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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (01/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 31

PÆg. 277437 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de octubre de 2004 Acotación Nºs. 20443, 20444, 20445 y 20446, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (por dos Inspectores) US$ 1,600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 56.48 (por dos Inspectores) Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artícu- lo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el artículo 1º de la pre- sente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, debe- rán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Minis- terio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos du- rante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 17693 Autorizan viaje de Inspector de la Di- rección General de AeronÆutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 727-2004-MTC/02 Lima, 28 de setiembre de 2004CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias apro- badas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, estable- ce que para el caso de los servidores y funcionarios pú- blicos de los Ministerios, entre otras entidades, la auto- rización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irro- guen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajes al exterior del país en comisión de servicios, es- tableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán aprobados por resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector correspondiente, con excepción de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobarán por resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacio- nales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Avia- ción Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vi- gilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones estable- cidas en el citado Convenio y en los estándares de laOrganización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Cartas DINPU 855/08/04 y DINPU 889/09/04, del 3 y 14 de setiembre de 2004, respectivamente, en el marco del Procedimien- to Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos del Ministerio de Transportes y Comunicacio- nes, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efec- tuar chequeos técnicos en simulador de vuelo del equi- po Boeing 767, a su personal aeronáutico propuesto, en las ciudades de Denver y Miami, Estados Unidos de América, durante los días 4, 5, 6, 7 y 9 de octubre de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Aco- tación Nºs. 19768, 19769, 20789 y 20790, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación co- rrespondiente al Procedimiento a que se refiere el con- siderando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empre- sa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viá- ticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 1398-2004-MTC/12.04-SDO designan- do al Inspector Alfredo Federico Álvarez Zevallos, para realizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing 767, al personal aeronáutico propuesto por la empresa Lan Perú S.A., en las ciudades de Den- ver y Miami, Estados Unidos de América, durante los días 2 al 10 de octubre de 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las fun- ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos técnicos a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1398-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Alfredo Fe- derico Álvarez Zevallos, Inspector de la Dirección Ge- neral de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a las ciudades de Denver y Miami, Estados Unidos de América, durante los días 2 al 10 de octubre de 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 19768, 19769, 20789 y 20790, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por con- cepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuer- do al siguiente detalle: Viáticos US$ 1,980.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 2 8.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspec- tor mencionado en el artículo 1º de la presente Resolu- ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realiza- das y los resultados obtenidos durante el viaje autoriza- do. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 17643