Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2004 (15/09/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 15 de setiembre de 2004

pleo, el Ministro de Justicia, la Ministra de Salud y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de setiembre del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion MORDAZA NEVES MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo MORDAZA MORDAZA UGAZ Ministro de Justicia MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento PLAN NACIONAL DE APOYO A LA FAMILIA 2004-2011 I.- INTRODUCCION "A lo largo de los milenios, la familia ha sido la institucion central en la cual practicamente todas las sociedades han basado su fuerza y a partir de la cual han forjado su futuro."1 La Declaracion Universal de Derechos Humanos reconoce a la familia como el elemento natural y fundamental de la sociedad. La familia es "medio MORDAZA de preservar y transmitir valores culturales; es el paradigma del MORDAZA exterior para el nino."2 La familia es el primer ambito para promover la equidad y la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y para la ninez, la tercera edad y las poblaciones en situacion de pobreza y pobreza extrema, discriminadas y excluidas. La percepcion de las personas tambien evidencia la importancia que tiene la familia para el desarrollo individual y social. Segun una encuesta realizada este ano por el Grupo de Opinion Publica de la Universidad de MORDAZA, el 58.5% de las personas en MORDAZA y Callao considera muy importante la familia y un 37.9% la considera importante, de modo que el 96.4% considera importante a la familia.3 MORDAZA Normativo Las normas internacionales y nacionales reflejan la importancia que los Estados y la sociedad le reconocen a la familia, como primer ambito de proteccion y desarrollo de la persona. A continuacion mencionamos algunas de las principales disposiciones al respecto. Constitucion Politica del Peru "Articulo 4º.- La comunidad y el Estado protegen especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono. Tambien protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos ultimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad. La forma del matrimonio y las causas de separacion y de disolucion son reguladas por la ley." Tratados Internacionales Declaracion Universal de Derechos Humanos Articulo 16, inciso 3: "La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la proteccion de la sociedad y del Estado".

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos Articulo 23, incisos 1 y 2: "1. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la proteccion de la sociedad y del Estado. 2. Se reconoce el derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio y a fundar una familia si tienen edad para ello." Pacto Internacional de Derechos Economicos, Sociales y Culturales Articulo 10: "Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen que: 1. Se debe conceder a la familia, que es el elemento natural y fundamental de la sociedad, la mas amplia proteccion y asistencia posibles, especialmente para su constitucion y mientras sea responsable del cuidado y la educacion de los hijos a su cargo. El matrimonio debe contraerse con el libre consentimiento de los futuros conyuges." Convencion Americana de Derechos Humanos Articulo 17, inciso 1: "1. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida por la sociedad y el Estado." Protocolo Adicional a la Convencion Americana sobre Derechos Humanos en materia de derechos economicos, sociales y culturales (Protocolo de San Salvador). Articulo 15: "1. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida por el Estado quien debera velar por el mejoramiento de su situacion moral y material. 2. Toda persona tiene derecho a constituir familia, el que ejercera de acuerdo con las disposiciones de la correspondiente legislacion interna. 3. Los Estados Partes mediante el presente Protocolo se comprometen a brindar adecuada proteccion al grupo familiar y en especial a: a. Conceder atencion y ayuda especiales a la MORDAZA MORDAZA y despues del parto; b. Garantizar a los ninos una adecuada alimentacion; c. Adoptar medidas especiales de proteccion de los adolescentes a fin de garantizar la plena maduracion de sus capacidades fisica, intelectual y, moral; d. Ejecutar programas especiales de formacion familiar a fin de contribuir a la creacion de un ambiente estable y positivo en el cual los ninos perciban y desarrollen los valores de comprension, solidaridad, respeto y responsabilidad." Convencion sobre los Derechos del MORDAZA MORDAZA y MORDAZA considerandos del preambulo: "Convencidos de que la familia, como grupo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento y el bienestar de todos sus miembros, y en particular de los ninos, debe recibir la proteccion y asistencia necesarias para poder asumir plenamente sus responsabilidades dentro de la comunidad; Reconociendo que el MORDAZA, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de MORDAZA, MORDAZA y comprension."

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ONU, Ano Internacional de la Familia, 1994. Departamento de Informacion Publica. ONU, 1994 Ano Internacional de la Familia. Departamento de Informacion Publica. Estudio 220. Grupo de Opinion Publica de la Universidad de MORDAZA, Encuesta en MORDAZA Metropolitana y Callao el 24 y 25 de MORDAZA de 2004.

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