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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2004 (05/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 38

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G39/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 5 de mayo de 2004 A/CE "Desarrollo del Estudio de Pre Inversión para la Cons- trucción de la Sede Administrativa Central de la UNAT-A"; y se retrotraiga todo lo actuado hasta la aprobación de nue- vas bases. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Abas- tecimientos, realice la publicación de la presente Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5días) hábiles siguientes a su aprobación. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolución Presidencial a los estamentos internos de la UNAT-A, deforma y modo de ley. Regístrese y comuníquese.SEGUNDO PASCUAL CAMACHO Presidente Comisión Organizadora 08503 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G67/G6D/G65/G6E/G74/G6F /G64/G65/G20/G43/G61/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G52/G69/G65/G73/G67/G6F/G20/G64/G65/G20 /G6C/G61/G20/G42/G6F/G6C/G73/G61/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G2D /G6C/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN CONASEV Nº 047-2004-EF/94.10 Lima, 4 de mayo de 2004 VISTO:El proyecto de modificación del Reglamento del Seg- mento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores de Limapresentado por la Bolsa de Valores de Lima y el Informe Nº 152-2004-EF/94.45 de fecha 23 de abril del año en curso, presentado por la Gerencia de Mercados y Emisores, conel visto bueno de la Gerencia General; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 132º, incisos a) y c) del Texto Único Ordenado de la Ley del Mer-cado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 093- 2002-EF, son funciones de las bolsas de valores inscribir y registrar valores mobiliarios para su negociación en bolsaasí como excluirlos, y proponer a CONASEV la introduc- ción de nuevas facilidades y productos en la negociación bursátil; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 131º del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Va- lores, las bolsas deben reglamentar su actividad, vigi-lando el cumplimiento de la ley y de las demás normas dictadas por CONASEV o por la bolsa. En este marco, CONASEV podrá delegar en una o más bolsas las facul-tades que la ley le confiere respecto a las sociedades agentes y a los emisores con valores inscritos en dicha bolsa; Que, la regulación de la actividad de los mecanis- mos centralizados de negociación a través de sus regla- mentos internos, se realiza sin perjuicio de las faculta-des de normatividad, supervisión y control que corres- ponden a CONASEV de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2º inciso a) del Texto Único Concordado de suLey Orgánica, aprobado por Decreto Ley Nº 26126 y el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Mer- cado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF; Que, el artículo 145º del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores dispone que las modificacio-nes de los reglamentos internos de las bolsas deben ser previamente aprobadas por CONASEV; Que, en atención a las disposiciones anteriores, la Bol- sa de Valores de Lima ha presentado a CONASEV para su aprobación, el proyecto de modificación del Reglamento del Segmento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valoresde Lima;Estando a lo dispuesto por el segundo párrafo del artí- culo 7º y el artículo 145º del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 093-2002-EF, así como a lo acordado por el Directo-rio de CONASEV en sesión de fecha 26 de abril de 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modificar el artículo 2º del Reglamento del Segmento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores deLima, en la parte correspondiente a la definición de Em- presa Junior, en los términos siguientes: “Artículo 2º.- Definiciones (...) Empresa Junior : Empresa minera que satisface los requisitos establecidos en el Artículo 5º , inciso a) del pre- sente reglamento.” Artículo 2º.- Incorporar el numeral 5 al inciso a) del artículo 5º del Reglamento del Segmento de Capital de Ries- go de la Bolsa de Valores de Lima, en los términos siguien-tes: “Artículo 5º.- Requisitos (...) a) Requisitos cuantitativos. (...)5. En caso la empresa junior se encuentre en situación de producción, contar con reservas probadas y probables, según cálculos de una persona calificada, que proporcio-nen una vida útil de la mina menor a 3 años.” Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Artículo 4º. - Transcribir la presente resolución a la Bol- sa de Valores de Lima y a Cavali ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Presidente 08553 DEVIDA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G65/G72/G74/G61 COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARR OLLO Y VIDA SIN DROGAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 036-2004-DV-PE Lima, 30 de abril de 2004 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 398-2002-PCM se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal-CAP de DEVIDA, instrumento de gestión institucional que contiene los cargos considerados necesarios para el funcionamien-to de la Entidad, entre otros el de Director de la Dirección de Control de la Oferta, código 17, nivel 3, considerado de confianza; Que, en el Presupuesto Analítico de Personal de DE- VIDA, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 111-2003-DV-PE del 29 de diciembre de 2003, modifi-cada mediante Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nºs. 003 y 017-2004-DV-PE, de fechas 21 de enero y 19 de marzo de 2004, respectivamente, se encuentra vacan-te la plaza correspondiente al cargo indicado en el consi- derando anterior, la misma que es necesario cubrir con el objeto de asegurar el logro de las metas y objetivos pre-determinados por la Entidad conforme a su ordenamien- to; Con las visaciones del Gerente General, del Jefe de la Oficina de Asesores y de los Gerentes de Administración e Informática y de Asesoría Legal; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28128- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de