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PÆg. 291382 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de abril de 2005 Artículo Tercero.- Disponer que Secretaria Adminis- trativa remita copia de la presente Resolución y de losInformes que sustentan la exoneración a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del térmi-no de diez días hábiles siguientes a la fecha de aproba- ción, así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano y, adicionalmente a través del SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBINSON GONZALES CAMPOS Presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura 07848 Declaran la nulidad de proceso de selección para la contratación de ser-vicio de mensajería RESOLUCIÓN Nº 044-2005-AMAG-CD-P Lima, 22 de abril de 2005 VISTOS: Los Oficios números D-823-2005/GTN/MON y D- 890-2005/GTN/MON remitidos por la Subgerencia de Monitoreo del Consejo Superior de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado; el Informe Nº 210-2005-AMAG- DG; el Informe Nº 186-2005-AMAG-AL y la Comunica- ción Interna Nº 003-2005-AMAG-CE del Comité Espe-cial del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Pública Nº 005-2005-AMAG para la contratación del ser- vicio de Mensajería de la Academia de la Magistratura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 019-2005- AMAG-CD/P, se designó a los miembros del Comité Es- pecial encargado de conducir el Proceso de Selecciónpara la contratación de Mensajería de la Academia de la Magistratura; Que, llevado a cabo el Proceso de Selección de Adjudi- cación Directa Pública, se otorgó la Buena Pro al señor Marco Antonio Salavarría Espinoza, en razón de ser el único postor; Mediante Oficio Nº D-890-2005-/GTN/MON la Subge- rente de Monitoreo del CONSUCODE, reitera la existencia de irregularidades en el Proceso de Adjudicación DirectaPública Nº 005-2005-AMAG, referida al servicio de Mensa- jería, por cuanto no se habría cumplido con publicar las Bases integradas del proceso a través del SEACE; Que, revisados los autos administrativos del proce- so de selección se advierte que se ha omitido integrar las Bases del citado proceso de selección, y su poste-rior publicación a través del SEACE de CONSUCODE conforme lo disponen los artículos 117º y 118º del D.S. Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado; Que, en efecto, conforme a lo dispuesto por el artícu- lo 118º del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, el Comité Especial no puede continuar con la tramitación del proceso de selección si no ha cumplido con publicar las Bases integradas a tra-vés del SEACE, bajo sanción de nulidad y sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Titular del Pliego, podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selección por alguna de las cau-sales señaladas en el referido dispositivo, esto es, cuan- do hallan sido dictados por órgano incompetente, contra- vengan las normas legales, contengan un imposible jurí-dico, o prescindan de las normas esenciales del proce- dimiento o de la forma prescrita por la normatividad apli- cable, debiendo expresar en la Resolución que expida laetapa a la que se retrotraerá el proceso; Que, de las observaciones y evaluación realizada, se concluye que el Comité Especial ha prescindido delas normas esenciales del procedimiento que rigen las Contrataciones y Adquisiciones del Estado al no habercumplido con la integración y publicación de las Bases integradas a través del SEACE, por lo que en mérito a las garantías del debido proceso es menester declararla nulidad parcial hasta la etapa en que se produjo el vicio, esto es, al momento de la Integración de las Bases teniendo en cuenta que se ha afectado la integridad delproceso de selección; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni- ca de la Academia de la Magistratura Nº 26335, y elEstatuto de la Academia de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 022-2001-AMAG-CD, de conformi- dad con el mandato legal, en ejercicio de sus atribucio-nes, y con cargo de dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar la Nulidad del Proceso de Adjudicación Directa Pública Nº 005-2005-AMAG parael servicio de Mensajería de la Academia de la Magistra- tura. Artículo Segundo.- Retrotraer el proceso, hasta la etapa de Integración de Bases conforme a los considerandos de la presente Resolución. Artículo Tercero.- La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial El peruano dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición. Artículo Cuarto.- Encargar al Comité Especial designado, el cumplimiento de la presente Resolución, bajo responsabilidad. Artículo Quinto.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 118º del Reglamento de la Ley, remítase a tra- vés de Secretaría Administrativa, copia de todo lo actua- do al Órgano de Control Institucional a efectos dedeterminarse las responsabilidades respectivas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBINSON GONZALES CAMPOS Presidente del Consejo Directivode la Academia de la Magistratura 07849 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionario para participar en el Taller sobre la Refor-ma Económica y Fiscal de China RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 028-2005 Lima, 18 de abril de 2005 CONSIDERANDO QUE: Que, se ha recibido comunicación para que este Banco Central participe en el Taller sobre la Reforma Económi- ca y Fiscal de China , organizado por el Shangai National Accounting Institute y el Centro para Finanzas y Desa-rrollo de Asia Pacífico, que se llevará a cabo en Shangai, República Popular China, del 26 al 29 de abril; En dicha reunión se tratarán temas sobre política económica y fiscal que coadyuvarán a fortalecer el in- tercambio de información y opiniones, siendo conve- niente la participación de este Banco Central; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en sus sesiones de 31 demarzo y 7 de abril de 2005; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del director, señor Kurt Burneo Farfán, a Shangai, República Popular China, del24 al 29 de abril y al pago de los gastos, a fin de partici-