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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G36/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 14 de marzo de 2004 General de Administración del Ministerio de la Producción; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 006-2004-PRO- DUCE, de fecha 8 de enero de 2004, se aprobó el PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de la Producción para el Año Fiscal 2004; Que, de acuerdo a los documentos del Vistos, existe la necesidad de incluir en el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones del Ministerio de la Producción, el procesode selección para la adquisición de un vehículo; Que, el artículo 8º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las licitacionespúblicas, concursos públicos y adjudicaciones directas nocontenidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrata-ciones deberán ser aprobados por el Titular del Pliego o lamáxima autoridad administrativa de la Entidad, para su in- clusión en el mismo; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Directiva Nº 005- 2003-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE-PRE, modificada por la Resolución Nº019-2004-CONSUCODE-PRE, la adquisición que se deta-lla en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, deberá incluirse en el Plan Anual; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamen-to, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, ysus modificatorias; y, en uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del artículo 11º del Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobadopor Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y modifica-toria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de la Producción para el AñoFiscal 2004, de acuerdo al cuadro que, como Anexo, formaparte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Oficina General de Admi- nistración remita copia de la presente Resolución a PROM- PYME y CONSUCODE dentro de los diez (10) días hábilessiguientes a su aprobación. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Re- solución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez(10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la Producción 05240 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G2D /G63/G68/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G62/G61/G6E/G69/G63/G6F/G20/G65/G6E/G20/G62/G61/G6E/G63/G6F/G73/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G65/G73/G65/G78/G69/G73/G74/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/GE1/G72/G65/G61/G73/G20/G61/G6C/G65/G64/G61/GF1/G61/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G69/G73/G6C/G61/G4C/G6F/G62/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G54/G69/G65/G72/G72/G61/G2C/G20/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G31/G35/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G72/G2D/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 112-2004-PRODUCE Lima, 12 de marzo del 2004 CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiológicoscontenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patri- monio de la Nación, por lo que corresponde al Estado rea- lizar su manejo integral y regular su explotación; Que, corresponde al Ministerio de la Producción esta- blecer las normas para preservar y explotar racionalmentelos recursos hidrobiológicos conforme a lo dispuesto en losartículos 9º y 10º de la Ley General de Pesca que se men- ciona en el considerando anterior; Que, por Resolución Ministerial Nº 327-2003-PRODUCE del 12 de septiembre del 2003, se prohibió la actividad extractivadel recurso concha de abanico (Argopecten purpuratus) en losbancos naturales existentes en áreas aledañas a la isla Lobosde Tierra en la Región de Lambayeque y en el ámbito jurisdic- cional de la Dirección Regional de Pesquería de Piura a partir de las 00.00 horas del día 18 de septiembre de 2003; Que, por Resolución Ministerial Nº 348-2003-PRODUCE del 24 de septiembre del 2003, se modificó el primer párrafo delartículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 327-2003-PRODU-CE, prohibiendo la extracción del recurso concha de abanico(Argopecten purpuratus) en los bancos naturales existentes en áreas aledañas a la isla Lobos de Tierra a partir de las 00.00 horas del día 29 de septiembre de 2003; Que, el Instituto del Mar del Perú (IMARPE) mediante Oficio Nº PCD-110-2004-PRODUCE/IMP del 12 de febrerode 2004 remite el informe "Evaluación poblacional de losrecursos concha de abanico (Argopecten purpuratus) en áreas aledañas a la isla Lobos de Tierra", el cual indica que habiéndose realizado una evaluación del recurso conchade abanico en el área aledaña a la isla Lobos de Tierra yverificándose una recuperación importante del mismo, serecomienda autorizar la extracción del citado recurso enáreas aledañas a la isla Lobos de Tierra. Asimismo, consi- dera necesario reforzar las medidas de vigilancia y control de la talla mínima de extracción de la especie, a fin de ga-rantizar una adecuada renovación poblacional; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la extracción del recurso concha de abanico en los bancos naturales existentes en áreas aledañas a la isla Lobos de Tierra, a partir del 15 de marzo del 2004. Artículo 2º.- El Instituto del Mar del Perú efectuará la eva- luación de la concha de abanico y el monitoreo de su extrac-ción en el ámbito de las Direcciones Regionales Sectoriales deLambayeque y Piura, con el propósito de recomendar las medi-das de ordenamiento necesarias para su conservación. Artículo 3º.- Las Direcciones Nacionales de Seguimien- to, Control y Vigilancia y de Extracción y ProcesamientoPesquero del Ministerio de la Producción y las DireccionesRegionales Sectoriales de Lambayeque y Piura, dentro delámbito de sus respectivas competencias, velarán por elcumplimiento de lo establecido por la presente Resolución Ministerial. Asimismo, el control será realizado por los Mi- nisterios de Defensa y del Interior y las Municipalidades. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la Producción 05290 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONTRALORÍA GENERAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G42/G6F/G6C/G69/G2D /G76/G69/G61/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 092-2004-CG Lima, 12 de marzo de 2004VISTOS; las comunicaciones cursadas por el Tribunal de Cuentas de España, y la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas – FIIAP, de fechas 24 de febrero y 1 de marzo de 2004, respectiva-mente; así como la Hoja Informativa Nº 028-2004-CG/CTdel 4 de marzo de 2004, de la Gerencia de CooperaciónTécnica de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, el Presidente del Tribunal de Cuentas de España, ha invitado a la Contraloría General de la República del Perú para participar en el Seminario Internacional, ”La Actividad Fiscali-zadora del Tribunal de Cuentas y sus Informes. ActuacionesJurisdiccionales”, a desarrollarse del 16 al 19 de marzo de2004, en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia; Que, el citado evento tiene como propósito profundizar en temas específicos de común interés para las diferentes Instituciones de Control relacionados con el control de fon-dos públicos, ofreciendo una oportunidad para que todas