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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (01/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 40

PÆg. 277446 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de octubre de 2004 DISEÑO DE REGISTRO Y CÓDIGOS DE OPERACIÓN ME FORMATO 0035 ANEXO 01 CABECERA Y NOMBRE DE ARCHIVO Longitud Posición Observaciones 4 1 4 Código de formato (0035) 2 5 6 Código de anexo (01) 5 7 11 Código de institución que reporta (Código BCR) 6 12 17 Período de encaje (AAAAMM) 2 18 19 Moneda Extranjera = 03 DATA Longitud Posición Observaciones 6 1 6 Código de operación - Según tabla de opera- ciones 8 7 14 Fecha (AAAAMMDD) 2 15 16 Moneda Extranjera = 03 14 17 30 Monto de operación (12 enteros 2 decimales) ANEXO 01 OBLIGACIONES SUJETAS A ENCAJE EN MONEDA EXTRANJERA Código de Operación Descripción 001000 Ob ligaciones inmediatas 002000 A plazo hasta 30 días1 003000 Cheques a deducir vista2 004000 A plazo mayor de 30 días 005000 Deuda subordinada3 006000 Otras ob ligaciones a plazo3 007000 Bonos colocados en el exterior4 009000 Cheques a deducir otras obligaciones a plazo5 040000 Ahorros 050000 Cheques a deducir ahorros6 060000 Ob ligaciones por comisiones de confianza 065000 Ob ligaciones con entidades financieras del exterior7 070000 TOSE8 FONDOS DE ENCAJE EN MONEDA EXTRANJERA Código de Operación Descripción 085000 T otal caja período 9 090000 Depósitos en el BCRP 100000 T otal fondos de encaje10 200000 Préstamos de caja período 11 FORMATO 0035 ANEXOS 02 y 03 CABECERA Y NOMBRE DE ARCHIVO Longitud Posición Observaciones 4 1 4 Código de formato (0035) 2 5 6 Código de anexo (02 ó 03) 5 7 11 Código de institución que reporta (Código BCR) 6 12 17 Período de encaje (AAAAMM) 2 18 19 Moneda Extranjera = 03 DATA Longitud Posición Observaciones 6 1 6 Código de operación - Según tabla de opera- ciones 8 7 14 Fecha (AAAAMMDD) 11 15 25 Código de institución con la que se opera (Código SWIFT) 2 26 27 Código de moneda - Tabla de monedas 14 28 41 Monto de operación ( 12 enteros 2 decimales)ANEXO 02 OBLIGACIONES EXONERADAS DE GUARDAR ENCAJE CON INSTITUCIONES FINANCIERAS DEL PAÍS12 Código de Operación Descripción 100000 Créditos13 101000 T otal créditos 200000 Préstamos de caja14 201000 T otal préstamos de caja 300000 Depósitos15 301000 T otal depósitos 400000 Interbancarios16 401000 T otal interbancarios ANEXO 03 OBLIGACIONES CON INSTITUCIONES FINANCIERAS DEL EXTERIOR17 Código de Operación Descripción 100000 Bancos 101000 T otal bancos 200000 Entidades financieras 201000 T otal entidades financieras 300000 Organismos financieros internacionales 301000 T otal organismos financieros internacionales 400000 Bancos centrales, gobiernos y entidades gubernamentales 401000 T otal bancos centrales, gobiernos y entidades gubernamentales 500000 Préstamos subordinados18 501000 T otal de préstamos subordinados 1 Incluye la parte de las obligaciones que venzan en 30 días o menos de aquellas pactadas originalmente a plazos mayores a excepción de las vencidas y que ya son exigibles. 2 Cheques de otros bancos a deducir que afectan las operaciones 001000 y 002000.3 Obligaciones que exceden el límite establecido en el apartado II 2 de la circular. 4 Bonos colocados en el exterior que exceden el límite establecido en el apartado II 2 de la circular. Incluir las obligaciones señaladas en le apartado II 1 j). 5 Cheques de otros bancos a deducir que afectan las operaciones 004000, 005000, 006000 y 007000. 6 Cheques de otros bancos a deducir que afectan la operación 040000.7 Obligaciones que exceden la base de créditos de entidades financieras del exte- rior a que se refiere el apartado b) del rubro “Determinación del Encaje Exigible” de la Circular. Debe consignarse diariamente un monto fijo equivalente a la dife-rencia entre el total de los numerales de los créditos de entidades financieras del exterior y los numerales de la base de créditos del exterior dividida entre el nú- mero de días del período. En caso la diferencia fuera menor o igual a cero, seconsignará este último valor. 8 Equivale a la suma de las operaciones 001000, 002000, 004000, 005000, 006000, 007000, 040000, 060000 y 065000 menos las operaciones 003000, 009000 y050000. 9 Referido al período reportado. 10 Suma de las operaciones 085000 y 090000.11 Préstamos contraídos en el período reportado. Excluye los préstamos con fecha de validez atrasada. 12 Se refiere a obligaciones con Entidades Sujetas a Encaje. Debe considerarse por separado las obligaciones con cada institución, utilizando el código SWIFT. Para los totales, considerar la suma por tipo de operación. El BCR, a través de la Gerencia de Crédito y Regulación Financiera, estableceráel código aplicable a las instituciones que actualmente no tengan código SWIFT. 13 Obligaciones comprendidas en las cuentas 2421, 2422, 2622, 2423, 2623, 2426 y 2626 (con Entidades Sujetas a Encaje). Incluye los préstamos subordinadosque provengan de una Entidad Sujeta a Encaje. Excluye los préstamos de caja a que se refiere la operación 200000. 14 Detallar las fuentes de los préstamos declarados en el rubro (14) del Anexo 1.15 Obligaciones comprendidas en las cuentas 2321.01, 2322.01 y 2323.01 (con Entidades Sujetas a Encaje). 16 Obligaciones comprendidas en la cuenta 2221 con Entidades Sujetas a Encaje.17 Se refiere a los créditos a que hace referencia los apartados II 1 k) y III c) de la circular. Debe considerarse por separado los créditos con cada institución, utili- zando el código SWIFT, consolidando los créditos por tipo de institución proce-dente de una misma plaza. Para los totales, considerar la suma por tipo de insti- tución. El BCR, a través de la Gerencia de Crédito y Regulación Financiera, estableceráel código aplicable a las instituciones que actualmente no tengan código SWIFT. 18 Los préstamos subordinados no deben incluirse en las operaciones 100000, 200000, 300000 y 400000.