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PÆg. 291379 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de abril de 2005 que se le otorgue concesión para la prestación del ser- vicio público de distribución de radiodifusión por cable; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corres-ponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licen- cias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 126º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, es-tablece que los servicios públicos de difusión se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites establecidosen la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 93º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios públicos de difusión seencuentra el servicio público de distribución de radiodi- fusión por cable; Que, mediante Informe Nº 265-2004-MTC/17.01.ssp., la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Teleco- municaciones, de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones, señala que, habiéndose verificadoel cumplimiento de los requisitos que establece la legis- lación para otorgar la concesión solicitada para la pres- tación del servicio público de distribución de radiodifusiónpor cable, es procedente la solicitud formulada por la empresa TELESIP S.R.L.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley deTelecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el TUPA del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa TELESIP S.R.L. concesión para la prestación del servicio público de dis- tribución de radiodifusión por cable por el plazo de veinte(20) años, en el área que comprende el distrito de Razu- ri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con la empresa TELESIP S.R.L. para la presta- ción del servicio público a que se refiere el artículo pre- cedente, el que consta de veinticinco (25) cláusulas ytres (3) anexos que forman parte de esta resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones para que, en representa-ción del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación aEscritura Pública del referido contrato y de las Adden- das que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efec- to de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en elplazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pagopor derecho de concesión, así como el pago de la publica- ción de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 07808PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Cesan en el cargo a Vocal Titular de la Corte Suprema de Justicia por límite de edad RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 092-2005-CE-PJ Lima, 19 de abril del 2005 VISTO: El Informe Nº 016-2005-GPEJ-GG/PJ remitido por el Gerente de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, con relación al cese por lími-te de edad del señor Oscar Víctor Alfaro Alvarez, Vocal Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 024-81-JUS, de fecha 21 de julio de 1981, se nombró Vocal Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República al señorOscar Víctor Alfaro Alvarez; Que, el artículo 245º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que el cargode Magistrado termina: 1) por muerte, 2) por cesantía o jubilación, 3) por renuncia desde que es aceptada, 4) por destitución dictada en el correspondiente procedi-miento, 5) por separación de cargo, 6) por incurrir en incompatibilidad, y 7) por inhabilitación física o mental comprobada; Que, la Ley Nº 27367, de fecha 4 de noviembre del 2000, que desactivó las Comisiones Ejecutivas del Po- der Judicial y del Ministerio Público y, estableció el Con-sejo Transitorio del Poder Judicial y el Consejo Transito- rio del Ministerio Público, en su Segunda Disposición Final prescribe que los Vocales Supremos y FiscalesSupremos cesan definitivamente al cumplir los setenta años de edad, precisando que dicha disposición se apli- cará a los Magistrados que ingresen al Poder Judicial yal Ministerio Público con posterioridad a la entrada en vigencia de dicha Ley; esto es, a partir del 7 de noviem- bre del 2000; Que, al respecto, el artículo único de la Ley Nº 27175, aplicable al presente caso, modificó la Octava Disposi- ción Transitoria, Complementaria y Final de la LeyNº 26623, en el sentido que los Vocales Supremos y Fiscales Supremos cesan definitivamente al cumplir se- tenta y cinco años de edad; Que, del Informe Nº 016-2005-GPEJ-GG/PJ, remiti- do por el Gerente de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, así como de lafotocopia de la ficha del Registro de Identidad - RENIEC y de la Partida de Nacimiento anexa, aparece que el nombrado Magistrado nació el 23 de abril de 1930, y eldía 23 de abril del 2005 cumplirá setenta y cinco años de edad; razón por la que corresponde disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo dispuesto en laprecitada norma; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Po- der Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por elTexto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión extraordinaria de la fecha, por unani- midad; RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 23 de abril del 2005, al señor Oscar Víctor Alfaro Alvarez en el cargo de Vocal Titular de la Corte Supremade Justicia de la República; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación.