Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2005 (23/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, sabado 23 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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que se le otorgue concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 126º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que los servicios publicos de difusion se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 93º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios publicos de difusion se encuentra el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; Que, mediante Informe Nº 265-2004-MTC/17.01.ssp., la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, senala que, habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, es procedente la solicitud formulada por la empresa TELESIP S.R.L.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el MORDAZA del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa TELESIP S.R.L. concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende el distrito de Razuri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa TELESIP S.R.L. para la prestacion del servicio publico a que se refiere el articulo precedente, el que consta de veinticinco (25) clausulas y tres (3) anexos que forman parte de esta resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo anterior, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Addendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion, asi como el pago de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 07808

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Cesan en el cargo a Vocal Titular de la Corte Suprema de Justicia por limite de edad
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 092-2005-CE-PJ MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2005 VISTO: El Informe Nº 016-2005-GPEJ-GG/PJ remitido por el Gerente de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, con relacion al cese por limite de edad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 024-81-JUS, de fecha 21 de MORDAZA de 1981, se nombro Vocal Titular de la Corte Suprema de Justicia de la Republica al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alvarez; Que, el articulo 245º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, establece que el cargo de Magistrado termina: 1) por muerte, 2) por cesantia o jubilacion, 3) por renuncia desde que es aceptada, 4) por destitucion dictada en el correspondiente procedimiento, 5) por separacion de cargo, 6) por incurrir en incompatibilidad, y 7) por inhabilitacion fisica o mental comprobada; Que, la Ley Nº 27367, de fecha 4 de noviembre del 2000, que desactivo las Comisiones Ejecutivas del Poder Judicial y del Ministerio Publico y, establecio el Consejo Transitorio del Poder Judicial y el Consejo Transitorio del Ministerio Publico, en su MORDAZA Disposicion Final prescribe que los Vocales Supremos y Fiscales Supremos cesan definitivamente al cumplir los setenta anos de edad, precisando que dicha disposicion se aplicara a los Magistrados que ingresen al Poder Judicial y al Ministerio Publico con posterioridad a la entrada en vigencia de dicha Ley; esto es, a partir del 7 de noviembre del 2000; Que, al respecto, el articulo unico de la Ley Nº 27175, aplicable al presente caso, modifico la Octava Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 26623, en el sentido que los Vocales Supremos y Fiscales Supremos cesan definitivamente al cumplir setenta y cinco anos de edad; Que, del Informe Nº 016-2005-GPEJ-GG/PJ, remitido por el Gerente de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, asi como de la fotocopia de la ficha del Registro de Identidad - RENIEC y de la Partida de Nacimiento anexa, aparece que el nombrado Magistrado nacio el 23 de MORDAZA de 1930, y el dia 23 de MORDAZA del 2005 cumplira setenta y cinco anos de edad; razon por la que corresponde disponer su cese por limite de edad, de conformidad con lo dispuesto en la precitada norma; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion extraordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- MORDAZA por limite de edad, a partir del 23 de MORDAZA del 2005, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Vocal Titular de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion.

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