NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (10/09/2004)
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PÆg. 276144 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de setiembre de 2004 - Nasca - Sobrevuelo Líneas de Palpa - Nasca. - Pisco - Sobrevuelo Líneas de Nasca - Pisco. BASE DE OPERACIONES:- Aeródromo de Nasca. SUBBASE DE OPERACIONES: - Aeródromo de Pisco.Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la empresa ALAS DE AMÉRICA S.A.C. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matrícula vigentes, ex-pedidos -de ser el caso- por el Registro Público de Aero-naves de la Oficina Registral de Lima y Callao; de sus Cer-tificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o con-validados por la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, de la Póliza o Certificado de Seguros que cubran los ries- gos derivados de su actividad aérea. Artículo 3º.- La empresa ALAS DE AMÉRICA S.A.C. está obligada a presentar a la Dirección General de Aero-náutica Civil, los datos estadísticos e informes que corres-pondan a su actividad aérea, de acuerdo a los procedi- mientos que establece la Dirección General de Aeronáuti- ca Civil. Artículo 4º.- La empresa ALAS DE AMÉRICA S.A.C. está obligada a establecer un Sistema de Radiocomunica-ción entre los puntos a operar, a fin de mantener perma-nente información del tráfico aéreo que realizan sus aero- naves. Artículo 5º.- La empresa ALAS DE AMÉRICA S.A.C. empleará en su servicio, personal aeronáutico que cuentecon su respectiva licencia y certificación de aptitud expedi-dos o convalidados por la Dirección General de Aeronáuti-ca Civil. Artículo 6º.- La empresa ALAS DE AMÉRICA S.A.C. podrá hacer uso de las instalaciones de aeropuertosy/o aeródromos privados, previa autorización de sus pro-pietarios. Artículo 7º.- Las aeronaves de la empresa ALAS DE AMÉRICA S.A.C. podrán operar en los aeropuertos y/o aeródromos cuyas alturas y longitudes de pista estén com- prendidas dentro de sus tablas de performance aprobadaspor el fabricante y la autoridad correspondiente. Artículo 8º.- El presente Permiso de Operación será revocado de inmediato en forma automática, cuando elpeticionario incumpla las obligaciones contenidas en la pre- sente Resolución; o pierda alguna de las capacidades le- gal, técnica o económico-financiera, exigidas por la Ley Nº27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; o renun-cie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificadode Explotador y Especificaciones Técnicas de Operación. Artículo 9º.- Si la Administración verificase la existen- cia de fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direc-ción General de Aeronáutica Civil, procederá conforme alo señalado en el artículo 32.3 de la Ley del ProcedimientoAdministrativo General. Artículo 10º.- La empresa ALAS DE AMÉRICA S.A.C. requiere para realizar sus actividades aéreas el correspon- diente Certificado de Explotador, así como las Especifica-ciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuestoen la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedi-mientos que establece la Dirección General de Aeronáuti-ca Civil. Artículo 11º.- La vigencia del presente Permiso de Operación queda condicionada al cumplimiento de la obli-gación por parte de ALAS DE AMÉRICA S.A.C., de otor-gar la garantía global que señala el artículo 93º de la LeyNº 27261, en los términos y condiciones que establece suReglamento y dentro del plazo que señala la Quinta Dispo- sición Transitoria y Final de dicho dispositivo. El incumpli- miento de esta obligación determinará la automática revo-cación del presente Permiso de Operación. Artículo 12º.- La empresa ALAS DE AMÉRICA S.A.C. deberá presentar cada año el Balance de Situación, el Es-tado de Ganancias y Pérdidas al 30 de junio y 31 de di- ciembre, y el Flujo de Caja proyectado para el año siguien- te. Artículo 13º.- El presente Permiso de Operación que- da sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil, Ley Nº 27261, elReglamento; y demás disposiciones legales vigentes; así como a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO RODRÍGUEZ GALLOSO Director General de Aeronáutica Civil (e) 15842 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Dejan sin efecto artículo de la Res. Adm. N” 226-2004-P-CSJCN/PJ, en el extre-mo que dispone que el cargo de Jefe dela ODICMA tiene una duración de seismeses RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 276-2004-P-CSJCN/PJ Independencia, treintiuno de agosto del dos mil cuatro VISTA: La Resolución Administrativa doscientos veintiséis-dos mil cuatro-P-CSJCN/PJ del dos de agosto del año en cur-so; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Administrativa de vista se dispuso, en un extremo, que el cargo de Jefe de la OficinaDistrital de Control de la Magistratura - ODICMA tiene una duración de seis meses; Que, dicho término no es acorde con lo previsto en el Reglamento de Organización y Funciones de las CortesSuperiores que cuentan con seis o más Salas Superiores,como es el caso de este Distrito Judicial, aprobado porResolución Administrativa cero setenta-dos mil dos -CE- PJ; norma legal que en su artículo 20º regula la composi- ción de los miembros del Consejo Ejecutivo Distrital, queincluye al Vocal Jefe de la Oficina de Control de la Magis-tratura y señala expresamente que el mandato de los inte-grantes de dicho Consejo dura dos años; Que, en la medida que la precitada norma es una de mayor jerarquía, expedida en este caso por el Consejo Eje- cutivo del Poder Judicial, exige se deje sin efecto la Reso-lución Administrativa de vista en el extremo señalado; Por cuyas consideraciones, en virtud del artículo 90º incisos 3 y 9 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánicadel Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO lo dispuesto en el artículo segundo de la Resolución Administrativa dos-cientos veintiséis-dos mil cuatro-P-CSJCN/PJ, del dos deagosto del año en curso, en el extremo que dispone que elcargo de Jefe de la ODICMA tiene una duración de seismeses. Artículo Segundo.- Póngase la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, ConsejoEjecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magis-tratura, Gerencia General, Oficina Distrital de Control de laMagistratura y de la Oficina de Administración Distrital. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LORENZO ALEJANDRO MONTAÑEZ GONZALES Presidente de la Corte Superior de Justiciadel Cono Norte de Lima 16373