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PÆg. 281174 NORMAS LEGALES Lima, sábado 27 de noviembre de 2004 Capítulo II De la postulación Artículo 3º.- Requisitos Para postular al cargo de Jefe de la ONPE, se requie- re: a) Ser ciudadano peruano en ejercicio. b) Tener título profesional expedido conforme a ley universitaria. c) Tener experiencia probada en administración e informática. d) Tener conducta intachable.e) No adolecer de incapacidad física ni mental perma- nentes que le impida ejercer el cargo para el que postula. f) No estar incurso en ninguno de los impedimentos establecidos en la Constitución y leyes vigentes. g) No haber sido destituido en la administración públi- ca ni haber sido objeto de despido de la actividad privadapor falta grave. Artículo 4º.- Solicitud de inscripción y documen- tación Los postulantes para inscribirse deben presentar una solicitud, según formato que proporciona el Consejo,adjuntando la siguiente documentación: a) Copia de su DNI, con la constancia de haber su- fragado en las últimas elecciones o, en su caso, de la dispensa o documento respectivo. b) Copia certificada de la partida de nacimiento expedi- da por la municipalidad respectiva o partida de bautismo, si se trata de nacidos antes de 14 de noviembre de 1936. c) Copia legalizada del título profesional. d) Constancias y/o certificados de trabajo que acredi- ten probada experiencia en administración e informáti-ca. e) Declaración jurada de no estar incurso en los impedimentos para ser nombrado, establecidos en laConstitución y las leyes vigentes. f) Declaración jurada de estar o no procesado por delito doloso. g) Declaración jurada de no haber sido condenado por delito doloso. h) Declaración jurada de no encontrarse en estado de insolvencia o quiebra. i) Declaración jurada de no haber sido destituido de la administración pública ni haber sido objeto de despidode la actividad privada por falta grave. j) Declaración jurada de que toda la documentación presentada responde a la verdad. k) Certificación expedida por un centro oficial de sa- lud que acredite no adolecer de incapacidad física, ni mental permanentes que le impida ejercer el cargo, elmismo que deberá estar autorizado en cada uno de los casos por el profesional competente. l) Currículo, según formato, con copia de la documen- tación sustentatoria correspondiente. m) Plan de trabajo y propuestas. Toda la documentación es foliada y firmada en cada hoja por el postulante. Para los puntos referidos en los incisos l) y m), el postulante también debe acompañar dicha información en un diskette. Artículo 5º.- Presentación El postulante presentará su solicitud y la demás docu- mentación, personalmente o mediante apoderado de-signado por carta poder con firma legalizada. Los docu- mentos que adjunte con posterioridad a la fecha de su inscripción, no serán objeto de calificación curricular. La documentación presentada constituye la carpeta personal del postulante y permanece en el archivo del Consejo, si es nombrado. Los currículos y planes de trabajo presentados son publicados en la página web del Consejo.Artículo 6º.- Verificación de cumplimiento de requisitos Presentados en un sólo acto la solicitud y la documen- tación correspondiente, la Comisión con el apoyo de la Secretaría Técnica, verifica si el postulante ha cumplidocon los requisitos exigidos. Artículo 7º.- Plazo para subsanaciones De observarse alguna omisión en la documentación relativa a la aptitud en su postulación, se le hará saber al interesado a efectos que la subsane dentro del plazo detres días hábiles perentorios contados desde el día si- guiente de su notificación. Vencido el plazo sin la subsa- nación correspondiente, se rechazará la postulación alconcurso. En ningún caso se permite la prórroga de dicho plazo. Artículo 8º.- Aprobación de postulantes aptos Vencido el plazo de inscripción, la Comisión eleva al Pleno la relación de los postulantes aptos, así como uninforme sobre los postulantes no aptos. El Pleno del Consejo aprueba la nómina de postulan- tes aptos y dispone su publicación en el Diario OficialEl Peruano y en la página web del Consejo. Asimismo dispone la publicación de la relación de los postulan- tes no aptos y la causa que la motiva en la indicadapágina web. Contra la decisión del Pleno, que declara a un postu- lante no apto, procede el recurso de reconsideración,dentro del plazo de tres (3) días hábiles, a partir de la fecha de la publicación, la misma que será resuelta por el Pleno del Consejo, previo informe de la Comisión. No son admitidos en vía de reconsideración, la subsanación o presentación de documentos exigidos como requisitos para la postulación. Capítulo III De las tachas y participación ciudadana Artículo 9º.- Formulación de tachas La tacha contra el postulante incluido en la nómina de aptos se presenta por escrito en la sede del Consejo, debiendo cumplir, para ser admitida, con los requisitossiguientes: a) Nombres y apellidos completos del presentante. b) Fotocopia del DNI, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o en su caso la dispensa respectiva. c) Domicilio real donde se efectuarán las respectivas notificaciones. Si la tacha es presentada por una plurali- dad de personas, deben consignar los datos de cadauna de ellas, señalando un domicilio común. d) Nombres y apellidos del postulante. e) Fundamentos de hecho y de derecho de la tacha.f) Medios probatorios que acompaña. g) Lugar, fecha y firma. En caso de no saber firmar o estar impedido, imprime su huella digital. h) Rúbrica en cada una de las hojas del escrito de tacha. Artículo 10º.- Plazo para formular tachas El plazo de presentación de la tacha es de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publica-ción de la nómina de postulantes aptos. Artículo 11º.- Resolución de la tacha Admitida a trámite la tacha se corre traslado de la misma al postulante, quien podrá presentar su descargo por escrito, acompañando los medios probatorios perti-nentes, de ser el caso, en el plazo de cinco (5) días hábiles de notificado con la tacha, plazo al que, si co- rresponde, se adiciona el término de la distancia. Vencido el plazo, con el descargo o sin él, la Comi- sión presenta un informe al Pleno del Consejo, el que resuelve la misma. Si la tacha es declarada fundada elpostulante es excluido del concurso. La decisión del Ple- no del Consejo es inimpugnable.