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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (15/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 276390 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de setiembre de 2004 Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el inciso c) del artículo 110º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; y, su Regla- mento; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de ha- ber verificado que la peticionaria ha cumplido con los re- quisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 136-2004-DGE-CEL; Estando a lo dispuesto en el artículo 217º del Regla- mento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobre el bien de propiedad de Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A., para la instalación de la subes- tación de distribución convencional del tipo superficie para Servicio Público de Electricidad Nº 1166, ubicada en Pro- longación Parinacochas Nº 1571, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Escritura Pública de fecha 13 de mayo de 2004, extendida por el Notario de Lima, doctor Ricardo Ortiz de Zevallos Villarán, en los términos y condiciones estipulados en la misma. Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reco- nocida en el artículo que antecede, las normas de seguri- dad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, y en las normas técnicas pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 15749 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 327-2004-MEM/DM Lima, 25 de agosto de 2004 VISTA: La solicitud de imposición de servidumbre de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad particu- lar, para la instalación de la subestación de distribución compacta del tipo pedestal para Servicio Público de Elec- tricidad Nº 8440, presentada por Luz del Sur S.A.A., per- sona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi- cina Registral de Lima y Callao; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solici- tado la imposición de servidumbre de ocupación y de tránsi- to sobre bienes de propiedad particular para la instalación de la subestación de distribución compacta del tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 8440, ubicada en el inmueble sito en la avenida Del Parque Sur Nº 564, urbani- zación Corpac, distrito de San Borja, provincia y departa- mento de Lima, según coordenadas UTM que figuran en el Expediente Nº 31158204; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha consti- tuido servidumbre convencional de ocupación sobre un área de 9,0 metros cuadrados y de tránsito sobre un área de 9,0 metros cuadrados, de propiedad de la Junta de Propieta- rios de la avenida Parque Sur 564 para una subestación de distribución, conforme consta en la Escritura Pública de fecha 27 de abril de 2004, extendida ante el Notario Públi- co de Lima, Dr. Ricardo Ortiz de Zevallos Villarán, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Con- cesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acredi- ten la existencia de servidumbre convencional para el de- sarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la mis- ma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencionallas normas de seguridad establecidas en la Ley de Conce- siones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técni- cas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Conce- siones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 137-2004-DGE-CEL; Estando a lo dispuesto en los literales c) y f) del artícu- lo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 217º de su Reglamento; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación y de trán- sito sobre el bien de propiedad de la Junta de Propietarios de la avenida Parque Sur 564, para la instalación de la sub- estación de distribución compacta del tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 8440, ubicada en el in- mueble sito en la avenida Del Parque Sur Nº 564, urbani- zación Corpac, distrito de San Borja, provincia y departa- mento de Lima, constituida mediante Escritura Pública de fecha 27 de abril de 2004, extendida ante el Notario Públi- co de Lima, Dr. Ricardo Ortiz de Zevallos Villarán, en los términos y condiciones estipulados en la misma. Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reco- nocida en el artículo que antecede, las normas de seguri- dad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 15750 Imponen servidumbres de ocupación a favor de concesión definitiva de distri- bución de la que es titular Luz del Sur S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 328-2004-MEM/DM Lima, 25 de agosto de 2004 VISTA: La solicitud de imposición de la servidumbre de ocupación sobre bienes particulares, para la instalación de la subestación de distribución compacta del tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 8647, presentada por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asien- to D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Per- sonas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposición de la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad particular para la instalación de la subestación de distribución compacta del tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 8647, ubicada en el inmueble sito en la Avenida Aurelio Miró Quesada Nº 250 - 252, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, según coordenadas UTM que figuran en el Expe- diente Nº 31113701; Que, el artículo 112º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, dispone que el derecho de impo- ner una servidumbre al amparo de la citada Ley, obliga a indemnizar el perjuicio que ella cause y a pagar por el uso del bien gravado; Que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 229º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, el con-