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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (22/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 59

PÆg. 291333 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de abril de 2005 RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo (CMAC-T S.A.), la apertura de una Oficina, en la modalidad de Oficina Especial, ubi- cada en la calle Bolívar Nº 129 del distrito y provincia de Tumbes, departamento de Tumbes. Artículo Segundo.- La Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo (CMAC-T S.A.) estará autorizada a realizar las siguientes operaciones, en la Oficina Espe- cial de Tumbes: - Operaciones Activas: créditos directos de tipo Consumo y a la Microempresa (MES). - Operaciones Pasivas: a) Recibir depósitos de aho- rro y a plazo, así como emitir órdenes de pago respecto a cuentas de ahorro; b) Efectuar cobros, pagos y transfe- rencia de fondos. Artículo Tercero.- Conforme se indica en el numeral 11.6 de la Circular CM-0321-2004, dentro de los siete (7) días calendario de formalizada la apertura, la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo (CMAC - T S.A.), deberá reportar a esta Superintendencia las acciones realizadas en el Anexo B "Movimiento de Oficinas" de la precitada Circular. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ZAPATA LA TORRE Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) 07687 Autorizan a la Caja Municipal de CrØ- dito Popular de Lima la apertura de oficinas especiales temporales en la provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 629-2005 Lima, 14 de abril de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Cré- dito Popular de Lima (Caja Metropolitana) para que se le autorice la apertura de una Agencia Especial Temporal ubicada en la Municipalidad Distrital de Los Olivos, sita en la Av. Carlos Izaguirre Nº 807, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que la empresa recurrente ha cumplido con presen- tar la documentación pertinente que justifica lo solicita- do; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación Financiera "F"; y, De conformidad con el procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la SBS, aprobado mediante Resolución SBS Nº 131-2002 y sus modificatorias, el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgáni- ca de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, la Circular CM-0321-2004, el artículo 41º y Quinta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 27444 y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y Resolución SBS Nº 558-2005 del 1 de abril de 2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima (Caja Metropolitana), la apertu- ra de una Oficina Especial Temporal del 26 de abril al 7 de mayo de 2005, en los ambientes de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, sita en la Av. Carlos Izaguirre Nº 807, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima.Artículo Segundo.- La Oficina Especial Temporal está autorizada a realizar exposición y venta de bienes adjudicados (joyas). Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ZAPATA LA TORRE Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) 07672 RESOLUCIÓN SBS Nº 637-2005 Lima, 15 de abril de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAVISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Cré- dito Popular de Lima (Caja Metropolitana) para que se le autorice la apertura de una Agencia Especial Temporal ubicada en el Club Social Miraflores, distrito de Miraflo- res, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación Financiera "F"; y, De conformidad con el procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la SBS, aprobado mediante Resolución SBS Nº 131-2002 y sus modificatorias, el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgáni- ca de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, la Circular CM-0321-2004, el artículo 41º y Quinta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 27444 y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima (Caja Metropolitana), la apertu- ra de una Oficina Especial Temporal del 18 de abril al 11 de mayo de 2005, en los ambientes del Club Social Miraflores, sito en Malecón de la Reserva Nº 535, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- La Oficina Especial Temporal está autorizada a realizar exposición y venta de bienes adjudicados (joyas). Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca 07673 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Declaran ha lugar solicitud de aclara- ción de la STC N” 0041-2004-AI/TC,en lo referido a norma aplicable para el cobro de arbitrios de la Municipali- dad Distrital de Santiago de Surco EXPEDIENTE Nº 0041-2004-AI/TC LIMA DEFENSORÍA DEL PUEBLO RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONALLima, 23 de marzo de 2005 VISTA La solicitud de aclaración de la sentencia de autos presentada por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, de fecha 17 de marzo de 2005; y,