NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (02/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 33
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G36/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 2 de setiembre de 2004 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 647-2004-MTC/02 Lima, 26 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aproba-das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públi- cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza-ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Dia- rio Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con ex-cepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajes al exterior del país en comisión de servicios, es-tableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán aprobados por resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro delsector correspondiente, con excepción de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de la Dirección General de Aeronáutica Civildel Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobarán por resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internaciona- les establecidos en el Convenio de Chicago sobre Avia- ción Civil y poder mantener la calificación de Categoría- I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vi- gilancia sobre la seguridad operacional a través de laejecución de inspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones estableci- das en el citado Convenio y en los estándares de la Or-ganización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta DINPU 767/08/04, del 16 de agosto del 2004, en el marco delProcedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único de Procedimien-tos Administrativos del Ministerio de Transportes y Co- municaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáuti-ca Civil, efectuar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, a sus tripulantes técnicos Mario Contreras, Javier Caceres, Sandro Giacchetti yJosé Salazar, en la ciudad de Denver, durante los días 5 al 8 de setiembre del 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 07578, 16708, 16709, 17870 y 17871, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tra- mitación correspondiente al Procedimiento a que se re-fiere el considerando anterior, ante la Dirección de Teso- rería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empre- sa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viá- ticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Ordende Inspección Nº 1280-2004-MTC/12.04-SDO designan- do al Inspector Oscar Gustavo Camino Freundt, pararealizar chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, al personal aeronáutico propuesto por la empresa Lan Perú S.A., en la ciudad de Denver, Esta-dos Unidos de América, durante los días 3 al 9 de setiem- bre del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las fun- ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,pueda realizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1280- 2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Oscar Gusta- vo Camino Freundt, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Co- municaciones, a la ciudad de Denver, Estados Unidosde América, durante los días 3 al 9 de setiembre del 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos deAcotación Nºs. 07578, 16708, 16709, 17870 y 17871, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignacio-nes por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuer- to, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 1,540.00 Tarifa por Uso de AeropuertoUS$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspec- tor mencionado en el artículo 1º de la presente Resolu-ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la OficinaGeneral de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realiza- das y los resultados obtenidos durante el viaje autoriza-do. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 15682 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72 /G64/G65/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G66/G6C/G75/G76/G69/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE ACUÁTICO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 196-2004-MTC/13 Lima, 11 de agosto de 2004 Vista la solicitud (Expediente Nº 2003-008833) presenta- da por la empresa TIO JHONNY SAC., solicitando Permiso de Operación para prestar servicio de transporte fluvial de carga general, en tráfico internacional, en servicio irregular; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en