Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (16/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 37

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G36/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 16 de agosto de 2005 de Educación Electoral y Comunicaciones del Jurado Nacional de Elecciones, a la ciudad de Quito, Ecuador, del 16 al 19 de agosto del año en curso, a fin de que participe en el Seminario Taller “Análisis de la Aplicación de la Distritalización Electoral” . Artículo Segundo.- Dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje, el señor EngelberthBarreto Huamán, profesional de la Gerencia de Educación Electoral y Comunicaciones del Jurado Nacional de Elecciones, deberá presentar un informe detalladodescribiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje. Artículo Tercero.- El Jurado Nacional de Elecciones sufragará los gastos señalados a continuación, correspondientes al viaje mencionado en el primer artículo: Pasaje ida y vuelta S/. 1,418.77 Viáticos de ley por 4 días S/. 2,640.00 Impuesto de Aeropuertos S/. 175.70 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ PresidenteJurado Nacional de Elecciones 14297 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4A/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G33/G34/G30/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G4A/G45/G46/G2F /G52/G45/G4E/G49/G45/G43/G2C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G65/G78/G74/G72/G65/G6D/G6F/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61 /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20 /G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20 /G64/G65/G70/G72/G6F/G70/G6F/G72/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G63/G65/G73/G6F/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 835-2005-JEF/RENIEC Lima, 10 de agosto de 2005 VISTO: El Informe Nº 935-2005-GAJ/RENIEC de fecha 8 de agosto del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único deIdentificación de las Personas Naturales; emitir los documentos que acreditan su identidad, así como inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 340-2004- JEF/RENIEC de fecha 11 de junio del 2004, modificada por la Resolución Jefatural Nº 251-2005-JEF/RENIECde fecha 7 de febrero del 2005, se designó a los funcionarios responsables de proporcionar información de acceso público, en aplicación de la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública; Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 810-2005- JEF/RENIEC de fecha 27 de julio del 2005, se designó apartir del 4 de agosto del 2005 al señor abogado LUIS GUILLERMO AGURTO VILLEGAS en el cargo de confianza de Jefe Regional Chimbote de la Gerencia deOperaciones; Que, resulta conveniente la designación del señor abogado LUIS GUILLERMO AGURTO VILLEGAS,representante de la Jefatura Regional Chimbote, como funcionario responsable de proporcionar la información de acceso público, en aplicación de la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública, dentrodel ámbito de su competencia territorial; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil y el artículo 11º Inc. h) del Reglamento de Organización y Funciones de la institución, aprobado con Resolución Jefatural Nº 530-2003-JEF/RENIEC de fecha 7 de noviembre del 2003; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modifíquese el artículo primero de la Resolución Jefatural Nº 340-2004-JEF/RENIEC defecha 11 de junio del 2004, modificada por la Resolución Jefatural Nº 251-2005-JEF/RENIEC de fecha 7 de febrero del 2005, en el extremo de designar al funcionarioresponsable de proporcionar la información de acceso público, a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en lo que respecta a la siguienteJefatura Regional: - Sr. Abog. LUIS GUILLERMO AGURTO VILLEGAS, representante de la Jefatura Regional Chimbote de la Gerencia de Operaciones. Artículo Segundo.- Quedan subsistentes las demás designaciones efectuadas mediante la Resolución Jefatural Nº 340-2004-JEF/RENIEC y su modificatoria,que no sean materia de la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 14289 /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G61/G6C/G63/G61/G6E/G63/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4A/G2E /G4E/GBA/G20/G32/G32/G35/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G4A/G45/G46/G2F/G52/G45/G4E/G49/G45/G43/G20/G72/G65/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G20/G61/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G6E/G6F/G73 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 839-2005-JEF/RENIEC Lima, 11 de agosto de 2005 VISTO: El Oficio Nº 152-2005-PPU, el Oficio Nº 585- 2005/GAD-RENIEC y el Informe Nº 845-2005-GAJ/ RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 26 de julio de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 364-2004-GAJ/RENIEC de fecha 5 de abril de 2004, la Gerencia de Asesoría Jurídica, conforme los documentos remitidos por la Gerencia deAdministración, informa sobre las observaciones sobre saldos pendientes de regularización de los señores JONEL CORPUS ACOSTA, MARIO BENDEZU CHALCO y JOSEHURTADO GUEVARA, las mismas que habiendo sido comunicadas reiterativamente, no fueron regularizados; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 225-2004-JEF/ RENIEC de fecha 28 de abril de 2004, se autorizó al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, paraque interponga las acciones legales que correspondan contra los ciudadanos antes señalados, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil; Que, posteriormente, conforme el Oficio Nº 261-2005/ GAD-SGCO/RENIEC de fecha 10 de marzo de 2005, laSub Gerencia de Contabilidad, informa que los señores MARIO BENDEZU CHACO y JONEL CORPUS ACOSTA, han cumplido con devolver y/o regularizaríntegramente los saldos pendientes observados; Que, es de precisarse que tanto la Gerencia de Asesoría Jurídica como la Gerencia de Administraciónhan efectuado el seguimiento correspondiente a cada uno de los casos, habiéndose logrado la regularización de los saldos observados, de esta forma se hagarantizado la devolución total de las saldos pendientes, consecuentemente, inexistente el perjuicio o lesión para la entidad;