Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2004 (15/09/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 15 de setiembre de 2004

Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el inciso c) del articulo 110º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas; y, su Reglamento; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 136-2004-DGE-CEL; Estando a lo dispuesto en el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion sobre el bien de propiedad de Union de Cervecerias Peruanas Backus y Johnston S.A.A., para la instalacion de la subestacion de distribucion convencional del MORDAZA superficie para Servicio Publico de Electricidad Nº 1166, ubicada en Prolongacion Parinacochas Nº 1571, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Escritura Publica de fecha 13 de MORDAZA de 2004, extendida por el Notario de MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran, en los terminos y condiciones estipulados en la misma. Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento, y en las normas tecnicas pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 15749 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 327-2004-MEM/DM MORDAZA, 25 de agosto de 2004 VISTA: La solicitud de imposicion de servidumbre de ocupacion y de MORDAZA sobre bienes de propiedad particular, para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta del MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 8440, presentada por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposicion de servidumbre de ocupacion y de MORDAZA sobre bienes de propiedad particular para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta del MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 8440, ubicada en el inmueble sito en la avenida Del MORDAZA Sur Nº 564, urbanizacion Corpac, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun coordenadas UTM que figuran en el Expediente Nº 31158204; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 9,0 metros cuadrados y de MORDAZA sobre un area de 9,0 metros cuadrados, de propiedad de la Junta de Propietarios de la avenida MORDAZA Sur 564 para una subestacion de distribucion, conforme consta en la Escritura Publica de fecha 27 de MORDAZA de 2004, extendida ante el Notario Publico de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional

las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 137-2004-DGE-CEL; Estando a lo dispuesto en los literales c) y f) del articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 217º de su Reglamento; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion y de MORDAZA sobre el bien de propiedad de la Junta de Propietarios de la avenida MORDAZA Sur 564, para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta del MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 8440, ubicada en el inmueble sito en la avenida Del MORDAZA Sur Nº 564, urbanizacion Corpac, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Escritura Publica de fecha 27 de MORDAZA de 2004, extendida ante el Notario Publico de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran, en los terminos y condiciones estipulados en la misma. Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 15750

Imponen servidumbres de ocupacion a favor de concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 328-2004-MEM/DM MORDAZA, 25 de agosto de 2004 VISTA: La solicitud de imposicion de la servidumbre de ocupacion sobre bienes particulares, para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta del MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 8647, presentada por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposicion de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad particular para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta del MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 8647, ubicada en el inmueble sito en la Avenida MORDAZA Miro MORDAZA Nº 250 - 252, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun coordenadas UTM que figuran en el Expediente Nº 31113701; Que, el articulo 112º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, dispone que el derecho de imponer una servidumbre al MORDAZA de la citada Ley, obliga a indemnizar el perjuicio que MORDAZA cause y a pagar por el uso del bien gravado; Que, en cumplimiento de lo establecido en el articulo 229º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, el con-

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