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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (29/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 65

PÆg. 291767 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de abril de 2005 tos Locales y Territoriales del Ministerio de Admi- nistraciones Públicas del Gobierno Español; Que, conforme a lo expuesto, resulta indispensable enviar a los señores Jorge Luis Machicado Zúñiga y Saúl Fernando Barrera Ayala, funcionarios del SAT, para que participen en las actividades descritas en los párra- fos precedentes; Que, la beca cubre únicamente el costo del alojamien- to y estadía durante los días comprendidos en el desarro- llo del curso, por lo que los montos por concepto de viáticos diarios por viajes al exterior, se sujetarán a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 6 de junio de 2002; Estando a lo dispuesto por el literal d) del artículo 6º del Edicto Nº 227, inciso c) del artículo 7º de la Ley Nº 28427, Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047- 2002- PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los funciona- rios Jorge Luis Machicado Zúñiga y Saúl Fernando Ba- rrera Ayala, Jefe Adjunto y Gerente Encargado de la Gerencia Central Normativa del SAT, respectivamente; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- Los gastos por concepto de pa- sajes aéreos, alojamiento y estadía durante los días no comprendidos en el desarrollo del curso, serán cubier- tos por el presupuesto institucional del SAT, de acuerdo al detalle siguiente: Sr. Jorge Luis Machicado Zúñiga PASAJES US$ VIÁTICOS US$ TARIFAS USO AEROPUERTO US$ 755.18 2080.00 28.29 Sr. Saúl Fernando Barrera Ayala PASAJES US$ VIÁTICOS US$ TARIFAS USO AEROPUERTO US$ 755.18 2080.00 28.29 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos en- tregados. Artículo Cuarto.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyos viajes se autoriza. Regístrese, publíquese y cúmplase.JUAN ALBERTO ACHING ASHUY Jefe del Servicio de Administración Tributaria 08158 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de recolec-ción, transporte y disposición final deresiduos sólidos en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 0129-05-MDLV La Victoria, 20 de abril de 2005EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIAVisto en la Sesión Extraordinaria de Concejo cele- brada con fecha 20 de abril del 2005, los OficiosNºs. 001 y 002-05-DSM/MDLV del 5 y 7 de abril de 2005 respectivamente emitidos por la Dirección de Servicios Municipales; los Oficios Nºs. 261 y 278-05-DAJ/MDLV del 6 y 15 abril del 2005 respectivamente, emitidos por la Dirección de Asesoría Jurídica; los Informes Nºs. 125 y 126-05-DLP-DSM/MDLV del 8 y 14 abril del 2005, res- pectivamente suscrito por el Jefe de la División de Lim- pieza Pública; el Dictamen Nº 003-05-CPPPAL/MDLV del 15 de abril del 2005 de la Comisión Permanente de Plani- ficación, Presupuesto y Asuntos Legales y el Dictamen Conjunto Nº 001-2005-CPSM/CPPPAL/MDLV del 18 abril del 2005 de las Comisiones Permanentes de Servicios Municipales y Planificación, Presupuesto y Asuntos Le- gales; y, CONSIDERANDO:Que, el Director de Asesoría Jurídica con su Oficio Nº 261-05-DAJ/MDLV referido en VISTOS, manifiesta su disconformidad con los argumentos expuestos por el Director de Servicios Municipales en el Oficio Nº 001- 2005-DISEMU y efectúa una serie de recomendaciones que considera deben estar contenidas en el Informe que emita la Dirección de Servicios Municipales; sin embar- go, deja establecido que en caso la Dirección antes se- ñalada cumpla con emitir un Informe debidamente moti- vado y sustente adecuadamente su pedido, la Dirección de Asesoría Jurídica es de la opinión que la situación califica de acuerdo a lo establecido en el Artículo 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM - Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, como una Situación de Desa- bastecimiento Inminente, ya que por razones extraordi- narias e imprevisibles, la falta o ausencia de un contrato asignado que se encargue de estos servicios compro- mete y/o pone en riesgo directa e inminentemente la prestación continua de un servicio vital y esencial para la población victoriana, por lo que esperar el otorgamien- to de la buena pro puede poner en riesgo la vida y la salud de las personas, así como del medio ambiente; Que, el Director de Servicios Municipales habiendo corregido los aspectos técnicos exigidos por la Direc- ción de Asesoría Jurídica, con su Oficio Nº 02 de VIS- TOS, manifiesta haber tomado conocimiento que el Con- trato para el servicio diario de recojo de residuos sólidos suscrito con la Empresa COPELISA E.I.R.L., venció el 31 DIC 2004, y que su Adenda de ampliación del mismo fenecerá el 15 ABR 2005; asimismo manifiesta que su Dirección no está en la capacidad de atender el recojo de residuos sólidos por carecer de infraestructura de equipos, maquinaria y personal, y que por las conversa- ciones sostenidas con el Presidente del Comité Especial de Contrataciones, recién el 28 del presente estará con- cluido el Concurso Público y entraría en función la em- presa ganadora; Que, continúa exponiendo el Sr. Director de Servi- cios Municipales, que la situación descrita en el conside- rando precedente ocasionaría que durante trece (13) días no se brindará el servicio de recojo de residuos sólidos, mermándose en un setenta por ciento (70%) la capacidad operativa dentro del distrito, lo que ocasiona- ría trastornos en la comunidad, ornato, medio ambiente y principalmente en la salud de los vecinos; por lo que es urgente que se tomen las medidas correspondientes dentro de las normas vigentes, para evitar que exista un desabastecimiento inminente de los servicios antes men- cionados; Que, el Jefe de la División de Limpieza Pública, con sus Informes de VISTOS, amplía los aspectos técnicos referidos al requerimiento de la contratación de empre- sas prestadoras del servicio de recolección de residuos sólidos, estableciendo claramente las características del servicio, el costo de éste y los riesgos que implicarían el dejar desabastecido el servicio; manifestando que de las coordinaciones efectuadas con el Comité Especial se puede preveer que existirán no menos de quince (15) días de no existencia de Contrato alguno, pudiendo este plazo variar por circunstancias propias de todo concur- so público; Refiere asimismo el Jefe de la División de Limpieza Pública que el valor referencial mensual del costo del servicio brindado por la empresa, asciende a la cantidad mensual de S/. 227,304.00 (DOSCIENTOS VEINTISIE- TE MIL TRESCIENTOS CUATRO 00/100 NUEVOS SOLES); por el recojo aproximado de 3,600 TM men-