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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G36/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 16 de agosto de 2005 manifiesta la posibilidad de producirse un desabastecimiento inminente en el servicio de disposición de Residuos Sólidos- Relleno Sanitario de esta Municipalidad, toda vez que dicho servicio cuenta con un contrato cuya vigencia es de 75 días,que vence el 14 de agosto del 2005, lo que generaría una Situación de riesgo en la salud de la población; Que, mediante Memorando Nº 2439-2005/MDV-GAF, de fecha 4 de agosto del 2005, la señora Gerente de Administración y Finanzas C.P.C. María del Pilar Álvarez Morales, solicita se informe sobre la viabilidad de laexoneración del Proceso de Selección por el período de treinta (30) días, por el desabastecimiento inminente que se vera afectado a partir del 15 de agosto del 2005, comolo señala el Informe Técnico Nº 159-2005/MDV-GEMASC emitido por la Gerencia de Ecología Medio Ambiente y Servicios Comunales. Cabiendo mencionar que eldesabastecimiento se ha generado como consecuencia de la elevación de Observaciones no acogidas, de las Bases Administrativas del Proceso de Seleccióncorrespondiente al Concurso Público Nº 001-2005/MDV- CE Segunda Convocatoria, sobre el Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos - Relleno Sanitario, interpuestaspor la Empresa PETRAMAS S.A.C., las mismas que no han sido acogidas por CONSUCODE conforme se indica en el Oficio Nº 833-2005/PRE de fecha 11 de julio de 2005el mismo que se acompaña del Pronunciamiento Nº 187- 2005/GTN de CONSUCODE; Que, mediante Oficio Nº 556-2005/GTN/ATN de fecha 2 de agosto de 2005 CONSUCODE indica que de la revisión de los antecedentes, queda integradas las Bases como reglas definitivas del proceso. Consecuentemente, el ComitéEspecial se encuentra expedito para continuar con el trámite correspondiente al proceso de selección en mención; Que, mediante Informe Técnico Nº 159-2005/MDV- GEMASC de fecha 3 de agosto de 2005, señala que el Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos - Relleno Sanitario a partir del 15 de agosto del presente año, estaría sujeto a unDesabastecimiento Inminente, como consecuencia de la elevación de las observaciones no acogidas por nuestra Entidad, las mismas que fueron interpuestas por la EmpresaPETRAMAS S.A.C. ante CONSUCODE, consecuentemente se va ha producir un riesgo en la salud de la población. Teniéndose presente que dicho servicio cuenta con unContrato cuya vigencia es de setenta y cinco (75) días, la misma que vence el 14 de agosto del 2005; Que, mediante Informe Nº 591-2005/MDV-OAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que por su naturaleza, este servicio ha sido previamente programado, previsto, calculado, cuantificado en el Plan Anual deContrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, que para el presente caso al haberse elevado a CONSUCODE las Observaciones no acogidas de lasBases del Proceso de Selección correspondiente al Concurso Público Nº 001-2005/MDV-CE Segunda Convocatoria, sobre el Servicio de Disposición Final deResiduos Sólidos - Relleno Sanitario, ha conllevado la dilatación del presente proceso, como se puede apreciar de los Oficios emitidos por CONSUCODE, constituyendouna circunstancia fáctica que podría generar la ausencia extraordinaria e imprevisible comprometiendo la continuidad de la atención del Servicio de Disposición Final de ResiduosSólidos - Relleno Sanitario, y que no produzca un riesgo en la salud de la población, siendo que la situación de Desabastecimiento Inminente es en virtud a un eventoextraordinario e imprevisible de tal magnitud que la ausencia de determinado bien, servicio u obra comprometa directamente la continuidad de las funciones, serviciosactividades, operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, siendo esta referido a la dilatación del Proceso, en tanto dure el Proceso de Selección que se ha modificadoel cronograma de ejecución de las etapas del mismo. Que, no obstante lo ampliamente glosado en el presente informe se deberá elevar al Honorable Concejo para que en elejercicio de las facultades conferidas en el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 20º inciso c) de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, apruebe la Situación de Desabastecimiento de Residuos Sólidos porel lapso de treinta (30) días, a partir del 15 de agosto del 2005, según lo manifestado en el Informe Nº 159-2005/ MDV-GEMASC, a fin de no afectar el normal desarrollo delas actividades del Servicio de