Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2005 (22/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 22 de MORDAZA de 2005

cribible en el Registro de Predios por lo que corresponde su tacha. 7. Finalmente, a tenor del articulo 15 del Reglamento General de los Registros Publicos, debe declararse improcedente la oposicion formulada por Huron Equities Inc., mediante Hoja de Tramite Documentario Nº 12684 del 25 de febrero de 2005. Estando a lo acordado por unanimidad. VII. RESOLUCION 1. CONFIRMAR la tacha formulada por el Registrador Publico del Registro de Predios de MORDAZA al titulo referido en el encabezamiento, con las precisiones senaladas, conforme a los fundamentos vertidos en la presente resolucion. 2. Declarar IMPROCEDENTE la oposicion formulada por Huron Equities Inc., conforme a lo expuesto en el punto 7 del analisis. Registrese y comuniquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta de la MORDAZA Sala del Tribunal Registral FREDY MORDAZA MORDAZA VILLAJUAN Vocal del Tribunal Registral MORDAZA MORDAZA BEDREGAL Vocal del Tribunal Registral

Que, de conformidad con el Articulo 57º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Articulo 26º de su Reglamento, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, la entidad convocante podra declarar la nulidad de oficio del MORDAZA de seleccion cuando dentro del mismo se contravengan las normas legales, debiendo expresar en la Resolucion que expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; Que, es necesario declarar la nulidad del MORDAZA de seleccion MORDAZA mencionado; En uso de las facultades conferidas en el inciso m) del Articulo 79º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la nulidad de oficio de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0011-2004-SUNAT/ 2J0000 MORDAZA Convocatoria y retrotraer dicho MORDAZA a la etapa de convocatoria previa aprobacion de las Bases, en merito de los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Publiquese la presente Resolucion, en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion, de acuerdo al Articulo 26º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional Intendencia Nacional de Administracion

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Articulo 1º.- Naturaleza del procedimiento El procedimiento registral es especial, de naturaleza no contenciosa y tiene por finalidad la inscripcion de un titulo. No cabe admitir apersonamiento de terceros al procedimiento ya iniciado, ni oposicion a la inscripcion.

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Disponen aplicar desgravacion arancelaria del anexo V de la desicion 414 de la Comunidad MORDAZA
CIRCULAR Nº 010-2005/SUNAT/A 19 de MORDAZA de 2005 1. MATERIA : Aplicacion del ultimo tramo de desgravacion del Anexo V del cronograma de liberacion de la Decision 414 de la Comision de la Comunidad Andina. : Poner en aplicacion la comunicacion efectuada por la Direccion Nacional de Integracion del Viceministerio de Comercio Exterior del MINCETUR, mediante el facsimil Nº 60-2005-MINCETUR/ VMCE/DNINCI de 2 de febrero de 2005

SUNAT
Declaran nulidad de MORDAZA de seleccion convocado para contratar servicio de intermediacion laboral para la Intendencia Regional MORDAZA
RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 198-2005/SUNAT MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2005 VISTO: El Informe Nº 470-2005-SUNAT/2G3100, sobre la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0011-2004-SUNAT2J0000; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT convoco la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0011-2004-SUNAT-2J0000, para la contratacion del servicio de intermediacion laboral para labores de archivo para la Intendencia Regional Arequipa; Que, de acuerdo a lo expuesto en el Informe Nº 4702005-SUNAT/2G3100, se advierte que el referido MORDAZA de seleccion fue convocado sin contar con el Acto Administrativo de aprobacion de las Bases de conformidad con lo establecido en el tercer parrafo del articulo 37º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM;

2. OBJETIVO

3. BASE LEGAL : Decision 414 de la Comision de la Comunidad MORDAZA "Perfeccionamiento de la Integracion Andina", Decreto Supremo Nº 014-97ITINCI, Resolucion Ministerial Nº 137-98-ITINCI/DM y Procedimiento INTA-PE.01.11 4. INSTRUCCIONES: De conformidad con el facsimil Nº 60-2005-MINCETUR/VMCE/DNINCI, y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT, se hace de conocimiento lo siguiente:

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