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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (22/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 64

PÆg. 291338 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de abril de 2005 liarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima; Que, el artículo 2º, numeral 2, de las Normas Relati- vas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, es- tablece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios objeto de oferta pública en el Registro Público del Mercado de Valores y el registro de los prospectos informativos correspon- dientes, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la página de CONASEV en Internet; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 16º del Regla- mento del Registro Público del Mercado de Valores y a lo acordado por el Directorio de CONASEV en su sesión de fecha 18 de diciembre de 2000, en la que se faculta a la Gerencia de Mercados y Emisores a disponer la ins- cripción de valores mobiliarios, previamente emitidos y que serán negociados en mecanismos centralizados de negociación, en el Registro Público del Mercado de Valo- res; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del listado de los “Bonos de Titulización CLN – Segunda Emisión” de Con- tinental Sociedad Titulizadora S.A. en el Registro de Valo- res de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Inscribir en el Registro Público del Mer- cado de Valores los “Bonos de Titulización CLN – Segun- da Emisión” de Continental Sociedad Titulizadora S.A. Artículo 3º.- La presente resolución debe ser publi- cada en el Diario Oficial El Peruano y en la página de CONASEV en Internet. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a Con- tinental Sociedad Titulizadora S.A., a Continental Bolsa SAB S.A. en su calidad de originador, servidor y agente colocador, a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese.HÉCTOR VALENTÍN HURTADO Gerente de Mercados y Emisores Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 07781 FONDO MIVIVIENDA Autorizan la contratación de servicios de publicidad radial y escrita para losProgramas de Vivienda del FondoMIVIVIENDA para el aæo 2005 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA EJECUTIVA Nº 44-SE-2005 Lima, 15 de abril de 2005 VISTOS: El Informe Técnico Nº 001-03-2005/GP, de fecha 15 de marzo de 2005, el Informe Nº 007-2005-ABAS del 31 de marzo de 2005, y el Informe Legal Nº 082-2005-FMV/ OAJ, de fecha 5 de abril de 2005; CONSIDERANDO: Que, el artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, dispone en su literal f) que están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se rea- licen para los servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 084-2004-PCM, establece en su artículo 145º que cuando exista la necesidad de proveerse de servi-cios especializados profesionales, artísticos, científicos o tecnológicos; procede la exoneración por servicios personalísimos para contratar con personas naturales o jurídicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conoci- mientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuación para satisfacer la compleji- dad del objeto contractual y haga inviable la compara- ción con otros potenciales proveedores; Que, asimismo, el tercer párrafo del precitado artícu- lo precisa que se encuentran expresamente incluidos en esta clasificación los servicios de publicidad que pres- tan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que los distinguen; Que, el artículo 146º del Reglamento en mención se- ñala que la Resolución que apruebe la exoneración del proceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justificación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exo- neración; Que, mediante Informe Técnico Nº 001-03-2005/GP, la Gerencia de Promoción señala que siendo el Fondo MIVIVIENDA una institución que promueve la adquisi- ción de viviendas de interés social en los niveles socio- económicos (NSE) B, C y D, resulta importante contar con los medios adecuados para promover esta cam- paña de publicidad en los medios de mayor alcance de nuestro mercado objetivo, lo que requiere la selección de los medios de mayor lectoría y sintonía, por ello, y en base a informaciones provenientes de empresas especializadas en estudios de mercado y opinión públi- ca, es el Grupo RPP S.A. el medio que tiene mayor audiencia en los segmentos con poder de decisión de compra y llega a todo el territorio nacional, gozando de la idoneidad para brindar el servicio de publicidad radial de los Programas de Vivienda del Fondo MIVIVIENDA para el año 2005, y la Empresa Editora El Comercio S.A., a través de sus diarios, revistas y suplementos, y la Empresa Editora Multimedia S.A., a través de su Revista Caretas, los medios que por su alto índice de lectoría resultan los más convenientes para la publici- dad escrita en la difusión de los mencionados progra- mas; Que, mediante Memorándum Nº 413-2005-FMV/GAP, la Gerencia de Administración y Presupuesto remite el Informe Nº 007-2005-ABAS, el que señala que de acuer- do a los montos, correspondería efectuarse los proce- sos de Adjudicación Directa Selectiva y Concurso Pú- blico, para la contratación de la publicidad radial y la escrita, respectivamente, y que ambos procesos es- tán incluidos en la Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Fondo MIVIVIENDA para el año 2005; Que, mediante Informe Nº 082-2005-FMV/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que se encuentra justificada la necesidad y procedencia de las exoneracio- nes, en virtud de lo cual se procede a emitir la resolución de aprobación correspondiente; De conformidad con el TUO de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar, por la causal de servicios personalísimos, la exoneración de los siguientes proce- sos: - Adjudicación Directa Selectiva para la contratación del servicio de publicidad radial para los Programas de Vivienda del Fondo MIVIVIENDA para el año 2005, por un valor referencial de S/. 100,000.00 Nuevos Soles (Cien Mil y 00/100 Nuevos Soles), a la empresa Grupo RPP S.A. y de acuerdo a las características que se señalan a continuación: a. Tipo de contrato: Servicios. b. Descripción del servicio: Publicidad en medios de comunicación radial para difundir los Programas de Vi- vienda del Fondo MIVIVIENDA para el año 2005.