Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2004 (10/03/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 10 de marzo de 2004

comprende la prorroga, lo que concuerda con lo informado por el propietario del inmueble a traves de la Carta s/n de fecha 3 de febrero de 2004; Que lo expuesto justifica tecnica y legalmente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la prorroga del contrato de arrendamiento, cumpliendose asi con lo establecido en el Articulo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en los Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, a la prorroga del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en avenida 28 de MORDAZA J-2-2, distrito de Wanchaq, provincia y departamento del MORDAZA, por el periodo de tres (3) meses, comprendido entre el 1 de MORDAZA y el 30 de junio de 2004, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Intendente Regional de MORDAZA a suscribir el Contrato respectivo con el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Adjudicacion de Menor Cuantia y por una renta mensual de US$ 804.00 (Ochocientos Cuatro y 00/100 Dolares Americanos), incluido impuestos; importe que sera financiado con recursos propios de la institucion. Articulo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administracion remita copias de la presente Resolucion y del informe que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 04708

tinuidad del Servicio Aduanero y, con ello, afectando el interes fiscal; Que, el citado procedimiento hace referencia a unidades que conformaban la estructura organizacional de la ex Superintendencia Nacional de Aduanas que, a la fecha, ha sido modificada; Que, se encuentra en MORDAZA de elaboracion el MORDAZA procedimiento para la toma de Inventario de mercancias en los almacenes de las Intendencias de Aduanas y Gerencia de Almacenes; el mismo que esta tomando en cuenta la normatividad legal sobre la materia y estructura organizacional de la Institucion vigente, asi como las caracteristicas propias de cada almacen; Que, estando a lo contenido en los considerandos precedentes resulta necesario dejar sin efecto lo dispuesto en el Rubro D, Seccion VII del Procedimiento INAR-PG.03 "Ingreso, Almacenamiento e Inventario de Mercancias", aprobado mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001122 el 19 de septiembre del 2001; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto lo dispuesto en el Rubro D de la Seccion VII del Procedimiento INAR-PG.03 "Ingreso, Almacenamiento e Inventario de Mercancias", aprobado mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001122 el 19 de septiembre del 2001. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BEJAR MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas (e) 04886

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional del Callao
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 095-2004-REGION CALLAO-PR Callao, 5 de marzo de 2004 VISTOS: Los Informes Nºs. 181 y 196-2003-REGION CALLAO/ SGR/OOS de fechas 18 y 31 de diciembre del 2003 respectivamente, emitidos por el Jefe de la Oficina de Organizacion y Sistemas, el Informe Nº 011-2003-REGION CALLAO-GRPPAT/OGT de fecha 10 de noviembre del 2003, emitido por el Jefe de la Oficina de Gestion Territorial, el Informe Nº 106-2003-REGION CALLAO/GAJ-GMA de fecha 24 de diciembre del 2003 y el Informe Nº 012-2004GOB.REGION CALLAO-GAJ.MMR de fecha 30 de enero del 2004, emitidos por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece y MORDAZA la Estructura, Organizacion, Competencias y Funciones de los Gobiernos Regionales; la misma que en su articulo 2º establece "Los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia"; Que, el articulo 37º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, senala la obligatoriedad para todas las entidades de la Administracion Publica de

Dejan sin efecto lo dispuesto en el Rubro D de la Seccion VII del Pro cedimiento INAR-PG.03 "Ingreso, Almacenamiento e Inventario de Mercancias"
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 000100-2004/SUNAT/A Callao, 8 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001122 del 19 de septiembre del 2001, se aprobo el Procedimiento INAR-PG.03 "Ingreso, Almacenamiento e Inventario de Mercancias"; Que, el citado Procedimiento establece que al finalizar cada Ejercicio Presupuestal debe realizarse un Inventario General de las existencias de mercancias bajo custodia de los diferentes almacenes de Aduanas, asi como, que dicho inventario debe ser efectuado por personal conformado por Especialistas u Oficiales en Aduanas, Tecnicos, Digitadores y Auxiliares con conocimiento y experiencia en la materia y que este personal debe ser independiente de aquel que efectua el registro y manejo de las mercancias en los almacenes; Que, la mayoria de Especialistas u Oficiales en Aduanas cumplen funciones en las areas operativas del Servicio Aduanero, lo cual hace imposible destinarlos para la realizacion del Inventario General en los almacenes de Aduanas, por cuanto se estaria poniendo en riesgo la con-

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