Recolección de Residuos Sólidos a fin de evitar la proliferación de enfermedades infecto contagiosas y la contaminación del medio ambiente;Que por Informe ampliatorio Nº 155-2005/MDV-GM, Gerencia municipal hace de conocimiento del Despacho de Alcaldía que de acuerdo a los documentos de la referencia detallan las circunstancias que podrían generar un inminentedesabastecimiento del servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos - Relleno Sanitario de esta Municipalidad, toda vez que dicho servicio cuenta con un contrato cuyavigencia es de 75 días, que vence el 14 de agosto del 2005, que en caso de quedar desabastecido generaría una Situación de riesgo en la salud de la población; Que, por Informe Técnico ampliatorio Nº 109-2005/MDV- GAF de fecha 10 de agosto de 2005, la Gerencia de Administración señala que el Servicio de Disposición Final deResiduos Sólidos - Relleno Sanitario a partir del 15 de agosto del presente año, estaría sujeto a un Desabastecimiento Inminente, como consecuencia de lo siguiente: a) Que, con fecha 8 de agosto del presente se llevo a cabo el Acto Público del Concurso Público Nº 001-2005/MDV-CE, Segunda convocatoria, correspondiente a la etapa de presentación de las propuestas técnicas, siendo descalificada la Empresa Petramas SAC, por no haberadjuntado en su propuesta el PAMA, debidamente aprobada por DIGESA, requisito obligatorio conforme a las Bases Administrativas del proceso de selección; y esdurante el Acto que la Empresa Petramas SAC observa el pronunciamiento del Comité Especial, dejando constancia y manifestando que Apela al mismo, reservándose elderecho de sustentarlo dentro del término de Ley; el cual vence el día 15 de agosto del año en curso. b) Que, dichas circunstancias podría generar la ausencia extraordinaria e imprevisible del servicios de Disposición Final de Residuos Sólidos; Que, asimismo mediante Memorando Nº 2439-2005/MDV- GAF, Gerencia de Administración, comunico que como consecuencia de la elevación de las observaciones noacogidas por nuestra Entidad, las mismas que fueroninterpuestas por la Empresa PETRAMAS S.A.C. anteCONSUCODE, consecuentemente se va ha producir un riesgoen la salud de la población. Teniéndose presente que dicho servicio cuenta con un Contrato cuya vigencia es de setenta y cinco (75) días, la misma que vence el 14 de agosto del 2005; Que, cabe mencionar que el desabastecimiento se estaría generando como consecuencia de la elevación de lasObservaciones a las Bases no acogidas por el Comité Especial,existiendo un pronunciamiento tardío por parte de CONSUCODE, el cual ha emitido un pronunciamiento tardío para proceder a la integración de las bases del Proceso deselección, correspondiente al Concurso Público Nº 0001-2005/MDV-CE; SEGUNDA CONVOCATORIA SOBRE SERVICIODE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SOLIDOS -RELLENO SANITARIO. Toda vez que el pronunciamiento de CONSUCODE se ha efectuado el 2 de agosto del 2005, mediante Oficio Nº 556-2005/GTN-ATN; Que, en el Memorando Nº 2439-2005/MDV-GAF, de fecha 4 de agosto del 2005, la señora Gerente deAdministración y Finanzas C.P.C. María del Pilar ÁlvarezMorales, solicita se informe sobre la viabilidad de la exoneración del Proceso de Selección por el período de treinta (30) días, por el desabastecimiento inminente quese vera afectado a partir del 15 de agosto del 2005, comolo señala el Informe Técnico Nº 159-2005/MDV-GEMASCemitido por la Gerencia de Ecología, Medio Ambiente yServicios Comunales. Cabiendo mencionar que el desabastecimiento se estaría generando como consecuencia de la elevación de Observaciones noacogidas, de las Bases Administrativas del Proceso deSelección correspondiente al Concurso Público Nº 001-2005/MDV-CE Segunda Convocatoria, sobre el Servicio deDisposición Final de Residuos Sólidos - Relleno Sanitario, interpuestas por la Empresa PETRAMAS S.A.C., las mismas que no han sido acogidas por CONSUCODEconforme se indica en el Oficio Nº 833-2005/PRE de fecha11 de julio de 2005 el mismo que se acompaña delPronunciamiento Nº 187-2005/GTN de CONSUCODE; En el Informe Nº 109-2005/MDV-GAF la Gerente de Administración, sugiere se debe elevar al Concejo para que ejercicio de las facultades conferidas de la LeyOrgánica de Municipalidades y de conformidad a loestablecido en el Artículo 20º inciso c) de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, apruebe lasituación de Desabastecimiento del Servicios de Disposición de Residuos Sólidos - Relleno Sanitario por el lapso de Setenta y cinco (75) días, por un monto totala contratar de S/. 77,500.00 Nuevos Soles;