Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2004 (27/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 27 de noviembre de 2004

sejeros, queda bajo custodia del Secretario General o de quien haga sus veces. Subcapitulo II De la entrevista personal Articulo 22º.- Entrevistas personales Para la entrevista personal, se tendran a la vista el expediente del postulante y la hoja de vida. Articulo 23º.- Objeto de la entrevista La entrevista personal tiene por finalidad: a) Conocer al postulante. b) Conocer sus motivaciones, aptitudes y aspectos vocacionales que tienen que ver con su decision de postulacion. c) Conocer sus criterios sustentados sobre principios, valores eticos, MORDAZA y sociales. Corresponde al Pleno del Consejo la realizacion de la entrevista personal. Articulo 24º.- Grabacion de la entrevista La entrevista personal es grabada por el Consejo, utilizando los medios tecnicos necesarios y tiene caracter oficial. Es de uso y propiedad exclusiva del Consejo; su publicacion sera acordada por el Pleno cuando lo considere necesario. Articulo 25º.- Calificacion de la entrevista Concluida la entrevista, cada Consejero la califica en forma personal, utilizando una cedula que deposita en un sobre. El sobre, debidamente cerrado y rubricado por los Consejeros, queda bajo custodia del Secretario General o de quien haga sus veces. Articulo 26º.- Puntaje de la exposicion y sustentacion del plan de trabajo y de la entrevista personal Concluidas las entrevistas personales y en la fecha establecida, se procede a abrir los sobres que contienen la calificacion de la exposicion y sustentacion del plan de trabajo y de la entrevista personal de cada postulante para la constatacion de las mismas y obtencion y aprobacion del promedio respectivo. Producida una diferencia mayor a veinte puntos entre una y otra o varias calificaciones, se anulan las notas extremas alta o baja, segun sea el caso y el promedio se obtiene con las notas intermedias. Capitulo IV Promedio final y cuadro de meritos Articulo 27º.- Calificacion final Aprobados por el Pleno del Consejo los promedios de la exposicion y sustentacion del plan de trabajo y entrevistas personales, se remiten a la Comision para que elabore el promedio final con el correspondiente cuadro de calificaciones. El cuadro de calificaciones resulta de los promedios parciales de cada una de las etapas, con la aplicacion de los pesos respectivos, del que resulta el promedio final. El Pleno del Consejo aprueba el cuadro de calificaciones con el promedio final obtenido por los postulantes. En caso de obtener notas finales iguales, se procede al sorteo. TITULO III

la mayoria simple de votos de los Consejeros asistentes, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica del Consejo. El acuerdo adoptado es inimpugnable. Articulo 29º.- Resolucion de nombramiento El Presidente del Consejo, expide la resolucion de nombramiento. Articulo 30º.- Proclamacion El Presidente del Consejo proclama en acto publico al Jefe de la ONPE nombrado. Articulo 31º.- Ceremonia de juramentacion El Presidente del Consejo, en ceremonia publica, recibe el juramento o promesa de honor al Jefe de la ONPE nombrado con la formula siguiente: "Juro por MORDAZA (o prometo por mi honor), desempenar fielmente los deberes del cargo que se me ha conferido". Articulo 32º.- Registro del juramento El juramento consta en un libro de actas suscrito por el Presidente del Consejo, el funcionario nombrado y por el Secretario General. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Postulacion a MORDAZA nombramiento La renovacion del periodo de nombramiento como Jefe de la ONPE no es automatica. El Jefe de esta institucion cuyo periodo culmina, puede postular a la renovacion del nombramiento, participando en el concurso establecido en las mismas condiciones que los demas postulantes, debiendo cumplir con los requisitos exigidos en el presente reglamento. Segunda.- Plazo para retirar expedientes La Unidad de Tramite Documentario del Consejo, tiene a su cargo el archivo de los expedientes de postulantes, que durante el concurso hubiesen sido excluidos; del mismo modo esta a su cargo la devolucion de los expedientes de los postulantes que asi lo soliciten. Los postulantes pueden retirar sus documentos en el plazo de treinta (30) dias calendario, computados a partir del momento en que termino su participacion en el concurso. Vencido este plazo las carpetas se remitiran al Archivo General de la Nacion. Tercera.- Modificaciones del reglamento La modificacion del presente reglamento, requiere el acuerdo del Pleno adoptado con el MORDAZA conforme de los dos tercios del numero legal de sus miembros. Cuarta.- Situaciones no previstas Las situaciones no previstas en el presente reglamento, son resueltas por el Pleno del Consejo. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Para el primer concurso que se convoque con el presente reglamento, no rigen los plazos mencionados en el articulo primero. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA

DEL NOMBRAMIENTO, PROCLAMACION, EXPEDICION DEL TITULO Y JURAMENTO Articulo 28º.- Nombramiento Para el acto del nombramiento, la Comision presenta al Pleno del Consejo el cuadro de calificaciones con los promedios finales alcanzados por los postulantes. Con el cuadro de calificaciones, el Pleno, procede a nombrar en votacion nominal, al postulante que obtenga

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA STANBURY MORDAZA LA HOZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

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