº 061-2004-EF/94.45 de fechas 22 de enero y 20 de febrero de 2004, respectivamente, presentados por la Gerencia de Mercados y Emisores, con la opinion favorable de la Gerencia General. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 8º de la Ley Nº 26361 - Ley sobre Bolsa de Productos, modificada mediante Ley Nº 27635, las Bolsas de Productos, de conformidad con los reglamentos, deben administrar un fondo de garantia que tiene por objeto cumplir obligaciones pendientes hasta el limite de los aportes; asimismo se senala que el fondo de garantia no es patrimonio de las Bolsas y su contabilidad se lleva por separado; Que, en el ar ticulo 15º de las Disposiciones Reglamentarias de la Ley de las Bolsas de Productos, aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 105-95-EF y modificadas por Decreto Supremo Nº 152-97-EF, asi como el articulo 31º del Reglamento de Garantias de Corredores de Productos y Operadores Especiales aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 823-97EF/94.10 se establece que los recursos del Fondo de Garantia solo pueden ser invertidos en depositos en instituciones bancarias y financieras, valores representativos de deuda que cuenten con clasificacion de deuda en una de las dos mejores categorias, valores no accionarios emitidos o garantizados por el Estado o por instituciones bancarias o financieras, asi como otros

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