TEXTO PAGINA: 45
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G32/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de marzo de 2004 y Dr. Denis Lawrence, los mismos que cuentan con la ex- periencia y especialización requerida, para el desarrollode los temas materia de la asesoría. Walter Erwin Diewert(62) es Doctor en Economía por la Universidad de Califor-nia en Berkeley (1968), y cuenta con innumerables apor-tes a la teoría microeconómica, teoría de los números índi-ces y sus aplicaciones al estudio de la eficiencia y produc-tividad de empresas y naciones. El doctor Diewert ha tra-bajado en forma constante sobre las propiedades que de-ben cumplir buenas estimaciones de productividad, sobretodo bajo el enfoque de la Productividad Total de Factores,conjuntamente con sus labores académicas en la Univer-sidad de British Columbia en Canadá, es consultor asocia-do de Meyrick and Associates empresa con la cual ha rea-lizado trabajos de asesoría para reguladores en materiade implementación de regímenes de precios tope. El doc-tor Diewert, conjuntamente con su profesor Dale Jorgen-son y sus compañeros de Berkeley, Christensen, Fuss yLau han constituido hasta la fecha un grupo de investigado-res muy fecundo, y conjuntamente han logrado avancesdecisivos en materia de técnicas de medición en microe-conomía que se han aplicado extensivamente a nivel mun-dial; Que por su parte, Denis Lawrence es Doctor en Econo- mía por la Universidad de British Columbia en Canadá tie-ne experiencia de 15 años en consultorías sobre medicióndel desempeño de empresas e industrias, su productivi-dad y eficiencia y las aplicaciones de estas medidas paraefectos regulatorios. El doctor Lawrence ha realizado tra-bajos aplicados sobre todo en materia de regulación porincentivos de empresas de infraestructura, siendo asesorde las autoridades regulatorias de A ustralia y Nueva Ze- landa; Que en tal sentido, evaluadas las especiales caracte- rísticas y considerando el prestigio, experiencia y califica-ción en los temas, mediante Informe Nº 014-GL/2004 laGerencia Legal emite opinión favorable respecto de la con-tratación de los consultores Dr. Erwin Diewert y Dr. DenisLawrence; Que el informe citado determina que se ha configurado la causal de exoneración prevista en el literal h) del artícu-lo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado; Que el artículo 116º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado dispone que las ad-quisiciones y contrataciones exoneradas se efectúan me-diante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, sien-do de aplicación lo señalado en el artículo 105º de dichoReglamento; Que de conformidad con el numeral 6.5 de las Disposi- ciones Específicas de la Directiva Nº 011-2001-CONSU-CODE/PRE, aprobada mediante Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, la parte resolutiva que aprueba el ins-trumento de exoneración debe precisar, entre otros aspec-tos, el valor referencial y la fuente de financiamiento delobjeto exonerado; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado; el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado; y la Ley Nº 28128, Ley de Pre-supuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal2004 y con lo acordado en la Sesión del Consejo DirectivoNº 192 del 29 de enero de 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar al Organismo Supervisor de In- versión Privada en Telecomunicaciones del Proceso deAdjudicación Directa para la contratación de los consul-tores Dr. Erwin Diewert y Dr. Denis Lawrence para que pres-ten servicios de asesoría para los estudios y metodologíade revisión del Factor de Productividad de Telefónica delPerú S.A.A. Artículo 2º.- Autorizar que los servicios personalísimos mencionados en el artículo precedente, sean contratadosmediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantíahasta por un monto de US$ 28,947.36 ( Veintiocho mil no-vecientos cuarenta y siete y 36 /100 dólares americanos). Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas la contratación del servicio exonerado.Artículo 4º.- Disponer que la Gerencia de Comunica- ción Corporativa remita copia de la presente Resolución ydel informe que sustenta esta exoneración a la ContraloríaGeneral de la República dentro de los diez días calendariosiguientes a la fecha de aprobación, conforme a lo dispuestoen el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDWIN SAN ROMÁN Z. Presidente del Consejo Directivo 04802 SUNAT /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G72/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65 /G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G2D /G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G75/G73/G63/G6F/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65 /G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 058-2004/SUN AT Lima, 5 de marzo de 2004 CONSIDERANDO:Que el inciso g) del Artículo 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,establece que se encuentra exonerada de los procesos deLicitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Direc-ta la prórroga del plazo de los contratos de arrendamientode inmuebles, siempre que la renta no se incremente enuna tasa mayor al crecimiento del índice general de pre-cios al por mayor; Que una vez aprobada la exoneración correspondien- te, la contratación debe efectuarse a través de un procesode adjudicación de menor cuantía, conforme a lo estableci-do por el Artículo 20º de dicho texto legal; Que en los Artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se estable-cen los procedimientos a que deben someterse tales con-trataciones, precisándose que deberá indicarse en la reso-lución exoneratoria el órgano que se encargará de llevar acabo la contratación; Que el Informe Técnico Legal Nº 003-2004 SUNAT/ 2N0100 de la Intendencia Regional Cusco, indica que serequiere prorrogar por el período de tres (3) meses, com-prendido entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2004, elplazo del contrato de arrendamiento del inmueble ubicadoen la avenida 28 de Julio J-2-2, distrito de Wanchaq, pro-vincia y departamento del Cusco, en el que actualmentefunciona una oficina operativa de la Intendencia de Adua-nas de Cusco, la cual depende administrativamente de lamencionada Intendencia Regional; Que en dicho Informe, se señala que la Intendencia Regional Cusco ha solicitado autorización a la Municipa-lidad de Cusco para iniciar los trabajos de acondiciona-miento y remodelación de un local propio anexo a su sede,en el que funcionará la oficina operativa de la Intendenciade Aduanas de Cusco; Que asimismo, se indica que a pesar de que la Munici- palidad de Cusco ya otorgó la respectiva autorización, ac-tualmente no se han iniciado los trabajos de acondicio-namiento, toda vez que se encuentran en proceso las Ad-judicaciones de Menor Cuantía requeridas para efectuar-los, por lo que previendo que al 31 de marzo de 2004, fe-cha en que culmina el contrato vigente, no se habrán ter-minado los trabajos, resulta necesaria la ampliación delplazo contractual del inmueble en referencia; Que el mencionado informe indica que el importe de la renta mensual se mantendrá invariable por el período que