Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2004 (10/03/2004)


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NORMAS LEGALES
VISTOS:

MORDAZA, miercoles 10 de marzo de 2004

que previamente autorice CONASEV mediante disposiciones de caracter general; Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 19º de la Ley sobre Bolsa de Productos, CONASEV es el organismo encargado de controlar y supervisar, entre otros, a las Bolsas de Productos, para lo cual se encuentra facultada a dictar las normas complementarias de caracter general que deberan observar las Bolsas, segun lo previsto en el inciso b) del articulo 20º de la mencionada Ley; Que, al MORDAZA de las referidas disposiciones y en tanto se establezca el MORDAZA regulatorio que precise lo establecido en el Reglamento de Garantias de Corredores de Productos y Operadores Especiales aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 823-97-EF/94.10, resulta conveniente incorporar como una alternativa adicional de inversion para los recursos del Fondo de Garantia que administran las Bolsas de Productos, la inversion en Fondos Mutuos de Inversion en Valores, sin que ello implique descuidar los requisitos de seguridad y disponibilidad de las inversiones del Fondo de Garantia; Estando a lo dispuesto por el articulo 11º inciso b) del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, el articulo 20º inciso b) de la Ley Nº 26361, Ley sobre Bolsas de Productos, asi como a lo acordado por el Directorio de CONASEV, reunido en sesion de fecha 23 de febrero de 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporar la Disposicion Transitoria Unica al Reglamento de Garantias de Corredores de Productos y Operadores Especiales, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 823-97-EF/94.10 y demas modificatorias, segun el siguiente texto: "DISPOSICION TRANSITORIA UNICA.- Las Bolsas podran invertir los recursos del Fondo de Garantia en cuotas de participacion en fondos mutuos de inversion en valores de renta fija con categoria de riesgo minima equivalente a AA hasta que el patrimonio del Fondo de Garantia alcance el monto de un millon de Nuevos Soles y 00/100 (S/. 1 000 000,00). Alcanzado dicho monto, no podra realizarse nuevas inversiones en fondos mutuos. En caso que los recursos del Fondo de Garantia se inviertan en cuotas de participacion en fondos mutuos de inversion en valores de renta fija, al menos un veinte por ciento (20%) del total de los recursos del Fondo de Garantia se debe encontrar invertido en depositos en instituciones bancarias y financieras. El Fondo de Garantia debe contar con los recursos liquidos necesarios para cumplir con sus objetivos. Es responsabilidad de las Bolsas velar por la seguridad de los recursos del Fondo de Garantia, independientemente de la modalidad de inversion seleccionada." Articulo 2º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA Presidenta 04925

El expediente Nº 2002/01428 presentado por RANSA COS.A. y el Memorandum Nº 1027-2004-EF/94.45 de fecha 2 de marzo de 2004, de la Gerencia de Mercados y Emisores.
MERCIAL

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 304º de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, las sociedades pueden emitir obligaciones que reconozcan o creen una deuda a favor de sus titulares; Que, mediante acuerdo de Junta General de Accionistas de RANSA C OMERCIAL S.A. de fecha 30 de marzo de 2001, se aprobo la emision de instrumentos representativos de deuda hasta por un monto en circulacion de doce millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 12 000 000,00), o su equivalente en Nuevos Soles, delegando en el Directorio las facultades para decidir todos los terminos, las condiciones y las caracteristicas del Programa, emisiones y series, asi como otorgandole la posibilidad de delegar estas facultades en la gerencia de la sociedad asi como la facultad de designar a las personas autorizadas a realizar, negociar y suscribir, todos y cada uno de los actos, contratos y demas documentos publicos y privados que estimen necesarios para llevar a cabo la emision, registro, oferta, negociacion y colocacion o venta de los instrumentos a emitirse en el MORDAZA del programa; Que, en Junta General de Accionistas de RANSA COMERCIAL S.A. de fecha 16 de octubre de 2001, el monto indicado en el considerando anterior fue MORDAZA en ocho millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 8 000 000,00), o su equivalente en Nuevos Soles, llevandolo a un MORDAZA de veinte millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 20 000 000,00), o su equivalente en Nuevos Soles. Asimismo se acordo mantener la delegacion de mas amplias facultades en el Directorio acordada en la Junta del 30 de marzo de 2001; Que, mediante Resolucion Gerencia General Nº 0132002-EF/94.11 de fecha 14 de febrero de 2002, se aprobo el tramite anticipado asi como se dispuso el registro del prospecto MORDAZA correspondiente y la inscripcion del MORDAZA programa de instrumentos de corto plazo denominado "Segundo Programa de Instrumentos de Corto Plazo Ransa" de RANSA COMERCIAL S.A. hasta por un monto MORDAZA en circulacion de cinco millones y 00/ 100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 5 000 000,00) o su equivalente en Nuevos Soles, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, en el MORDAZA de la delegacion de facultades conferidas por la Junta General de Accionistas de fecha 30 de marzo de 2001 y sesiones de Directorio de fecha 31 de enero de 2002 y 23 de febrero de 2004, las personas facultadas para dicho efecto han acordado la renovacion por dos (2) anos adicionales al tramite anticipado y la prorroga del referido Programa; Que, los senores MORDAZA MORDAZA Fantozzi Temple y MORDAZA MORDAZA Polastri MORDAZA, en su condicion de Gerente General y Subgerente de Finanzas de RANSA COMERCIAL, respectivamente, en ejercicio de las facultades delegadas por el Directorio de la citada sociedad, han solicitado a CONASEV la aprobacion de la renovacion del tramite anticipado y el registro del MORDAZA prospecto MORDAZA correspondiente al "Segundo Programa de Instrumentos de Corto Plazo Ransa" hasta por un monto MORDAZA en circulacion de cinco millones de Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 5 000 000,00) o su equivalente en Nuevos Soles aprobado por Resolucion Gerencia General Nº 013-2002-EF/94.11 de fecha 14 de febrero de 2002; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la informacion requerida por el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/ 94.10, asi como las disposiciones aprobadas mediante Resolucion Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; Estando a lo dispuesto por los articulos 53º y siguientes del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de

Disponen registro de prospecto MORDAZA informativo correspondiente al "Segundo Programa de Instrumentos de Corto Plazo Ransa"
COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 023-2004-EF/94.11 MORDAZA, 3 de marzo de 2004

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